Boletín Oficial de la República Argentina del 28/11/2014 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 28 de noviembre de 2014
contratado, debe ser efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción o Entidad involucrada.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular N4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados a dicho Instituto para los Ejercicios 2012, 2013 y 2014, ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno, puesto que se encuentra contemplada en las Leyes N 26.728, N26.784 y N26.895.
Que la ASESORIA LEGAL del INSTITUTO
NACIONAL DEL TEATRO y la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CULTURA han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida, se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION
NACIONAL, 7 y 10 de las Leyes N26.728, N 26.784 y N 26.895 y 1 del Decreto N491 de fecha 12 de marzo de 2002.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Exceptúase al INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE
CULTURA, de lo dispuesto en el Artículo 7 de las Leyes N26.728, 26.784 y N26.895, al solo efecto de cubrir UN 1 cargo Nivel A Grado 0
con Función Ejecutiva Nivel IV, perteneciente a la Planta Permanente, de DIRECTOR DE ADMINISTRACION.
Art. 2 Dase por designado transitoriamente a partir del 15 de junio de 2012 y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto al Contador Público Sebastián Leonardo PEREIRA
DNI N 23.469.218 en el cargo de DIRECTOR
DE ADMINISTRACION del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA, en un Nivel A Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de Nivel IV, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, con autorización excepcional, por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14, Título II, Capítulo Ill del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto 2098/08.
Art. 3 El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO SINEP dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto.
Art. 4 El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 20 - Entidad 117 - INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO.
Art. 5 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER.
Jorge M. Capitanich. Teresa A. Sellarés.

CONTRATOS

FINANZAS PUBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo BID N 3249/OC-AR, propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO BID, y CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID N3249/OC-AR, el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO
BID se compromete a asistir financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la ejecución del Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos por un monto de hasta DOLARES
ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA
MILLONES U$S150.000.000.
Que el Programa tiene como objetivo disminuir la disposición de Residuos Sólidos Urbanos RSU en Basurales a Cielo Abierto BCA e incrementar la disposición adecuada de los mismos en rellenos sanitarios diseñados, construidos y operados adecuadamente en centros urbanos y municipios turísticos.
Que el Programa financiará acciones e iniciativas de educación y concientización, separación en origen, recolección, transporte, transferencia, valorización, reciclaje y disposición final de RSU, y saneamiento de BCA existentes orientadas a promover la gestión integral de Residuos Sólidos RS y que beneficiarán a alrededor de NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL
975.000 hogares con servicios mejorados de recolección y disposición final.
Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán TRES 3 componentes: i Gestión Operativa, ii Infraestructura y Equipamiento y; iii Gestión Ambiental y Social.
Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por el Prestatario, por intermedio de DOS 2 co-ejecutores:
i la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
que ejecutará el Subprograma I, dirigido a centros urbanos mayores a VEINTE MIL
20.000 habitantes, con un costo de DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO VEINTICINCO MILLONES U$S 125.000.000; y ii el MINISTERIO DE TURISMO que ejecutará el Subprograma II, dirigido a municipios turísticos, con un costo de DOLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS MIL U$S 62.500.000, quienes a los fines de este Contrato serán denominados como los Organismos Ejecutores y/o individualmente como el Organismo Ejecutor en el marco del Subprograma de su competencia.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPUBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Contrato de Préstamo BID N 3249/OC-AR, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.
Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID N3249/
OC-AR y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.

Bs. As., 19/11/2014

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos a los que será destinado el mencionado Préstamo.

VISTO el Expediente NS01:0204769/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y

Decreto 2186/2014
Modelo de Contrato de Préstamo BID.
Aprobación.

