Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 30/11/2021

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 24

B.O.P. DE CADIZ NUM. 228

en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercirtivas periódicas.

Procédase a la averiguación de bienes de la ejecutada en el Punto Neutro Judicial disponible en este Juzgado y de constar bienes, procédase al embargo en cantidad suficiente para cubrir el principal e intereses y costas presupuestadas.

Se hace saber a la ejecutada que el/los embargos/s acordado/s podrá dejarse sin efecto si abona dichas cantidades, así como el pago podrá realizarlo igualmente por transferencia en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la cuenta que mantiene en la OP de "SANTANDER", nº IBAN ES550049-3569-920005001274-, haciendo constar en el apartado " concepto" el nº 1288-0000-64-0195-21.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición, por escrito a este Juzgado, dentro del plazo de TRES DIAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma D. JESÚS SEDEÑO MARTÍNEZ
LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA del JUZGADO DE LO
SOCIAL Nº 1 DE ALGECIRAS. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado KATERIN CASTRILLON
ALVAREZ actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a doce de noviembre de dos mil veintiuno. EL/LA LETRADO/A
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ.
Firmado.
Nº 105.674


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
ALGECIRAS
EDICTO

D/D JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 191/2021 a instancia de la parte actora D. MARCELINO SUAREZ PIZARRO contra ATRALIA SOCIEDAD COOPERATIVA ANDALUZA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto y Decreto de fecha 8/11/21, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Auto: En Algeciras a 8 de noviembre de 2021

PARTE DISPOSITIVA

S.S. Iltma. DIJO: Procédase, a la ejecución solicitada por el ejecutante D.
MARCELINO SUAREZ PIZARRO contra ATRALIA SOCIEDAD COOPERATIVA
ANDALUZA, por la cantidad de 6066,66 euros en concepto de principal, más el 10% de interés por mora procesal, así como 909,99 euros calculadas para intereses y costas.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del art. 53,2
de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados.
Asímismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el el Tribunal.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interpones ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DIAS hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña.
MARIA TERESA VIDAURRETA PORRERO, MAGISTRADA JUEZ del JUZGADO
DE LO SOCIAL Nº 1 DE ALGECIRAS. Doy fe.

Decreto: En Algeciras a 8 de noviembre de 2021

PARTE DISPOSITIVA

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, ACUERDO:

Procédase al embargo de bienes de la ejecutada ATRALIA SOCIEDAD
COOPERATIVAANDALUZA, por importe de 6066,66 &euro en concepto de principal más el 10% por mora procesal así como 909,99 &euro de intereses y constas, a cuyo fín requiérase a la misma para que, en el plazo de DIEZ DIAS, abone dichas cantidades o manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercirtivas periódicas.

30 de noviembre de 2021

Procédase a la averiguación de bienes de la ejecutada en el Punto Neutro Judicial disponible en este Juzgado y de constar bienes, procédase al embargo en cantidad suficiente para cubrir el principal e intereses y costas presupuestadas.

Se hace saber a la ejecutada que el/los embargos/s acordado/s podrá dejarse sin efecto si abona dichas cantidades, así como el pago podrá realizarlo igualmente por transferencia en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la cuenta que mantiene en la OP de "SANTANDER", nº IBAN ES55-0049-3569-920005001274-, haciendo constar en el apartado " concepto" el nº 1288-0000-64-0191-21.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición, por escrito a este Juzgado, dentro del plazo de TRES DIAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma D. JESÚS SEDEÑO MARTÍNEZ
LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA del JUZGADO DE LO
SOCIAL Nº 1 DE ALGECIRAS. Doy fe.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA.

Y para que sirva de notificación al demandado ATRALIA SOCIEDAD
COOPERATIVA ANDALUZA actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a ocho de noviembre de dos mil veintiuno. EL/LA LETRADO/A
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.
Nº 105.678


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
ALGECIRAS
EDICTO

D/D JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 343/2016 a instancia de la parte actora D/D. ANA MARIA TRAVERSO PEDRERO
contra GUADALUPE ESTEVEZ JIMENEZ sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de fecha 29/09/21, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Decreto: En Algeciras a 29 de septiembre de 2021.

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:
1.- Declarar terminado el presente procedimiento de ejecución seguido a instancia de ANA MARIA TRAVERSO PEDRERO, frente a GUADALUPE ESTEVEZ JIMENEZ
2.- Alzar, en su caso, todos los embargos y librar para ello los correspondientes despachos.
3.- Archivar el presente procedimiento.

MODO DE IMPUGNACIÓN: contra esta resolución cabe interponer recurso directo de revisión, que deberá interponerse en el plazo de cinco días mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiere incurrido, art. 188
LRJS. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente y, deberá constituir y acreditar al tiempo de la interposición el DEPÓSITO para recurrir de VEINTICINCO EUROS, mediante su ingreso en la Cuenta de Consignaciones nº del JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE ALGECIRAS, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente. Sin cuyos requisitos NO SE ADMITIRÁ A TRÁMITE el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los arts. 451, 452 y concordantes LEC y la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación al demandado GUADALUPE ESTEVEZ
JIMENEZ actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a nueve de noviembre de dos mil veintiuno. EL/LA
LETRADO/A DE LAADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. JESUS MARIA SEDEÑO
MARTINEZ. Firmado.
Nº 105.681

.
.P

Asociación de la Prensa de Cádiz Concesionaria del Boletín Oficial de la Provincia Administración: Calle Ancha, nº 6. 11001 CADIZ
Teléfono: 956 213 861 4 líneas. Fax: 956 220 783
Correo electrónico: boletin@bopcadiz.org www.bopcadiz.es
O .
B

INSERCIONES: Previo pago Carácter tarifa normal: 0,107 euros IVA no incluido.
Carácter tarifa urgente: 0,212 euros IVA no incluido.
PUBLICACION: de lunes a viernes hábiles.
Depósito Legal: CAI - 1959

Ejemplares sueltos: 1,14 euros

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 30/11/2021

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha30/11/2021

Nro. de páginas23

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2021>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930