Boletín Oficial de la República Argentina del 04/07/2016 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 4 de julio de 2016

ARTÍCULO 2 Encuádrase la atención brindada por la citada Institución en la modalidad prestacional Centro Educativo Terapéutico, categoría A, con un cupo de cuarenta y tres 43 concurrentes por turno, quince 15 en jornada doble y veintiocho 28 en jornada simple.
ARTÍCULO 3 Inscríbase a la institución CET BUENOS AIRES S.A, en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
ARTÍCULO 4 Dejáse establecido que la institución CET BUENOS AIRES S.A, deberá comunicar a la Junta Evaluadora del REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE
ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD, dentro de las cuarenta y ocho 48 horas, todo aumento mayor a cuatro 4 personas de su población asistida, conforme lo regulado en el punto 8.2.4 de la Resolución N02/13 PDSPBAIPD.
ARTÍCULO 5 Contra el presente acto podrá deducirse el Recurso de Reconsideración previsto en el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº1759/72
t.o. 1991 el que deberá interponerse en el plazo de diez 10 días de notificada la presente.
ARTÍCULO 6 Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. Lic. MARÍA ALEJANDRA FREY, Directora, Servicio Nacional de Rehabilitación.
e. 04/07/2016 N46752/16 v. 04/07/2016

D.N.I. N
10421820
25472204
26400743
6709860
21702435
14267173
5748221
14950825
10350485
16698533
13760465
13168582
16294641
18012122
8513641
6279388
22075895
11629308

BOLETIN OFICIAL Nº 33.411
AGENTES
MATTIOLI, AMALIA LUCIA
MIRABILE, MARCELO JAVIER
MURGO, CLAUDIO MARCELO
NANI, MARÍA LIDIA
NAVARRE, LILIANA ELENA
NAVARRETE, LUIS ENRIQUE
PAIVA, ETY VICTORIA EMILIA
PEREYRA, JOSÉ RUBÉN
ROJO, ROSA AMELIA RUBIO, RODOLFO
SAMAJA, ENRIQUE GERÓNIMO
SOTO, MARÍA ROSA
SUBIRATS, WILFREDO ROQUE
TILOCCA, ADRIANA MABEL
URQUIZA, OSCAR EDUARDO
VENTURIN, SUSANA RUTH
WENGORRA, CLAUDIO MARIANO
WIEDERHOLD, EDUARDO BERNABÉ

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UNIDAD EVALUACION
GERENCIA DE FISCALIZACIÓN
PRESIDENCIA
GERENCIA DE FISCALIZACIÓN
GERENCIA DE FISCALIZACIÓN
DELEGACIÓN ROSARIO
SUBGERENCIA DE ADMINISTRACIÓN
DELEGACIÓN CÓRDOBA
DELEGACIÓN SAN MARTÍN
PRESIDENCIA
DELEGACIÓN GENERAL ROCA
SUBDELEGACIÓN CHILECITO
DELEGACIÓN SAN RAFAEL
GERENCIA DE FISCALIZACIÓN
DELEGACIÓN MENDOZA
DELEGACIÓN SAN RAFAEL
SUBGERENCIA DE ADMINISTRACIÓN
SUBGERENCIA DE ADMINISTRACIÓN
GERENCIA DE FISCALIZACIÓN

ANEXO II A LA RESOLUCIÓN NC.23/16.-

MINISTERIO DEAGROINDUSTRIA

INSTITUTO NACIONAL DEVITIVINICULTURA

BONIFICACIÓN POR DESEMPEÑO DESTACADO
Bonificaciones correspondientes a las Evaluaciones del Año 2014 - Cargos Ejecutivos
Resolución 23/2016

Unidad de Análisis: INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

Mendoza, 28/06/2016
VISTO el Expediente N S93:0011326/2014 del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, los Decretos Nros. 214 de fecha 27 de febrero de 2006 y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Resolución N98 de fecha 28 de octubre de 2009 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y
D.N.I. N
16178823

AGENTES
MANZANO, MANUEL HUMBERTO

e. 04/07/2016 N45843/16 v. 04/07/2016

CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto se tramita la aprobación del listado de agentes de la Planta del Personal Permanente del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, en condiciones de percibir la Bonificación por Desempeño Destacado correspondiente a las Funciones Simples y Ejecutivas del período 2014, conforme lo establecido por el RÉGIMEN PARA LA
APROBACIÓN DE LA ASIGNACIÓN DE LA BONIFICACIÓN POR DESEMPEÑO DESTACADO AL
PERSONAL COMPRENDIDO EN EL RÉGIMEN ESTABLECIDO EN EL SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO, aprobado por el Anexo II de la Resolución N98 de fecha 28 de octubre de 2009 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS y sus modificatorias. Que debidamente notificados han ejercido la veeduría que les compete las entidades sindicales sin expresar observaciones.
Que se ha certificado la existencia de financiamiento presupuestario para afrontar el gasto que demandará la presente medida.
Que han tomado la intervención de su competencia la Oficina Nacional de Empleo Público de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, mediante Dictamen ONEP N013 de fecha 2 de mayo de 2016, según consta a fojas 90/92, y las Subgerencias de Administración y de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde la aprobación del listado de personal que debe percibir la Bonificación por Desempeño Destacado del período de evaluación 2014.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878 y 24.566, los Decretos Nros. 1.279/03, 214/06, 2.098/08 y 155/16, y el Artículo 2 del Anexo II de la Resolución N98/09
de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, EL PRESIDENTE
DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1 Apruébase la Bonificación por Desempeño Destacado establecida por el Artículo 89 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO SINEP, homologado por el Decreto N2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, correspondiente a las Funciones Simples y Ejecutivas del período 2014, de conformidad con el detalle de agentes de la Planta del Personal Permanente del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA que como Anexos I y II forman parte integrante de la presente resolución.

