Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 25/03/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Palencia

BOP de Palencia
Miércoles, 25 de marzo de 2020 - Núm. 37

competente podrá acordar mediante resolución motivada, las medidas de ordenación e instrucción estrictamente necesarias para evitar perjuicios graves en los derechos e intereses del interesado en el procedimiento y siempre que éste manifieste su conformidad o cuando el interesado manifieste su conformidad con que no se suspenda el plazo.
A su vez la Disposición Adicional Cuarta establece que los plazos de prescripción y caducidad de cualquiera acciones y derechos quedarán suspendidos durante el plazo de vigencia del estado de alarma y, en su caso, de las prórrogas que se adoptaren.
Por lo expuesto, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma y de las disposiciones que se dicten en su desarrollo.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 21,1 a, d, e, h, i s y las demás normas y preceptos aplicables, por la presente RESUELVO:
Primero.- La gestión ordinaria de los distintos servicios municipales que competen a este Ayuntamiento de Palencia se seguirá prestando, en el marco de las órdenes directas de la autoridad competente a los efectos del estado de alarma, con las siguientes especificaciones:
Teniendo en cuenta la limitación de la libertad de circulación de las personas, establecidas en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, y que entre la circulación permitida a las mismas se halla el desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial, en cuanto al personal municipal se establecen las siguientes medidas:
1 El personal municipal prestará sus servicios, preferentemente, de forma telemática, electrónica o telefónica, desde sus respectivos domicilios, siempre que ello resulte posible. Dicho personal estará a disposición del Jefe de Servicio o similar de su Servicio, Departamento o Dependencia.
2 Los Jefes de Servicio, de Dependencia o similares dispondrán cuantas medidas en materia de personal, consideren precisas, al objeto de cumplir la finalidad del estado de alarma y la prestación de los servicios públicos y demás prestaciones municipales, con la máxima flexibilidad horaria, y velando porque los contactos personales entre el personal bajo su dependencia sea el mínimo e imprescindible y siempre siguiendo las instrucciones y recomendaciones sanitarias de las autoridades competentes.
De las actuaciones organizativas y demás que adopten al respecto, remitirán relación detallada a la Alcaldía, a la Concejala Delegada de Organización y Personal, y a los Concejales y Concejalas Delegados de Área respectivos.

Firmado electrónicamente. Puede consultar su autenticidad en:
http csv.diputaciondepalencia.es Código de Verificación Electrónica CSV: 494F6P3Z2X0X301A0Y79

3 No se prestará atención presencial a ningún ciudadano, salvo las excepciones justificadas por la naturaleza de los servicios o prestaciones, debiéndose hacer ordinariamente por medios electrónicos, telemáticos o telefónicos.
4 Quedan suspendidas las sesiones de las Comisiones Informativas Municipales, Consejos y demás órganos colegiados que pudieran haberse convocado, y no se convocará sesión alguna en el futuro, mientras se halle vigente el estado de alarma o se prorrogue el mismo.
5 Mientras permanezca la declaración del estado de alarma no se celebrarán sesiones de la Junta de Gobierno Local y del Pleno de la Corporación, sin perjuicio, de avocar esta Alcaldía las atribuciones delegadas en la Junta de Gobierno Local y las de los Concejales y Concejalas que considere necesarios e imprescindibles sobre los servicios de Policía Local, Extinción de Incendios y Protección Civil.
6 Se suspende igualmente la celebración presencial de las sesiones o reuniones de los órganos de selección de personal, sin perjuicio de que las mismas puedan celebrarse de forma no presencial, con arreglo a los medios técnicos disponibles.
Segundo.- Esta Resolución será notificada a todos los miembros de la Corporación, y comunicada a los Jefes de Servicio, de Dependencia y Responsables en general, para su conocimiento y cumplimiento, así como a los órganos de representación del personal municipal.
Tercero.- Entrará en vigor la presente Resolución, desde su fecha, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, en el tablón de anuncios y página web municipal.
Palencia, 23 de marzo de 2020.- El Alcalde, Mario Simón Martín.- Ante mí.- Doy fe. El Secretario General, Carlos Aizpuru Busto.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 25/03/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Palencia

PaísEspaña

Fecha25/03/2020

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones3228

Primera edición02/01/2003

Ultima edición19/11/2023

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