BOLETIN OFICIAL Nº 33.020

FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 53 de la Ley N11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2014.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID N 3249/OC-AR a celebrarse entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
BID, por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA MILLONES U$S 150.000.000, destinado a financiar parcialmente el Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por SIETE 7 Capítulos, de las Normas Generales integradas por DIEZ 10 Capítulos y UN 1 Anexo Unico, cuyas copias autenticadas forman parte integrante del presente decreto como Anexo I.
Asimismo, forman parte integrante de la presente medida, como Anexos II y III, las copias autenticadas de las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo y las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo, respectivamente, ambas correspondientes a la edición del mes de marzo de 2011.
Art. 2 Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID
N3249/OC-AR y su documentación adicional, conforme al modelo que se aprueba por el Artículo 1 del presente decreto.
Art. 3 Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo BID N 3249/OC-AR, cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1 de la presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.
Art. 4 Desígnase a la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS como Organismo co-ejecutor del Subprograma I y al MINISTERIO DE TURISMO como Organismo co-ejecutor del Subprograma II, quedando facultados para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del Programa, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo que se aprueba por el Artículo 1.
Art. 5 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER.
Jorge M. Capitanich. Axel Kicillof.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Decreto se publican en la edición web del BORA
www.boletinoficial.gov.ar y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

CONVENIOS
Decreto 2192/2014
Modelo de Convenio Aprobación.

de
Donación.

Bs. As., 19/11/2014
VISTO el Expediente N S01:0164702/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y FINANZAS PUBLICAS y el Modelo de Convenio de Donación del FONDO FIDU-

3

CIARIO PARA PROYECTOS DE DEFENSA
DE LA CAPA DE OZONO propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE
RECONSTRUCCION Y FOMENTO BIRF, y CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Convenio de Donación del FONDO FIDUCIARIO PARA
PROYECTOS DE DEFENSA DE LA CAPA DE
OZONO, el BANCO INTERNACIONAL DE
RECONSTRUCCION Y FOMENTO BIRF
se compromete a otorgar a la REPUBLICA
ARGENTINA, una donación por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES
UN MILLON NOVECIENTOS CATORCE
MIL SEISCIENTOS DOCE U$S 1.914.612
destinado al financiamiento del Proyecto de Reducción de Hidroclorofluorocarbonos HCFC bajo el Protocolo de Montreal Donación NTF014897.
Que el referido Proyecto tiene por objetivo apoyar a la REPUBLICA ARGENTINA en la reducción de sustancias controladas que agotan la capa de ozono en conformidad con las obligaciones del país en virtud del Protocolo de Montreal.
Que a los efectos de llevar a cabo el Proyecto y de acuerdo al Convenio de Donación propuesto, el MINISTERIO DE ECONOMIA
Y FINANZAS PUBLICAS, en representación de la REPUBLICA ARGENTINA, pondrá a disposición del MINISTERIO DE INDUSTRIA los fondos de la donación.
Que las condiciones generales y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Convenio de Donación propuesto para ser suscripto, son las usuales que se pactan en este tipo de operaciones y resultan adecuadas a los propósitos y objetivos a los que está destinada la misma.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, el Artículo 40 de la Ley N11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2005 y sus modificatorias.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Apruébase el Modelo de Convenio de Donación del FONDO FIDUCIARIO
PARA PROYECTOS DE DEFENSA DE LA CAPA
DE OZONO para el Proyecto de Reducción de Hidroclorofluorocarbonos HCFC bajo el Protocolo de Montreal Donación NTF014897 a suscribirse entre la REPUBLICA ARGENTINA
y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO BIRF por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES UN
MILLON NOVECIENTOS CATORCE MIL SEISCIENTOS DOCE U$S 1.914.612, que consta de SEIS 6 Artículos, DOS 2 Anexos y UN 1
Apéndice, cuya copia autenticada en idioma inglés y su traducción al idioma español forman parte integrante del presente decreto como Anexo I. Asimismo, se adjuntan como Anexo II, copia autenticada en idioma español de las Condiciones Estándar para las Donaciones que concede el Banco Mundial con cargo a diversos Fondos de fecha 15 de febrero de 2012
y como Anexo III se agregan copias autenticadas en idioma español de las Normas: Selección y Contratación de Consultores con préstamos del BIRF, créditos de la AIF y donaciones por prestatarios del Banco Mundial y de las Normas: Adquisiciones de bienes, obras y servicios distintos a los de consultoría con préstamos del BIRF, créditos de la AIF y donaciones por prestatarios del Banco Mundial, ambas de enero 2011.
Art. 2 Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a suscribir en nombre y representación de la REPUBLICA
ARGENTINA, el Convenio correspondiente a la donación conforme al Modelo aprobado en el

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 28/11/2014 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha28/11/2014

Nro. de páginas80

Nro. de ediciones9367

Primera edición02/01/1989

Ultima edición15/06/2024

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