Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 08/01/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Palencia

BOP de Palencia
Miércoles, 8 de enero de 2020 Núm. 4

A la instancia se acompañará obligatoriamente la siguiente documentación, siendo su omisión motivo de exclusión:
a Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo análogo.
b Justificante que acredite estar en situación de servicio activo en la administración, así como de los otros requisitos establecidos en la base 2.1.a.
3.2.- PLAZO.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
3.3.- LUGAR.

La instancia así como la documentación a la que se refiere el apartado 3.1 podrá presentarse en la Oficina de Registro del Ayuntamiento de Palencia C/ Mayor, 7-Planta Baja. También podrá presentarse en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de que se opte por presentar la instancia ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la misma sea fechada y sellada por el empleado de Correos antes de ser certificada, a la siguiente dirección: Ayuntamiento de Palencia, Registro General, C/ Mayor, 7-Planta Baja, 34001 Palencia.
CUARTA.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES.

Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde aprobará mediante resolución la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. La resolución se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA y en el tablón de edictos de la Corporación, indicando el lugar en el que se encuentran expuestas al público las listas de aspirantes admitidos y excluidos al procedimiento.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución, para reclamar y subsanar los defectos que motiven su exclusión o, en su caso, su no inclusión expresa en la lista provisional.
Terminado el plazo de subsanación, la Alcaldía Presidencia dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, publicándola nuevamente, si hubiese existido reclamación.
La Resolución se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA y en el tablón de edictos de la Corporación.
Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
QUINTACOMISIÓN DE VALORACIÓN.

La Comisión de Valoración estará constituida de la siguiente forma:
Firmado electrónicamente. Puede consultar su autenticidad en:
http csv.diputaciondepalencia.es Código de Verificación Electrónica CSV: 3F1U2L280F44363L043Y

PRESIDENTE:

TITULAR:
El Secretario General del Ayuntamiento.
VOCALES:

Un Jefe de Servicio del Ayuntamiento Licenciado en Derecho.
Tres funcionarios de carrera designados por la Alcaldía, pertenecientes al Grupo A, Subgrupo A1.
SECRETARIO:

Un funcionario de carrera designado por la Alcaldía, que actuará con voz pero sin voto.
La Comisión de Valoración no podrá constituirse sin la asistencia de tres de sus miembros, siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario; las decisiones se adoptarán por mayoría de votos presentes resolviendo, en caso de empate, el voto del Presidente.
Todos los miembros de la Comisión deberán ser funcionarios de carrera y pertenecientes a Cuerpos o Escalas de grupo de titulación igual o superior al exigido para el puesto convocado, además de poseer grado personal o desempeñar puestos de nivel igual o superior al convocado. Asimismo, se aplicarán criterios de paridad entre mujeres y hombres en la composición de los miembros de la Comisión.
Podrán designarse suplentes en sustitución de los titulares que integran la referida Comisión, los cuales deberán cumplir los mismos requisitos en el párrafo anterior. Asimismo, la Comisión de Valoración podrá solicitar de la autoridad convocante la designación de expertos que, en calidad de
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 08/01/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Palencia

PaísEspaña

Fecha08/01/2020

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones3228

Primera edición02/01/2003

Ultima edición19/11/2023

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