Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 29/01/2003

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Palencia

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29 de enero de 2003
Desarrollo de los sistemas generales de comunicaciones, infraestructuras, espacios libres públicos y equipamientos comunitarios definidos en las Normas Urbanísticas Municipales.
Protección de vías de comunicación, vías verdes e itinerarios de especial singularidad.
Saneamiento.
Reforma interior y rehabilitación.
Protección del paisaje.
Ordenación de asentamientos tradicionales
Los Planes Especiales deberán ajustarse a lo establecido en los arts. 47 y siguientes de la Ley 5/1999 de Urbanismo de Castilla y León y preceptos supletorios del Reglamento de Planeamiento Urbanístico y habrán de contener el grado de precisión adecuado para la definición correcta de sus objetivos.
15.2. - Planes Parciales Los Planes Parciales, cualquiera que sea el objeto de su formulación, contendrán las determinaciones fijadas por el art. 46 de la Ley 5/1999 de Urbanismo de Castilla y León y 43 a 64 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico.
15.3. - Estudios de Detalle Los Estudios de Detalle se formularán en suelo urbano consolidado con el objeto de modificar la ordenación detallada establecida en las Normas Urbanísticas, o completarla ordenando los volúmenes edificables; en suelo urbano no consolidado con el objeto de establecer la ordenación detallada, o modificar o completar la que se hubiera establecido en las Normas Urbanísticas Municipales. Contendrán las determinaciones fijadas por el art.45 de la Ley 5/1999 de Urbanismo de Castilla y León y 65 y 66 del Reglamento de Planeamiento.
15.4. - Proyectos de Actuación.
Son instrumentos de gestión urbanística que tienen por objeto establecer las bases técnicas y económicas de las actuaciones integradas, y cuyo ámbito abarcará una o varias unidades de actuación completas del mismo sector. Su contenido será como mínimo el señalado en el art. 75 y concordantes de la Ley 5/1999 de Urbanismo de Castilla y León.
15.5. - Proyectos de Reparcelación El Proyecto de Reparcelación tiene por objeto formalizar la gestión urbanística mediante la integración de todas las fincas comprendidas en una unidad de actuación, la determinación de las parcelas resultantes con sus parámetros urbanísticos y la concreción de los derechos y deberes de los propietarios originarios y de la Administración en cuanto al cumplimiento de la equidistribución de beneficios y cargas.

15.7. - Proyectos de obras ordinarias Los Proyectos de obras ordinarias de urbanización que no correspondan al supuesto anterior contendrán las determinaciones de definición requeridas para una correcta ejecución art. 67.5 del Reglamento de Planeamiento por técnico distinto del redactor, desarrollando las Normas generales de urbanización, además de las siguientes:
Determinación de las Normas Urbanísticas Municipales para el ámbito y clase de proyecto.
Afecciones a posibles elementos naturales sobre los que se produce intervención dirigida a proponer la solución más adecuada contra la desaparición de elementos de paisaje, perspectivas o singularidades topográficas.
Definición y diseño de elementos complementarios afectados o incluidos en proyecto pasos de peatones, imbornales, etc., acabados, texturas y coloraciones.
Artículo 16. - Planes de iniciativa particular Los particulares podrán elaborar, y elevar a la administración competente para su tramitación, los instrumentos de planeamiento urbanístico, el Ayuntamiento en estos casos deberá resolver sobre la aprobación inicial antes de tres meses desde la presentación del instrumento con su documentación completa, transcurridos los cuales podrá promoverse la información pública por iniciativa privada.
En los planes de iniciativa particular se deberán especificar el conjunto de compromisos entre los urbanizadores y el Ayuntamiento.
Los compromisos entre los urbanizadores y el Ayuntamiento deberán hacer referencia como mínimo a:
a Las cesiones obligatorias y gratuitas de terrenos de acuerdo con lo dispuesto en las presentes Normas Urbanísticas Municipales.
b La realización de las obras de urbanización en los términos previstos en el Plan de Etapas, y que no podrán exceder de 10 años.
c La contribución de los sucesivos propietarios en orden a la conservación de la urbanización y de los sistemas generales unidos a su ejecución.
Las garantías patrimoniales habrán de ser suficientes en relación con la entidad económica de los compromisos, debiéndose justificar especialmente esta suficiencia en la documentación del Plan.
En su caso se hará constar mediante inscripción en el Registro de la Propiedad los compromisos asumidos por el propietario en cumplimiento de lo previsto en el Real Decreto 1093 /1997, de 4 de julio, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento Hipotecario, sobre la inscripción de actos de naturaleza urbanística El incumplimiento de las obligaciones dará lugar por parte del Ayuntamiento a la adopción, en concepto de policía urbanística, de alguna de las siguientes medidas:

Se redactarán según el procedimiento señalado en el artículo 95 de la Ley 5/1999 de Urbanismo de Castilla y León.

a Ejecución de las garantías.

15.6. - Proyectos de Urbanización
c Sanción pecuniaria en proporción adecuada a la gravedad del incumplimiento, instruyéndose a tal efecto el oportuno expediente.

Los Proyectos de Urbanización tienen por objeto definir técnica y económicamente las obras necesarias para la ejecución material de las determinaciones del planeamiento urbanístico, conforme se detalle reglamentariamente, de acuerdo con lo establecido en el art. 95 de la Ley 5/1999 de Urbanismo de Castilla y León, y Reglamento de Planeamiento art. 67 y 79

b Revocación del Plan.

Artículo 17. - Gestión urbanística La gestión urbanística es el conjunto de actuaciones y procedimientos establecidos legalmente para la transformación del suelo, y, en especial, para su urbanización y edificación en ejecución del planeamiento urbanístico.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 29/01/2003

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Palencia

PaísEspaña

Fecha29/01/2003

Nro. de páginas72

Nro. de ediciones3392

Primera edición02/01/2003

Ultima edición18/06/2024

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