Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 18/5/2017

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 20

B.O.P. DE CADIZ NUM. 92

sobre el desarrollo de sus funciones, según el siguiente esquema:
- Grado de cumplimiento en el desarrollo de circuitos sistemáticos de inspección. Actuaciones detectadas, resultados. Generación de expedientes.
- Nivel de coordinación de la actividad a. Actividad de la Mesa de Inspección.
Coordinación con las Áreas.
- Intervenciones propias de los es. Actuaciones desarrolladas.
- Incidencia territorial de la actividad ilícita. Gravedad de las actuaciones.
En vista del expuesto, se propondrán medidas correctoras necesarias en caso de apreciarse disfunciones o distorsiones.
En cualquier momento el Jefe de la Oficina Técnica podrá presentar al Alcalde y Concejal Delegado aquellas actuaciones cuya trascendencia y/o dificultad técnica requiera un análisis más exhaustivo.
Artículo 26. Procedimiento de censo de actividades.
Conforme al Bando Municipal citado anteriormente, la Unidad de Inspección realizará el censo de actividades económicas mediante la visita y toma de los siguientes datos para cada una de las actividades perceptibles dentro del termino municipal de Rota:
-Datos del establecimiento.
-Descripción de la actividad desarrollada.
-Datos del titular.
-Fotos de ubicación.
Ésta información será completada por la inclusión de la referencia catastral.
En contraste con las bases de datos municipales, se analizarán principalmente los siguientes aspectos:
-Si la actividad tiene concedida Licencia de apertura.
-Si la actividad desarrollada coincide con el uso declarado en Catastro.
En caso de no ajustarse a la normativa vigente, la prioridad de actuación sobre las mismas quedará ordenada de la siguiente manera:
a Actividades que no tengan Licencia de Aperturas clasificadas, sometidas a instrumentos de prevención y control ambiental calificación ambiental b Actividades que no tengan Licencia de Aperturas inocuas, no sometidas a instrumentos de prevención y control ambiental.
c Actividades exentas anteriormente de poseer Licencia de Aperturas, tales como los despachos profesionales.
d Regularización del uso declarado en Catastro de la actividad desarrollada.
Dentro de cada grupo, la prioridad de actuación atenderá al siguiente orden de prioridad:
a Actividades que no hayan solicitado ningún tipo de licencia o autorización.
b Actividades sin Licencia de Apertura por no atender a los requerimientos municipales de carácter técnico.
c Actividades sin Licencia de Apertura por no atender a los requerimientos municipales de carácter documental administrativo.
d Actividades sin Licencia de Apertura por causa no imputable directamente al interesado.

En la medida de lo posible, dentro de cada subcategoría se atenderá por orden de antigedad cronológica.
El Plan Municipal de Inspección entrará en vigor, transcurrido el plazo de quince días hábiles desde el día siguiente a su publicación íntegra en el BOP, conforme dispone el art. 70.2 de la Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Rota, 28 de abril de 2017. EL ALCALDE. FDO.: JOSE JAVIER RUIZ
ARANA.
Nº 35.200


Ayuntamiento de Villamartin EDICTO
Aprobado el día 04 de mayo de 2017, el Expediente de baja de obligaciones reconocidas pendientes de pago así como de derechos reconocidos pendientes de cobro, procedentes de ejercicios cerrados, se expone al público el expediente, por el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de que los interesados puedan examinarlo y formular reclamaciones. En caso de que durante dicho periodo no se formulen reclamaciones, el expediente se considerará definitivamente aprobado.
En Villamartín, 05/05/2017. El Alcalde, Fdo. Juan Luis Morales Gallardo.
Nº 36.768


