Boletín Oficial de la República Argentina del 05/12/2014 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Viernes 5 de diciembre de 2014

BOLETIN OFICIAL Nº 33.025

35

Los candidatos a cargos electivos nacionales serán elegidos por el sistema de elecciones primarias, abiertas simultáneas y obligatorias previsto en la Ley Nacional N 26.571, normas complementarias y sus reglamentaciones. El Partido podrá designar como precandidatos en las elecciones primarias y como candidatos a cualquiera de los cargos electivos en las elecciones generales, a extrapartidarios.

Asamblea de Fundación y Constitución del Partido eli Encuentro Liberal - Distrito Corrientes
TITULO XVII

Apoderados del Partido eli - Encuentro Liberal - Distrito Corrientes
DE LOS APODERADOS

PARTIDO eli-ENCUENTRO LIBERAL

Artículo 99.- El Comité Ejecutivo nombrará uno o más apoderados, preferentemente de profesión abogados para que, en conjunto o separadamente, representen al Partido ante las autoridades judiciales, electorales y administrativas y realicen todas las gestiones que le sean encomendadas por las autoridades partidarias.

DISTRITO CORRIENTES

Rafael Morante Serneguet D.N.I. Nº 04.381.089

Fabián Alfredo Darré D.N.I. N 16.614.414

Sergio Gustavo Briend D.N.I. Nº 21.367.375

Domicilio sede partidaria: Belgrano N 395.Fecha reconocimiento de personería provisoria: 25/11/2014.-

TITULO XVIII

Apoderado/s: Dres. Fabián Alfredo Darré, Rafael Morante Serneguet y al Sr. Sergio Gustavo Briend.-

CAUSAS DE EXTINCION
Artículo 100.- El Partido solamente podrá extinguirse por:

AUTORIDADES

a La voluntad expresa del 90% de los afiliados de toda la Provincia, manifestada en consulta electoral formal.
b Las causales previstas en la Ley de Partidos Políticos Nº 23.298, o de la legislación que en el futuro la reemplace o modifique.
En caso de extinción los fondos y bienes del partido, se aplicarán a construir una Fundación Educativa en los valores del liberalismo como filosofía de vida. La Convención Provincial designará a la persona encargada de cumplir con esta tarea.

JUNTA PROMOTORA
PRESIDENTE:
SECRETARIOS:

Cassani, Pedro Gerardo
DNI N 13.611.995

Fernández Affur, Juan José Quintana, Jorge Oscar
DNI N 08.879.019
DNI N 10.034.868

Lanari Zubiaur, Emilio Alberto Salvarredy, Miguel Angel Centurión, Lucia Itatí Romero, Vicente Ramón González Herrera, Marcela Fernanda Matta, José Gabriel Sena, Vicente Pérez, Sandro Jabier Gómez, Liliana Graciela Pozo, Horacio Vicente Santinon, Maria del Carmen Piedrabuena, Claudio Isaac Ramírez, Sonia Patricia Vallejos, Juan Andrés Ocampo, Pedro Tomas
DNI N 13.249.815
DNI N 16.361519
DNI N 22.164.840
DNI N 14.490873
DNI N 17.806.830
DNI N 18.395.126
DNI N 17.507.428
DNI N 24.747.428
DNI N 17.618.837
DNI N 10.289.905
DNI N 24.851.893
DNI Nº 14.854.330
DNI N 21.804.353
DNI N 11.676.943
DNI N 14.981.481

VOCALES:

TITULO XIX
DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS
Artículo 101.- En la primera elección interna posterior al reconocimiento provisorio de la personería jurídico política, para elegir autoridades partidarias, no será exigible el requisito de antigedad en la afiliación para ser elegido en la misma.
Artículo 102.- El número de miembros a elegir para integrar los primeros Comités Jurisdiccionales, será determinado por la Junta Promotora del Partido tomando como base la cantidad de afiliados domiciliados en la jurisdicción de cada municipio, que figuren inscriptos en los registros partidarios al momento de efectuar la convocatoria a elecciones internas para constituir autoridades definitivas, conforme el siguiente cálculo:
Hasta 50 afiliados: 5 miembros titulares y 2 suplentes Mas de 50 y hasta 100 afiliados: 7 miembros titulares y 3 suplentes Más de 100 y hasta 150 afiliados: 11 miembros titulares 4 suplentes
Corrientes, de noviembre de 2014.

Más de 150 y hasta 200 afiliados: 15 miembros titulares y 6 suplentes
Dr. Carlos V. Soto Davila, Juez, Juzgado Federal de 1era. Instancia N 1 con Competencia Electoral de Corrientes.

