Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 12/9/2022

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 175

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
AREA DE EMPLEO
INSTITUTO DE EMPLEO Y DESARROLLO
SOCIOECONÓMICO Y TECNOLÓGICO. IEDT
CONVOCATORIA AYUDA REGIMEN CONCURRENCIA COMPETITIVA
IMPLANTACIÓN NUEVAS TECNOLOGIAS SECTOR AGRARIO.
BDNSIdentif.:646556

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/
convocatoria/646556

CONVOCATORIA PÚBLICA DE AYUDAS, EN RÉGIMEN DE
CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS
QUE PERMITAN LA IMPLANTACIÓN DE NUEVAS TECNOLOGÍAS PARA LA
OPTIMIZACIÓN DE RECURSOS EN EL SECTOR AGRARIO, DIRIGIDAS A
INSTITUCIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO
INDICE
PRIMERA. FINALIDAD, OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE.
a FINALIDAD
b OBJETO
SEGUNDA.- ENTIDADES BENEFICIARIAS y REQUISITOS
a ENTIDADES BENEFICIARIAS
b REQUISITOS
TERCERA.- PRESUPUESTO MÁXIMO APROBADO
CUARTA.- COMPATIBILIDAD E INCOMPATIBILIDAD DE LA SUBVENCIÓN.
QUINTA.- RÉGIMEN DE CONCESIÓN POR CONCURRENCIA COMPETITIVA.
SEXTA.- SOLICITUDES, LUGAR, PLAZO Y DOCUMENTACIÓN A
PRESENTAR.
a SOLICITUDES
b LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
c DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
SÉPTIMA.- ÓRGANOS COMPETENTES PARA LA INSTRUCCIÓN Y
RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y COMISIÓN DE EVALUACIÓN
OCTAVA.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ADMITIDAS.
NOVENA.- OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS
DÉCIMA.- ABONO DE LA SUBVENCIÓN Y SU JUSTIFICACIÓN
a ABONO DE LA SUBVENCIÓN
b JUSTIFICACIÓN
DÉCIMA PRIMERA.- CAUSAS DE REINTEGRO Y CORRECCIONES
FINANCIERAS.
a REINTEGRO
b CORRECCIONES FINANCIERAS
DÉCIMA SEGUNDA.- VIGENCIA DE LA SUBVENCIÓN Y ELEGIBILIDAD
DE GASTOS
a VIGENCIA DE LA SUBVENCIÓN
b ELEGIBILIDAD DE GASTOS
DÉCIMA TERCERA.- PLAZO DE RESOLUCIÓN.
DÉCIMA CUARTA.- MEDIOS DE NOTIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN. DÉCIMA
QUINTA.- MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN. DÉCIMA
SEXTA.- RECURSOS.
DÉCIMO SÉPTIMA.- DISPOSICIONES GENERALES
DÉCIMO OCTAVA.-TRATAMIENTO DE LOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
DÉCIMO NOVENA.- NORMA FINAL

De conformidad con lo establecido en la Ordenanza General de Subvenciones del Instituto de Empleo y Desarrollo Socioeconómico y Tecnológico de la Diputación Provincial, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz nº 201, de 21
de Octubre de 2008, se efectúa la presente convocatoria pública de ayudas, para la ejecución de proyectos que permitan la implantación de nuevas tecnologías para la optimización de recursos en el sector agrario, dirigidas a instituciones sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, que tendrán como regulación la presente convocatoria, rigiéndose de forma supletoria por las disposiciones de la Ordenanza General de Subvenciones mencionada, por la Ley 38/2003, General de Subvenciones, así como por el RD 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003

PRIMERA. FINALIDAD, OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO
APLICABLE.

1. FINALIDAD

La finalidad de estas ayudas, que tendrán un carácter plurianual es incentivar y promover proyectos que lleven a cabo acciones que promuevan la consolidación y transformación de la actividad productiva como motor del empleo verde que propicien y aceleren la descarbonización económica y disminución de huella de carbono de la provincia de Cádiz, mediante la implantación de nuevas tecnologías que permitan la tecnificación de los sectores estratégicos, especialmente en el sector primario.

Con estas ayudas se contribuirá al mantenimiento de la actividad en el campo y a la creación de empleo verde, así como a fijar población y a combatir los desequilibrios poblacionales, ya que un medio agro dotado de herramientas eficientes que propicien practicar una agricultura de precisión, más sostenible, generadora de ingresos y de valor añadido, contribuye a la creación de empleo verde directo e indirectamente a la dinamización económica del territorio, propiciando el relevo
12 de septiembre de 2022

generacional y a paliar los desequilibrios poblacionales derivado del envejecimiento del mundo rural.

