Boletín Oficial de la República Argentina del 25/07/2016 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 25 de julio de 2016

MINISTERIO DEAGROINDUSTRIA

DIRECCIÓN DEANÁLISIS DEFISCALIZACIÓN ESPECIALIZADA
RESOLUCIÓN GENERAL N2300 Y SUS MODIFICATORIAS - TÍTULO II
REGISTRO FISCAL DE OPERADORES EN LA COMPRAVENTA
DE GRANOS Y LEGUMBRES SECAS
EXCLUSIONES
De conformidad a lo previsto por el artículo 47 de la Resolución General AFIP N2300 se procede a la publicación del listado de los contribuyentes excluidos del Registro Fiscal de Operadores de Granos y Legumbres Secas, según Anexo I.
La resolución administrativa de exclusión se encuentra disponible en el servicio Registro Fiscal de Operadores de Granos de la página web institucional www.afip.gov.ar al que se accede mediante Clave Fiscal, así como en el expediente administrativo obrante en la dependencia de este Organismo, en la cual cada responsable se encuentra inscripto, excepto para las exclusiones previstas en los incisos a, c, d y f del artículo 47 de la Resolución General AFIP N2300.
La referida exclusión podrá ser objeto del recurso de apelación previsto en el Artículo 74 del Decreto 1397/1979 dentro de los QUINCE 15 días de la fecha de publicación de la presente, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 52 de la Resolución General AFIP N2300. Cont. Púb.
ANA MARIA BRANA, Directora Int., Dirección de Análisis de Fisc. Especializada, Subdirección General de Fiscalización.

Exclusión Productor
20063471187
20063526895
20179901979
20216630670
20273379313

SALZMANN MARIO ALEJANDRO

23231649999
27234771553
27343877566
30534397654

MASCIOLI LEONARDO MARIO
DOBLAS MARIA GRACIELA
LUGO MARCELA EDITH
CERINI Y PACHER SA
RAUSCH ALCIDES G RAUSCH JAVIER ANDRES
RAUSCH CLAUDIO SOC DE
LA GLORIA SH DE ELIAS EDGARDO RODOLFO
Y ELIAS ANTONIO HUGO H

30690528408
33635415199

NORMA
Art: 40 Inc. b - Anexo VI b 8.
Art: 40 Inc. b - Anexo VI b 8.
Art: 40 Inciso/s: b-An. VI B 12.
Art: 40 Inciso/s: b-An. VI B 12.
Art: 40 Inciso/s: b-An. VI B 8., b-An. VI B 17
Art: 40 Inciso/s: b-An. VI B 5.
Art: 40 Inciso/s: b-An. VI B 8.
Art: 40 Inciso/s: b-An. VI B 8.
Art: 40 Inciso/s: b-An. VI B 12.
Art: 40 Inciso/s: b-An. VI B 12.
Art: 40 Inciso/s: b-An. VI B 8.

APELLIDO Y NOMBRE, DENOMINACION O RAZON SOCIAL

30709657557

NORMA
Art: 40 Inciso/s: b-An. VI B 3., b-An. VI B 7., b-An. VI B 12., b-An. VI B 4.

AGROZEA S.R.L.

Exclusión Corredor CUIT
30708131241

Resolución 247/2016
Bs. As., 19/07/2016
VISTO el Expediente NS05:0025298/2016 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N24.156 y sus modificatorias, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 aprobado por la Ley N27.198, los Decretos Nros. 971 de fecha 6 de mayo de 1993, 2.186 de fecha 30 diciembre de 2010 y 619 de fecha 26 de abril de 2016, y CONSIDERANDO:
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N24.156 y sus modificatorias, en los Artículos 100 y 102, establece la creación y las funciones de las Unidades de Auditoría Interna en cada Jurisdicción y en las Entidades que dependen del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que en virtud de lo establecido en la citada ley se dictó el Decreto N971 de fecha 6 de mayo de 1993, en cuyo Artículo 1 se establece la creación del cargo de Auditor Interno en aquellas Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional mencionadas en el mismo.

Que por el Decreto N619 de fecha 26 de abril de 2016 se facultó a las máximas autoridades de los organismos descentralizados a designar al titular de la Unidad de Auditoría Interna de sus respectivas jurisdicciones.
Que el cargo de Auditor Interno del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, se encuentra vacante y resulta necesario proceder a su inmediata cobertura.
Que a tal efecto se ha propuesto al Abogado Don Santiago ARENAZA CASALE M.I. 22.991.706, quien posee los conocimientos, idoneidad y experiencia requeridos para el ejercicio del referido cargo.
Que la medida propiciada no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS.
Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 2 del Decreto N619 de fecha 26 de abril de 2016 y el Decreto N217 de fecha 19 de enero de 2016.

Exclusión Acopiador CUIT

INSTITUTO NACIONAL DESEMILLAS

Que por el Decreto N2.186 de fecha 30 de diciembre de 2010 se aprobó la estructura organizativa de la Unidad de Auditoría Interna del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

ANEXO I

APELLIDO Y NOMBRE, DENOMINACION O RAZON SOCIAL
ZAMER DELFINO A
PADUAN ADELQUI ROBERTO
COLIGNON ANIBAL MARINO
PODVERSICH JAVIER ORLANDO

APELLIDO Y NOMBRE, DENOMINACION O RAZON SOCIAL
ARROBA S.A.

