Boletín Oficial de la República Argentina del 13/10/2010 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Miércoles 13 de octubre de 2010

Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 32.006

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acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar las contrataciones de los mismos como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02 y además en los casos exclusivos de los agentes D. Luis Pedro ETCHESURI, D. Mario Daniel LORENZO PERON, D. Alberto Raúl GUERRA, D. José Daniel PESOA, D. Héctor Atilio POGGIESE, D. Héctor Ricardo ALEMAN, D. Deobaldo Laureano CUEVAS, D. Darío Luis FARIAS, Da. Ana María ROSSELLO y Da. María Cristina ESTEVE, como excepción al artículo 5º inciso f del Anexo de la Ley Nº25.164, como así también respecto de los agentes D. Edwin Roberto GOMEZ SANTACRUZ y D. Christian Rodrigo VIDELA OPORTO
como excepción al artículo 4º inciso a, del Anexo de la ley mencionada precedente.
Que el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº3/04 y sus modificatorias, establece que el personal contratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de planta permanente de la jurisdicción según el tipo de funciones a desarrollar.
Que, por otra parte, en el artículo 2º de la norma citada en el considerando precedente, se establece que para la equiparación de la remuneración con el adicional por grado del régimen escalafonario que resulte de aplicación al personal de Planta Permanente de la jurisdicción, sólo se considerará la especialidad o experiencia laboral acumulada por la persona a contratar, derivada de servicios prestados en organismos de la Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal y organismos o entes públicos, incluso los prestados con carácter de ad honorem, relacionados exclusiva y directamente con las actividades, funciones, servicios o resultados a obtener mediante su contratación.
Que los agentes involucrados en el presente acto se encuentran exceptuados de lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº601/02, reglamentario de su similar Nº491/02, por haber presentado la documentación oportunamente.
Que el personal de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de enero de 2010, por lo que procede aprobar las respectivas contrataciones con efectos a esa fecha.
Que la financiación de los contratos que se aprueban por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº26.546.
Que han tomado la intervención de su competencia la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA
DE LA GESTION PUBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, a tenor de lo establecido en el artículo 4º inciso a, en el artículo 5º y en el último párrafo del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02, y en el artículo 1º del Decreto Nº577/03 y sus modificatorios.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Danse por exceptuados, en los casos exclusivos de D. Edwin Roberto GOMEZ
SANTACRUZ D.N.I. Nº 93.563.164 de nacionalidad peruana y de D. Christian Rodrigo VIDELA
OPORTO D.N.I. Nº 92.422.584 de nacionalidad chilena, del requisito de nacionalidad que para el ingreso a la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL se establece en el artículo 4º inciso a del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Art. 2º Danse por aprobados, con efectos al 1º de enero de 2010 y hasta el 31 de diciembre de 2010, los contratos suscriptos ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrados entre distintos funcionarios competentes de esta Jurisdicción y los agentes nominados en las planillas que, como Anexos I y II, forman parte integrante de la presente decisión administrativa, conforme las condiciones indicadas en las mismas y de acuerdo con las previsiones del articulo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº1421/02 y de la Resolución ex SGP Nº48/02.
Art. 3º Autorízanse las contrataciones que se aprueban de los agentes nominados en el Anexo II, como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02
reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164 y además en los casos de los agentes D. Luis Pedro ETCHESURI, D. Mario Daniel LORENZO PERON, D. Alberto Raúl GUERRA, D. José Daniel PESOA, D. Héctor Atilio POGGIESE, D. Héctor Ricardo ALEMAN, D. Deobaldo Laureano CUEVAS, D. Darío Luis FARIAS, Da. Ana María ROSSELLO y Da. María Cristina ESTEVE, como excepción al artículo 5º inciso f del Anexo de la Ley mencionada en el párrafo precedente.
Art. 4º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº26.546.
Art. 5º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Aníbal D. Fernández. Aníbal F. Randazzo.
ANEXO I

ANEXO II

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/10/2010 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha13/10/2010

Nro. de páginas68

Nro. de ediciones9372

Primera edición02/01/1989

Ultima edición20/06/2024

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