Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 29/11/2021

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 8

B.O.P. DE CADIZ NUM. 227

agosto de 2021 en el procedimiento de ejecución 147/21, despachándose la misma a favor de D MARÍA ÁNGELES GARCÍA HERNÁNDEZ, contra la mercantil ABARRAMAR DE PESCADOS, SL por la cantidad de 4.305,43 euros en concepto de principal, más 600€ presupuestados para intereses,gastos y costas, siguiéndose la vía de apremio sobre sus bienes, derechos o acciones hasta hacer pago a los ejecutantes de las cantidades citadas.

Consúltense y obténganse de la aplicación de la AEAT, la TGSS, y, en su caso domicilio Fiscal de empresas acreedoras de la ejecutada, así como los datos oportunos imprescindibles a fin de asegurar la efectividad de la presente ejecución.

Notifiquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse en el plazo de TRES DIAS RECURSO DE REPOSICION, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firma la Ilma. Sra. D MARIA
EMMA ORTEGA HERRERO. LA MAGISTRADA-JUEZ

Y para que sirva de notificación al demandado ABARRAMAR DE
PESCADOS SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En JEREZ DE LA FRONTERA, a quince de noviembre de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. JERÓNIMO
GESTOSO DE LA FUENTE. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 105.559


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO

D/D ALFONSO MENESES DOMINGUEZ, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1
DE JEREZ DE LA FRONTERA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1213/2019 a instancia de la parte actora D/D. DAVID BAENA PEREZ contra MASQUEREFORMA CONTRATAS Y SERVICIOS SLU sobre Despidos/ Ceses en general se ha dictado sentencia de fecha 29-09-21 con fallo del tenor literal siguiente:

FALLO: ESTIMO la demanda de despido interpuesta por D. David Baena Pérez frente a la empresa MASQUEREFORMA CONTRATAS Y SERVICIOS S.L.U., DECLARO el DESPIDO IMPROCEDENTE, y encontrándose la empresa cerrada y sin actividad, siendo imposible la readmisión del trabajador, queda extinguida la relación laboral con efectos desde el día 1 de noviembre de 2019, y CONDENO a la empresa demandada a indemnizar al demandante en la cantidad de 122,79 euros, y al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL a estar y pasar por la presente declaración y al cumplimiento de sus obligaciones legales con los límites establecidos en el art. 33 del E.T. respecto de su responsabilidad subsidiaria.

CONDENO igualmente a la empresa demandada a abonar a la parte actora la suma de 1.247,84 euros por los conceptos expresados en Hecho Probado Cuarto de esta sentencia, con el interés de demora del 10% ex art. 29.3 ET, debiendo el FOGASA
estar y pasar por tales pronunciamientos.

Notifíquese la presente sentencia a las partes en legal forma.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia, que deberá prepararse ante este mismo Juzgado mediante escrito o comparecencia de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, dentro de los cinco días siguientes al en que se produzca su notificación; debiendo la empresa condenada si fuere ésta la que recurriere, presentar resguardo acreditativo de haber ingresado tanto el importe de la condena como el depósito de 300 euros previsto en el artículo 229 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Sra. MAGISTRADA-JUEZ que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el Letrado de la Administración de Justicia doy fe, en Jerez de la Frontera, a siete de junio de dos mil veintiuno.

Y para que sirva de notificación al demandado MASQUEREFORMA
CONTRATAS Y SERVICIOS SLU actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Jerez de la Frontera, a 9/11/21. EL/LA LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. ALFONSO MENESES DOMINGUEZ. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

29 de noviembre de 2021

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 105.561


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO

Procedimiento Ordinario 43/2021. Negociado: D. N.I.G.:
1102044420210000116. De: D/D. JORGE SOTO FORBES. Abogado: ANTONIO
MONTERO AGUILERA. Contra: D/D. ALOJAMIENTOS JEREZANOS SL.

D/D. ALFONSO MENESES DOMINGUEZ, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1
DE JEREZ DE LA FRONTERA

HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 43/2021 se ha acordado citar a ALOJAMIENTOS JEREZANOS SL como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 24-MAYO-2023 A LAS 12.00 y 12.15 H. para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Av. Álvaro Domecq.
Edificio Alcazaba debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de interrogatorio.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.

Y para que sirva de citación a ALOJAMIENTOS JEREZANOS SL.

Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.

En Jerez de la Frontera, a 11/11/21. EL/LA LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. ALFONSO MENESES DOMINGUEZ. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 105.563

VARIOS
COMUNIDAD DE USUARIOS INGENIERO EUGENIO OLID
CUENCA DEL BARBATE
BENALUP-CASAS VIEJAS
COMUNIDAD DE USUARIOS INGENIERO EUGENIO OLID, DE LA CUENCA
DEL BARBATE, CORRESPONDIENTE A LOS TÉRMINOS MUNICIPALES DE LA
PROVINCIA DE CÁDIZ; ALCALÁ DE LOS GAZULES, BARBATE, BENALUPCASAS VIEJAS, MEDINA SIDONIA, TARIFA Y VEJER DE LA FRONTERA.
EDICTO

Como Presidente de esta Comunidad, convoco a todos los comuneros a la JUNTA GENERAL ORDINARIA, a celebrar el martes día 21 de Diciembre de 2021, a las 15:30 horas en primera convocatoria y a las 16:30 horas en segunda convocatoria, en la Sala de Juntas de la Comunidad, en Benalup-CasasViejas, con el siguiente:

ORDEN DEL DÍA:
1. LECTURAYAPROBACIÓN, EN SU CASO, DELACTA DE LA JUNTA GENERAL
ORDINARIA DE 22 DE JUNIO DE 2021.
2. EXÁMEN DE LA MEMORIA SEMESTRAL QUE PRESENTA LA JUNTA DE
GOBIERNO.
3. EXÁMEN Y APROBACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS DE INGRESOS Y
GASTOS PARA EL AÑO 2022.
4. RENOVACIÓN Y ELECCIÓN DE 4 MIEMBROS DE LA JUNTA DE GOBIERNO.
5. RENOVACIÓN Y ELECCIÓN DE 3 MIEMBROS TITULARES Y 3 MIEMBROS
SUPLENTES DEL JURADO DE RIEGO.
6. ASUNTOS QUE SE DECLAREN DE URGENCIA.
7. RUEGOS Y PREGUNTAS.

D. Fernando Martel Cinamond. PRESIDENTE. Firmado. Nº 106.146

.
.P

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B

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PUBLICACION: de lunes a viernes hábiles.
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Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 29/11/2021

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha29/11/2021

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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