Boletín Oficial de la República Argentina del 14/01/2020 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.284 - Primera Sección
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Martes 14 de enero de 2020

a los Artículos 25 y 28 de la Ley N23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.
Que al acceder a la personería jurídica a través de la Inscripción, dado que las actuales autoridades de su cuerpo directivo son fundacionales, corresponde regularizar la situación institucional, a cuyo efecto deberá llamar a elecciones, con carácter previo a toda petición ante esta Autoridad, conforme el procedimiento establecido en el estatuto que se aprueba.
Que el Servicio Jurídico permanente ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente Resolución se dicta al solo efecto de dar cumplimiento de la Sentencia Definitiva mencionada y en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 20 bis, inciso 41, de la Ley de Ministerios N22.520 texto ordenado por Decreto N 438/92 y sus modificatorias, y el artículo 56 de la Ley de Asociaciones Sindicales N23.551.
Por ello, ELMINISTRO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al SINDICATO DE
TRABAJADORES DEL ESTADO MUNICIPAL CORRIENTES SI.T.E.M.CO, con domicilio en calle Presidente General Julio Argentino Roca N1186, Departamento Capital, Provincia de CORRIENTES, con carácter de Asociación Gremial de primer grado, para agrupar a los trabajadores que presten servicio en relación dependencia con la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, con zona de actuación en el Departamento Capital, Provincia de CORRIENTES.
ARTICULO 2º.- Apruébese el texto del estatuto del SINDICATO DE TRABAJADORES DEL ESTADO MUNICIPAL
CORRIENTES SI.T.E.M.CO, obrante en el orden N 6, IF 2020-01545366-APN-DNASIMPYT, del EX-202001405798- -APN-DNASIMPYT, que forma parte integrante del acto administrativo.
ARTICULO 3º.- Establécese que dentro del plazo de diez 10 días a partir de la notificación de esta Resolución, la Asociación Sindical mencionada en el artículo 1 deberá presentar ante esta Autoridad de Aplicación el estatuto aprobado en la forma sintetizada conforme lo previsto por la Resolución N12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN
DE RECURSOS HUMANOS a los fines de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 4º.- Intímese a que, con carácter previo a toda petición, regularice la peticionante su situación institucional y convoque a elecciones de la Comisión Directiva, bajo apercibimiento de lo establecido por el Artículo 56, inciso 4, de la Ley N23.551.
ARTICULO 5º.- Notifíquese la presente medida a la asociación sindical SINDICATO DE TRABAJADORES DEL
ESTADO MUNICIPAL CORRIENTES SI.T.E.M.CO.
ARTÍCULO 6.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio Omar Moroni NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 14/01/2020 N1710/20 v. 14/01/2020

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/01/2020 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha14/01/2020

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones9334

Primera edición02/01/1989

Ultima edición13/05/2024

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