2. OBJETO

El objetivo de las ayudas contempladas en esta convocatoria, destinadas a la ejecución de proyectos que permitan la implantación de nuevas tecnologías para la optimización de recursos en el sector agrario, es apoyar medidas que propicien la transformación integral y modernización de las explotaciones agrarias, a través de un conjunto de actuaciones que incluyen gastos corrientes de tipo productivo para la mejora estructural y de la eficiencia energética, como también de tipo no productivo para impulsar la transición hacia modelos medioambientalmente más sostenibles.

Apoyará proyectos en el ámbito de la tecnificación de la agricultura, concretamente la implantación de nuevas tecnologías que permitan, propicien y/o favorezcan:
La sensorización, teledetección, domotización, robotización, uso de drones y tratamiento, manejo e interpretación de datos o macrodatos entre otros.
La optimización de recursos, minimizando insumos; energía, agua, materias primas, etc.
La transición de una producción económica lineal a una circular.
El control de stock, la producción y logística reduciendo los tiempos así como las necesidades energéticas, propiciando canales de distribución más cortos, directos, sostenibles y rentables.
Una optimización de la gestión de puntos críticos y trazabilidad.
Hacer las explotaciones agrarias más competitivas y sostenibles desde el punto de vista ambiental.

El régimen jurídico aplicable para la concesión de estas ayudas desde la solicitud, su tramitación y resolución será Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las ayudas que se concedan al amparo de la presente convocatoria tendrán la consideración de subvenciones públicas, por lo que se regirán conforme a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones y la Ordenanza de Subvenciones del IEDT publicada en B.O.P. de Cádiz nº 201 de 21 de octubre de 2008.

Además, al generarse para el Instituto de Empleo y Desarrollo Socioeconómico y Tecnológico de la Diputación de Cádiz en adelante IEDT
obligaciones de contenido económico, también serán de aplicación el régimen general de los procedimientos de gestión, ejecución y control del gasto público establecidos en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el R.D.
500/1990, de 20 de abril, lo dispuesto en el RD 424/2017, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local y el desarrollo del mismo en la Diputación Provincial de Cádiz a través del Acuerdo de aprobación de medidas para la aplicación del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del sector público local de la Diputación Provincial y los entes dependientes a los que resulte de aplicación, aprobado mediante acuerdo de Pleno en Sesión Ordinaria del día 18 de julio de 2018 y las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación para el 2019.

Las subvenciones que se convocan se otorgarán bajo los principios de objetividad, concurrencia, publicidad, transparencia, eficacia en sus objetivos específicos y eficiencia en la asignación de los
recursos públicos. Tienen carácter voluntario y eventual y no comportan motivo de prioridad o preferencia alguna para futuras solicitudes.

SEGUNDA.- ENTIDADES BENEFICIARIAS y REQUISITOS

1. ENTIDADES BENEFICIARIAS. Tendrán la condición de beneficiarias de estas subvenciones, conforme a la Ley 12/2014, de 9 de julio, por la que se regula el procedimiento para la determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias y se crea el Consejo Agrario, las organizaciones profesionales agrarias de carácter general y ámbito nacional constituidas y reconocidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical, que tengan entre sus fines estatutarios la defensa de los intereses generales de la agricultura, entendiendo por tal las actividades agrícolas, ganaderas y silvícolas, así como la defensa y promoción de los intereses profesionales, económicos y sociales de los agricultores, ganaderos y silvicultores. Igualmente se consideran organizaciones agrarias las coaliciones de estas mismas y la integración de organizaciones en otra de ámbito nacional, aun conservando cada una de ellas su denominación originaria. b Coalición de organizaciones agrarias: Unión de organizaciones de carácter general y ámbito nacional para concurrir a la consulta formando una sola candidatura.

2. REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS. Podrán solicitar las subvenciones las Organizaciones Profesionales Agrarias deberán cumplir los siguientes requisitos:
Estar integradas en organizaciones reconocidas a nivel del Estado y que sean miembros de pleno derecho del Comité de Organizaciones Profesionales Agrarias de la Unión Europea.
Estar legalmente constituidas y sus Estatutos incluyan como ámbito de actuación la provincia de Cádiz.
Tener implantación efectiva en todos o en la mayor parte de los subsectores agrarios.
Tener una implantación en Cádiz actual y continuada durante, al menos, los últimos cuatro años.
Disponer de oficinas abiertas y recursos humanos suficientes para posibilitar una adecuada asistencia a los agricultores o, en su caso, a las entidades asociadas, en toda la provincia de Cádiz.

En todos aquellos casos y situaciones especiales que pudieran plantearse, y que no estuvieran previstos en la presente convocatoria, el órgano instructor, después de

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 12/9/2022

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha12/09/2022

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones6018

Primera edición02/01/2001

Ultima edición06/06/2024

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