Boletín Oficial de la República Argentina del 08/05/2014 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 8 de mayo de 2014

MINISTERIO DE EDUCACION
Decisión Administrativa 311/2014
Dase por autorizada contratación
Decisión Administrativa 324/2014
Dase por autorizada contratación

Pág.
8 9

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decisión Administrativa 309/2014
Desestímase recurso interpuesto contra la Decisión Administrativa Nº46/2001

9

Decisión Administrativa 310/2014
Autorízase addenda a contratación en la Subsecretaría de Política Criminal

9

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Decisión Administrativa 307/2014
Autorízase contratación en la Dirección General de Infraestructura, Servicios y Administración de Bienes

10

Decisión Administrativa 308/2014
Autorízase contratación en la Subsecretaría de Relaciones Institucionales

10

MINISTERIO DE SALUD
Decisión Administrativa 322/2014
Contratación en la Dirección de Maternidad e Infancia

11

Decisión Administrativa 323/2014
Contratación en la Subsecretaría de Salud Comunitaria.

11

MINISTERIO DE SEGURIDAD
Decisión Administrativa 294/2014
Apruébase convenio

12

RESOLUCIONES
EMERGENCIA AGROPECUARIA
Resolución 232/2014-MAGP
Dase por declarado el estado de emergencia agropecuaria en la Provincia de Santiago del Estero
DEUDA PUBLICA
Resolución 26/2014-SF
Ampliación de emisión de Bonos. Emisión y colocación de Letra del Tesoro
COMBUSTIBLES
Resolución 390/2014-SE
Acuerdo de Abastecimiento de Biodiesel para su Mezcla con Combustibles Fósiles en el Territorio Nacional. Ratificación

15

15

16

DISPOSICIONES
PRODUCTOS COSMETICOS
Disposición 2617/2014-ANMAT
Prohibición de uso y comercialización

17

PRODUCTOS MEDICOS
Disposición 2615/2014-ANMAT
Prohibición de uso y comercialización

18

Disposición 2616/2014-ANMAT
Prohibición de uso y comercialización

19

AVISOS OFICIALES
Nuevos
Anteriores

20
43

45

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Desígnase al señor Carlos Aníbal LOPEZ LOPEZ D.N.I. Nº 8.586.158
en el cargo de Secretario Adscripto para Asuntos Especiales de la Presidenta de la Nación.

MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 636/2014
Corte Interamericana de Derechos Humanos. Dispónese pago.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.879

CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita el pago de las indemnizaciones y el reintegro de las costas y gastos, que el Estado Argentino fue condenado a abonar en la sentencia dictada por la CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS en el caso Nº 11.618
MOHAMED VS. ARGENTINA.
Que la Ley Nº 23.054, sancionada el 1
de marzo de 1984, aprobó la CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS
HUMANOS y reconoció la competencia de la Comisión y de la CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
sobre todos los casos relativos a la interpretación o aplicación de la citada Convención, la cual, a partir de la reforma constitucional de 1994, tiene jerarquía constitucional.
Que con fecha 23 de noviembre de 2012
la CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS dictó sentencia ordenando al ESTADO NACIONAL al pago de DOLARES ESTADOUNIDENSES
CINCUENTA Y TRES MIL U$S 53.000
en concepto de indemnización por daño material e inmaterial a favor de la víctima del caso, y por reintegro de costas y gastos, en un plazo de UN 1 año, contado a partir de la notificación de la misma.
Que en dicha oportunidad la CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS
HUMANOS también ordenó al ESTADO
NACIONAL reintegrar al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la CORTE
INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES SIETE MIL QUINIENTOS
TREINTA Y NUEVE CON CUARENTA Y
DOS CENTAVOS U$S 7.539,42, en concepto de gastos realizados en ocasión de la audiencia pública, así como los gastos de formalización y envío de declaración, en un plazo de NOVENTA 90
días a contar desde la notificación de la mentada sentencia.
Que el cumplimiento de las resoluciones emanadas de la citada Corte genera, por parte del ESTADO NACIONAL, el compromiso de observancia de sus prescripciones en el orden interno y frente a la comunidad internacional, dado el carácter definitivo e inapelable de sus sentencias, de acuerdo con las disposiciones de los artículos 67 y 68.1 de la CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS, aprobada por la Ley Nº23.054.
Que teniendo en cuenta los compromisos asumidos por el ESTADO ARGENTINO al adherir a la CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS, y encontrándose vencido el plazo para efectuar el correspondiente reintegro al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la CORTE INTERAMERICANA DE
DERECHOS HUMANOS desde el 19
de marzo de 2013 y el plazo otorgado para el pago de la indemnización a la víctima del caso el 19 de diciembre de 2013, si bien resulta, por aplicación de lo dispuesto en la Ley Nº25.344 que la obligación que surge de la indemnización, se enmarca dentro de sus prescripciones en tanto su cumplimiento opera dentro del Territorio Nacional, corresponde que dichas obligaciones sean atendidas en lo inmediato con fondos de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A
CARGO DEL TESORO, para lo cual también debe considerarse que una conducta diferente podría ser calificada por la citada Corte como una modificación a los términos de sus sentencias, a cuyo fin el señor Jefe de Gabinete de Ministros efectuará las adecuaciones presupuestarias pertinentes para afrontar el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida.

Bs. As., 5/5/2014
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE
KIRCHNER. Aníbal F. Randazzo.

VISTO el Expediente Nº S04:0037110/2013 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS, y
Que la SECRETARIA DE RELACIONES
EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y la SECRETARIA DE DERECHOS HUMA-

2

NOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS, han tomado intervención.
Que han tomado la intervención que les compete los servicios permanentes de asesoramiento jurídico de los organismos involucrados.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Dispónese el pago en efectivo de la sentencia dictada por la CORTE
INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS en el Caso Nº 11.618 MOHAMED VS.
ARGENTINA por un monto equivalente a DOLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA MIL
QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS U$S 60.539,42, con más los intereses moratorios que correspondan, para el caso de la indemnización por daño material e inmaterial a favor de la víctima del caso y por reintegro de costas y gastos, por el lapso transcurrido desde el vencimiento del plazo dispuesto en la sentencia, 19 de diciembre de 2013, hasta la fecha de su efectiva cancelación; y para el caso del reintegro de la suma erogada durante la tramitación del caso por el Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la CORTE INTERAMERICANA DE
DERECHOS HUMANOS, por el lapso transcurrido desde el 19 de marzo de 2013 hasta su efectiva cancelación.
Art. 2 El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior será imputado a los créditos de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO correspondientes al Ejercicio 2014.
Art. 3 El señor Jefe de Gabinete de Ministros efectuará las adecuaciones presupuestarias pertinentes a fin de afrontar el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER.
Jorge M. Capitanich. Héctor M. Timerman.
Axel Kicillof. Julio C. Alak.

MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL
Decreto 631/2014
Dase por designado el Subsecretario de Recursos Deportivos.

Bs. As., 5/5/2014
VISTO el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Dase por designado, a partir del 01 de abril de 2014, en el cargo de SUBSECRETARIO DE RECURSOS DEPORTIVOS, de la SECRETARIA DE DEPORTE del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, al señor GARCIA VARA, Horacio Leonardo D.N.I.
Nº17.363.337.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER.
Jorge M. Capitanich. Alicia M. Kirchner.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 08/05/2014 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha08/05/2014

Nro. de páginas72

Nro. de ediciones9346

Primera edición02/01/1989

Ultima edición25/05/2024

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