Ayuntamiento de Medina Sidonia ANUNCIO
Daurin S.L., ha presentado Proyecto de Actuación concretado en derribo del cortijo existente y construcción de uno nuevo en el Paraje conocido como Dehesa de las Cabezas de este término municipal justificando en el proyecto la utilidad pública o interés social de dicha actividad y la necesidad de implantación en esa clase de suelo, en el marco establecido por los artículos 42, 43 y 52 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 43.1.c de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, se somete el expediente a INFORMACIÓN PÚBLICA durante VEINTE
DIAS HÁBILES contados desde el siguiente al de publicación del presente anuncio en el BOP de Cádiz.
El expediente se encuentra de manifiesto y puede consultarse durante las horas de oficina en el Area de Urbanismo, Medio Ambiente, Vivienda y Obras del Ayuntamiento.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Medina Sidonia a 8 de mayo de 2017. EL TENIENTE ALCALDE
DELEGADO DEL ÁREA DE URBANISMO, MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y
OBRAS, Fdo. SANTIAGO GUTIÉRREZ RUIZ.
Nº 37.160

18 de mayo de 2017

Ayuntamiento de Zahara de la Sierra ANUNCIO RECTIFICACION DE ERRORES
Por Resolución de Alcaldía de fecha 12 de mayo de 2017 se ha procedido a la rectificación de la cláusula sexta del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares en cuanto al importe y valor estimado del contrato administrativo especial, para la gestión de las actividades de arborismo, en el centro multi-aventura del área recreativa Arroyomolinos, sita en el PK. 11,900 de la Ctra. A-2300 en Zahara de la Sierra Cádiz, Por el presente se procede a publicar la corrección de errores en el anuncio de convocatoria de licitación publicada en el BOP de Cádiz nº 88, de 9 de mayo de 2017 y en el Perfil de Contratante el día 28 de abril de 2017, del modo siguiente:
Donde dice:
4. Valor estimado del contrato: 20.000,00 Euros IVA excluido.
Presupuesto base de licitación:
Importe neto: Canon 5.000,00 euros anuales mejorable al alza, excluido IVA.
Debe decir:
4. Valor estimado del contrato: 66.115,71 Euros IVA excluido.
Presupuesto base de licitación:
Tipo de licitación: Canon 16.528,93 euros anuales mejorable al alza, excluido IVA.
Se abre un nuevo plazo de licitación para presentación de ofertas de ocho días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio de rectificación en el BOP de Cádiz.
En Zahara Cádiz, a doce de mayo de dos mil diecisiete. El AlcaldePresidente. Fdo.: Juan María Nieto Sánchez.

Nº 37.720

ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de 1 Instancia e Instruccion Nº 2
Puerto Real EDICTO
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 940/2014 seguido a instancia de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS POLIGONO INDUSTRIAL "TRES
CAMINOS" frente a CABALLERO CUBERO GRUPO, S.L. se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
Vistos por Don Francisco Javier de Lemus Vara, juez stto, del Juzgado de primera instancia e instrucción nº 1 de Puerto Real, los presentes autos de juicio ORDINARIO nº 940/2014, seguidos a instancia de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS
DEL POLÍGONO INDUSTRIAL TRES CAMINOS representada por el Procurador Sr/Sra. Parra Menacho, contra CABALLERO CUBERO GRUPO, SL, en situación de rebeldía procesal.
Que estimando la demanda interpuesta por COMUNIDAD DE
PROPIETARIOS DEL POLÍGONO INDUSTRIAL TRES CAMINOS representada por el Procurador Sr/Sra. Parra Menacho, contra CABALLERO CUBERO GRUPO, SL:
1º Condeno a la demandada a abonar a la actora la suma de 6.057,51 euros, con los intereses desde la interpelación judicial, que serán los del art. 576 LEC desde la fecha de la presente resolución.
2º Se imponen las costas a la parte demandada.
Notifíquese esta sentencia a las partes con indicación de que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de veinte días Y encontrándose dicho demandado, CABALLERO CUBERO GRUPO, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En PUERTO REAL a veinticinco de octubre de dos mil dieciséis. EL/
LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Fdo.: JESUS LEON
VIDAL
En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Nº 32.645

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Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 18/5/2017

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha18/05/2017

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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