Más de 200 y hasta 300 afiliados: 19 miembros titulares y 7 suplentes
e. 05/12/2014 N 95166/14 v. 05/12/2014

Más de 300 y hasta 400 afiliados: 21 miembros titulares y 8 suplentes Más de 400 y hasta 500 afiliados: 23 miembros titulares y 9 suplentes Más de 500 y hasta 600 afiliados: 25 miembros titulares y 10 suplentes

PROYECTO SUR

Más de 600 y hasta 700 afiliados: 27 miembros titulares y 11 suplentes
Distrito Buenos Aires
Más de 700 afiliados: 29 miembros titulares y 12 suplentes
El Juzgado Federal con competencia electoral en el distrito de la Provincia de Buenos Aires, interinamente a cargo del Dr. Adolfo Gabino Ziulu, Juez Federal subrogante, hace saber a la población, por este medio, que los Estados Contables correspondientes al ejercicio económico comprendido entre el 11 de diciembre de 2012 y el 30 de diciembre de 2013, del Partido PROYECTO SUR, se encuentran disponibles para ser consultados, a través de la página de Internet del Poder Judicial de la Nación, en el sitio de la Secretaría Electoral del distrito Provincia de Buenos Aires: www.
pjn.gov.ar -link: Justicia Nacional Electoral-. Asimismo los interesados podrán solicitar copia de los referidos Estados Contables, sin exigirse expresión de causa y a costa del solicitante, en la sede de este Juzgado, Secretaría Electoral, sita en calle 8 n? 925, entre 50 y 51, planta baja, de la ciudad de La Plata, en el horario de 7:30 a 13:30; habiéndose fijado un plazo mínimo, para la presentación de observaciones, previstas en el art. 25 de la Ley 26.215, de treinta 30 días hábiles judiciales, contados a partir de la última publicación del presente edicto, pudiendo igualmente ser presentadas válidamente las mismas, luego vencido dicho plazo, hasta el momento en que se resuelva sobre la aprobación de los referidos Estados Contables. Publíquese durante tres días.La Plata, 2 de diciembre de 2014.Leandro Luis Luppi, Prosecretario Electoral Nacional, Provincia de Buenos Aires.

Artículo 103.- Hasta tanto no se encuentren en funciones las primeras autoridades partidarias electas, la Junta Promotora, ejercerá las funciones de todos los órganos establecidos en esta Carta Orgánica, a excepción de la Junta Electoral Partidaria, debiendo resolver y decidir las cuestiones que pudieran suscitarse, por mayoría simple de votos y con quórum de más de la mitad del total de sus miembros.
Artículo 104.- La Junta Promotora convocará a elecciones internas partidarias y fijará por única vez un cronograma electoral acorde a los tiempos que exige el cumplimiento de los plazos de la normalización de autoridades conforme la legislación vigente. Designará asimismo a los miembros de la Junta Electoral Partidaria.
Artículo 105.- Las autoridades surgidas del Acta Fundacional del Partido eli - Encuentro Liberal - y la Junta Electoral que se designe para llevar adelante el primer proceso electoral interno, ejercen sus funciones y tendrán mandato hasta que, mediante elecciones internas, se constituyan los cuerpos orgánicos partidarios.
Artículo 106.- Los miembros que resultaren electos, en las elecciones internas, para integrar los órganos partidarios definitivos, serán citados a reunión constitutiva por la Junta Electoral Partidaria. En el caso en que no se hubiere efectuado la citación, podrán auto convocarse por decisión de un tercio de los titulares electos.
Artículo 107.- Las Leyes Nacionales Nº 23.298, 26.215, 26.571, normas complementarias y modificatorias, y la legislación que en el futuro las reemplace o modifique, forman parte de la presente Carta Orgánica, siendo de aplicación supletoria el Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia.
Artículo 108.- Comuníquese a la justicia federal con competencia electoral en el distrito, y publíquese en el Boletín Oficial.
Artículo 109.- De Forma.
Corrientes, 23 de septiembre de 2014.
José Gabriel Matta D.N.I. Nº 18.395.126
Secretario
Horacio Vicente Pozo D.N.I. Nº 10.289.905
Secretario
Pedro Gerardo Cassani D.N.I. Nº 13.611.995
Presidente
e. 05/12/2014 Nº95388/14 v. 10/12/2014

UNION POPULAR
Distrito Entre Ríos Juzgado Federal de Paraná, con competencia Electoral en el Distrito Entre Ríos. El Señor Juez Federal de Paraná, con competencia electoral en el Distrito Entre Ríos, Dr. Leandro Damián Ríos hace saber, en cumplimiento y a los efectos previstos en el Título II Capítulo I de la Ley Nº23.298, que la agrupación UNION POPULAR, se encuentra en trámite de reconocimiento de personería jurídico política provisoria art. 7º de la Ley 23.298 ante esta sede judicial, bajo dicho nombre partidario adoptado en Asamblea Fundacional celebrada en la ciudad de Paraná, Capital de la Provincia de Entre Ríos en fecha 29/05/14 Expte. Nº2517/2014. El presente debe ser publicado por el término de tres 3 días conforme lo determina el art. 14 de la Ley 23.298. Secretaría Electoral Nacional Distrito Entre Ríos.
Paraná, 3 de diciembre de 2014.
Leandro Damián Ríos, Juez Federal.
e. 05/12/2014 Nº95657/14 v. 10/12/2014

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/12/2014 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha05/12/2014

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones9323

Primera edición02/01/1989

Ultima edición07/05/2024

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