NORMA
Art: 48

e. 25/07/2016 N52033/16 v. 25/07/2016

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN DEANÁLISIS DEFISCALIZACIÓN ESPECIALIZADA

Por ello, EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO
DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1 Dáse por designado, a partir del día 1 de julio de 2016, en el cargo extraescalafonario de Auditor Interno del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, al Abogado Don Santiago ARENAZA CASALE M.I. N22.991.706, con la retribución establecida en el Decreto N971 de fecha 6
de mayo de 1993 y sus normas complementarias y modificatorias.
ARTÍCULO 2 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, Entidad 614 - INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS.
ARTÍCULO 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio, Instituto Nacional de Semillas.
e. 25/07/2016 N51584/16 v. 25/07/2016

RESOLUCIÓN GENERAL N2300 Y SUS MODIFICATORIAS - TÍTULO II
REGISTRO FISCAL DE OPERADORES EN LA COMPRAVENTA
DE GRANOS Y LEGUMBRES SECAS

SUSPENSIONES
De conformidad a lo previsto por el artículo 40 de la Resolución General AFIP N2300 se procede a la publicación del listado de los contribuyentes suspendidos del Registro Fiscal de Operadores de Granos y Legumbres Secas, según Anexo I. Cont. Púb. ANA MARIA BRANA, Directora Int., Dirección de Análisis de Fisc. Especializada, Subdirección General de Fiscalización.

CUIT
20078064006
20112906313
20116343828
20171897557
20215052177
20251356883
20282338913
23164807509
30668980631
30708520086
30710365098
30712424458

30558326162

Resolución 30/2016
Expte.: 2655-16
Bs. As., 18/07/2016

Suspensión Productor
VISTO lo actuado, y NORMA
Art: 40 Inc. b - Anexo VI b 8.
Art: 40 Inc. b - Anexo VI b 8.
Art: 40 Inciso/s: b - An. VI B. 13
Art: 40 Inc. b - Anexo VI b 8.
Art: 40 Inc. b - Anexo VI b 8.
Art: 40 Inc. b - Anexo VI b 8.
Art: 40 Inc. b - Anexo VI b 8.
Art: 40 Inc. b - Anexo VI b 8.
Art: 40 Inciso/s: b-An. VI B 8.
Art: 40 Inc. b - Anexo VI b 8
Art: 40 Inciso/s: b-An. VI B 5.
Art: 40 Inciso/s: b-An. VI B 8.

Suspensión Acopiador CUIT

ENTE REGULADOR DEAGUA YSANEAMIENTO

ANEXO I

APELLIDO Y NOMBRE, DENOMINACION O RAZON SOCIAL
MOROZ JUAN
GIACHE LUIS RICARDO
CAPPELLETTI ERNESTO AQUILES
KOBZIAR CARLOS EUGENIO
ZWENGER ABELARDO CARLOS
CORZO RAFAEL ANTONIO TRIMARCHI IVAN DARIO
DEAN DANTE ALBERTO
AGRONOMIA CONSERVACIONISTA INRIVILLE
S.IRREGULAR DE VENTURI
AGRO DELTA S R L
S.A.P. S.R.L.
DON VISO S.A.

APELLIDO Y NOMBRE, DENOMINACION O RAZON SOCIAL
GOBAS S A

15

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

CUIT

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.425

NORMA
Art: 40 Inciso/s: b-An VI B 5.

e. 25/07/2016 N52036/16 v. 25/07/2016

CONSIDERANDO:
Que por el artículo 4 la Disposición N16 de la SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS de fecha 1 de septiembre de 2014 B.O. 5/9/14 se aprobó el REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE
TARIFA SOCIAL que obra como Anexo de la misma.
Que en el artículo 5 de la citada Disposición se encomendó a este ENTE REGULADOR DE
AGUA Y SANEAMIENTO ERAS tomar todas las medidas y decisiones que fueran necesarias para la implementación, la regulación y el control del citado reglamento.
Que en ese sentido el artículo 3 del Reglamento estableció que, desde el punto de vista operativo, este Ente Regulador tiene a su cargo la coordinación del Programa, acordando procedimientos y criterios comunes de acción que posibiliten el avance del proceso de ejecución del mismo.
Que como consecuencia de ello mediante la Resolución N46 del ENTE REGULADOR DE AGUA
Y SANEAMIENTO ERAS de fecha 21 de noviembre de 2014 B.O. 27/11/14 se aprobaron como Anexo I los CRITERIOS DE INCLUSIÓN y ASIGNACIÓN DEL BENEFICIO del PROGRAMA DE
TARIFA SOCIAL, como así también los Formularios Modelos SOLICITUD DE INGRESO - HOGARES y SOLICITUD DE INGRESO - INSTITUCIONES como Anexos II y III, respectivamente.
Que posteriormente mediante la Disposición N62 de la SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS de fecha 31 de marzo de 2016 B.O. 1/4/16 la Autoridad de Aplicación dispuso fortalecer y aumentar los recursos del Programa de Tarifa Social que administra este ENTE REGULADOR
DE AGUA Y SANEAMIENTO ERAS con el objeto de atender la demanda de este beneficio para los usuarios que reciben la prestación del servicio público de agua potable y desages cloacales en el ámbito de la concesión otorgada a AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. AySA.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 25/07/2016 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha25/07/2016

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones9365

Primera edición02/01/1989

Ultima edición13/06/2024

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