Boletín Oficial de la República Argentina del 25/06/2015 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Jueves 25 de junio de 2015

Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.158

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

9

DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS
ADUANA DENEUQUÉN

Abog. DIEGO CARLOS FIGUEROA, Administrador Int., Aduana Neuquén, Dir. Reg. Aduanera Bahía Blanca.
e. 25/06/2015 N113126/15 v. 25/06/2015

Se hace saber al abajo mencionado que se ha ordenado notificarle la Resolución N279/2015
AD NEUQ por la cual se lo condena por la infracción prevista y penada en el art. 947 del Código Aduanero. Asimismo se le hace saber que dentro del plazo de 15 días de notificada la presente tiene derecho de interponer contra la misma recurso de apelación o demanda contenciosa previstos por el art. 1132 y 1133 del Código Aduanero. Haciéndole saber que en su defecto, la presente resolución se tendrá por firme y pasará en autoridad de cosa juzgada art. 1139 C.A..

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS
ADUANA DENEUQUÉN
Se hace saber al abajo mencionado que se ha ordenado notificarle la Resolución N127/2015
AD NEUQ por la cual se ordena el archivo provisorio de las actuaciones Sigea N12373-441-2011
y se le hace saber que deberá dentro de los 10 días de notificado abonar los tributos que gravan la importación a consumo de la mercadería en infracción cuyo importe asciende a la suma de U$S20,75 DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTE CON 75/100.

Abog. DIEGO CARLOS FIGUEROA, Administrador Int. Aduana Neuquén, Dir. Reg. Aduanera Bahía Blanca.
e. 25/06/2015 N113146/15 v. 25/06/2015

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS
ADUANA DENEUQUÉN

Abog. DIEGO CARLOS FIGUEROA, Administrador Int., Aduana Neuquén, Dir. Reg. Aduanera Bahía Blanca.
e. 25/06/2015 N113172/15 v. 25/06/2015

Se hace saber al abajo mencionado que se ha dispuesto correr vista en los términos del art.
1101 de la Ley 22.415, de las actuaciones sumariales que se describen por el término de diez 10
días hábiles para que se presente a estar a derecho bajo apercibimiento de ser declarado rebelde Art. 1105 del citado texto legal imputándosele la infracción que se detalla. Hágasele saber que, conforme a lo normado en los Arts. 930, 932 de la citada ley, la infracción aduanera se extingue con el pago voluntario del mínimo de la multa; para que surta tales efectos deberá efectuarse dentro del plazo indicado en el presente, en cuyo caso el antecedente no será registrado.

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS
ADUANA DENEUQUÉN
Se hace saber al abajo mencionado que se ha dispuesto correr vista en los términos del art.
1101 de la Ley 22.415, de las actuaciones sumariales que se describen por el término de diez 10
días hábiles para que se presente a estar a derecho bajo apercibimiento de ser declarado rebelde Art. 1105 del citado texto legal imputándosele la infracción que se detalla. Hágasele saber que, conforme a lo normado en los Arts. 930, 932 de la citada ley, la infracción aduanera se extingue con el pago voluntario del mínimo de la multa; para que surta tales efectos deberá efectuarse dentro del plazo indicado en el presente, en cuyo caso el antecedente no será registrado. Asimismo, se hace saber al imputado que deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de la División Aduana de Neuquén, bajo apercibimiento de tenérselo constituido en los estrados de la misma.

Abog. DIEGO CARLOS FIGUEROA, Administrador Int. Aduana Neuquén, Dir. Reg. Aduanera Bahía Blanca.
e. 25/06/2015 N113148/15 v. 25/06/2015

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS
ADUANA DENEUQUÉN
Se hace saber al abajo mencionado que se ha ordenado notificarle la Providencia por la cuál se decreta su REBELDIA en los términos del artículo N1.105 del Código Aduanero y se tiene por constituido domicilio en los estrados de esta Aduana artículo 1.004 del Código Aduanero.

Abog. DIEGO CARLOS FIGUEROA, Administrador Int., Aduana Neuquén, Dir. Reg. Aduanera Bahía Blanca.
e. 25/06/2015 N113143/15 v. 25/06/2015

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS
ADUANA DENEUQUÉN
Se hace saber al abajo mencionado que se ha dispuesto correr vista en los términos del art.
1101 de la Ley 22.415, de las actuaciones sumariales que se describen por el término de diez 10
días hábiles para que se presente a estar a derecho bajo apercibimiento de ser declarado rebelde Art. 1105 del citado texto legal imputándosele la infracción que se detalla. Hágasele saber que, conforme a lo normado en los Arts. 930, 932 de la citada ley, la infracción aduanera se extingue con el pago voluntario del mínimo de la multa; para que surta tales efectos deberá efectuarse dentro del plazo indicado en el presente, en cuyo caso el antecedente no será registrado.

Abog. DIEGO CARLOS FIGUEROA, Administrador Int. Aduana Neuquén, Dir. Reg. Aduanera Bahía Blanca.
e. 25/06/2015 N113144/15 v. 25/06/2015

Abog. DIEGO CARLOS FIGUEROA, Administrador Int. Aduana Neuquén, Dir. Reg. Aduanera Bahía Blanca.
e. 25/06/2015 N113150/15 v. 25/06/2015

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS
ADUANA DENEUQUÉN
Se hace saber al abajo mencionado que se ha ordenado notificarle la Providencia por la cuál se decreta su REBELDIA en los términos del artículo N1.105 del Código Aduanero y se tiene por constituido domicilio en los estrados de esta Aduana artículo 1.004 del Código Aduanero.

Abog. DIEGO CARLOS FIGUEROA, Administrador Int. Aduana Neuquén, Dir. Reg. Aduanera Bahía Blanca.
e. 25/06/2015 N113158/15 v. 25/06/2015

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 25/06/2015 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha25/06/2015

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones9344

Primera edición02/01/1989

Ultima edición23/05/2024

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