UNIDAD EVALUACION
FUNCIÓN EJECUTIVA - GERENCIA DE
FISCALIZACIÓN

MINISTERIO DEAGROINDUSTRIA

SERVICIO NACIONAL DESANIDAD YCALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución 336/2016
Bs. As., 28/06/2016
VISTO el Expediente N S05:0544142/2013 del Registro del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, el Decreto N4.238 del 19 de julio de 1968, las Resoluciones Nros. 38 del 3 de febrero de 2012 del ex-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
y 198 del 20 de septiembre de 1995 del ex-SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, y CONSIDERANDO:
Que los riesgos microbiológicos de los productos alimenticios constituyen una de las principales fuentes de enfermedades de origen alimentario para las personas.
Que los productos alimenticios no deben contener microorganismos ni sus toxinas o metabolitos que representen un riesgo para la salud humana.
Que atento a la estrategia fijada por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, es necesario establecer mecanismos para su actualización permanente, adaptándose a la nueva realidad de la agroindustria argentina y del comercio internacional.
Que la Resolución N198 del 20 de septiembre de 1995 del ex-SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, únicamente fija los criterios y patrones microbiológicos en establecimientos faenadores y procesadores de aves para: pollo seco, pollo húmedo, pollo trozado, pollo congelado rebozado y pollo congelado crudo en planta, de manera que resulta indispensable realizar una actualización en la materia.
Que es necesario establecer criterios de seguridad armonizados sobre la aceptabilidad de los alimentos, en particular en lo que se refiere a la presencia de ciertos microorganismos patógenos, no existiendo otra norma que involucre parámetros microbiológicos para huevos, ovoproductos, carnes de especies menores y productos de la caza.

ARTÍCULO 2 Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. Ing. Agr. CARLOS RAÚL TIZIO MAYER, Presidente, Instituto Nacional de Vitivinicultura.

Que la higiene de los materiales, equipos y superficies de contacto directo e indirecto con las carnes y/o sus productos derivados, huevos y ovoproductos, son esenciales para poder obtener y mantener una elaboración de un producto apto para el consumo humano, por ello, se considera parte de las acciones a tener presente en todo el flujo de los procesos.

ANEXO I A LA RESOLUCIÓN NC.23/16.-

Que se le asigna una vital importancia a ello cuando se analizan los requisitos nacionales e internacionales, los cuales hacen especial hincapié en el cumplimiento de tales acciones higiénicas.

BONIFICACIÓN POR DESEMPEÑO DESTACADO
Bonificaciones correspondientes a las Evaluaciones del Año 2014 - Cargos Simples Unidad de Análisis: INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
D.N.I. N
5088398
17119743
13842950
17126250
7626570
16005171
11185363
12751901
12104807
8493783
13251489
5940081
21877373

AGENTES
ACOSTA, OSCAR NELSON
AGUERRE, JAVIER LUCIANO
ARAGUNA, ORLANDO
BERTRANOU, GABRIEL AMADEO
BORDOY, PEDRO RUBEN
BUSTOS, NANCY
BUTTERFIELD, EDITH DEL CARMEN
DONAIRE, PEDRO EDGARDO
FERREYRA, SILVIA NANCY
FLORES, JOSÉ NICOLÁS
GRACIANO, MARIO HERMINIO
IUDICA, GLADIS LEONOR CRUZ
MANGIA, CARLOS LUIS

UNIDAD EVALUACION
DELEGACIÓN SAN JUAN
UNIDAD RESIDUAL
UNIDAD RESIDUAL
UNIDAD RESIDUAL
DELEGACIÓN BUENOS AIRES
DELEGACIÓN MENDOZA
SUBGERENCIA DE ADMINISTRACIÓN
DELEGACIÓN MENDOZA
DELEGACIÓN RESISTENCIA
DELEGACIÓN SAN JUAN
DELEGACIÓN SAN MARTÍN
GERENCIA DE FISCALIZACIÓN
DELEGACIÓN TUCUMÁN

Que, por lo expuesto, resulta necesario aprobar una normativa que establezca los parámetros microbiológicos para las carnes de aves, huevos, ovoproductos, especies menores y productos de caza.
Que los objetivos de la normativa son contribuir a la salud pública y a la seguridad e inocuidad alimentaria, como así también evaluar tanto los comportamientos y niveles de los distintos sistemas de calidad, Buenas Prácticas de Manufactura, Procedimientos Estandarizados de Limpieza y Desinfección y Verificación del Plan de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control, si correspondiese, como evaluar la calidad e inocuidad de los alimentos que surgen de la cadena agroalimentaria en el marco de las carnes de aves, huevos, ovoproductos, especies menores y productos de la caza.
Que, asimismo, dicha normativa pretende posibilitar la verificación de la presencia y/o ausencia de microorganismos patógenos y las condiciones higiénicas de los diferentes procesos.
Que, en esta misma línea, resulta fundamental contar además con un Manual de Procedimiento para el monitoreo microbiológico en el control de la limpieza y la desinfección de los establecimientos.
Que dicho Manual tiene como objetivo el monitoreo microbiológico en el control de la limpieza y la desinfección de los establecimientos, a los fines de dar las bases mínimas para que los establecimientos elaboren sus propios manuales de control de limpieza y desinfección en base a los resultados obtenidos en los muestreos.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/07/2016 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha04/07/2016

Nro. de páginas80

Nro. de ediciones9372

Primera edición02/01/1989

Ultima edición20/06/2024

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