Boletín Oficial de la República Argentina del 19/05/2010 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 19 de mayo de 2010

Que el referido aporte consistirá en un monto no reintegrable de PESOS DOSCIENTOS $
200 por única vez y por ternero macho, proveniente de un rodeo de tambo y, que asimismo, cumpla con los requisitos establecidos por la citada Resolución Nº2240/09.
Que las solicitudes presentadas por los operadores BARTIZAGHI ORLANDO RAFAEL, KNUBEL RODOLFO ANDRES, COLOMBERO FERNANDO, NAYAHUE S.A. AGRIC. GAND., MORRA CARLOS FELIPE, GUIDETTI JUAN CARLOS, PONS RICARDO RAFAEL Y PONS RENE FELIX, SACKS LEANDRO NICOLAS y TAMBERITO S.R.L., fueron sujetas a análisis por el Area de Lácteos de la citada Oficina Nacional conforme surge de los informes técnicos obrantes a fojas 1/5, 10/14, 20/24, 31/35, 42/46, 51/55, 62/66, 74/78, 83/87 y 94/97.
Que, la Coordinación del Area de Compensaciones, considera que resulta procedente aprobar las solicitudes correspondientes a los productores tamberos, que no han merecido observaciones o que, formuladas, fueron debidamente cumplimentadas.
Que, en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de las compensaciones solicitadas, conforme los montos verificados en los informes técnicos mencionados y que se encuentran detallados en el anexo que forma parte integrante de la presente medida.
Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 16 del Decreto Nº1067 de fecha 31 de agosto de 2005.

BOLETIN OFICIAL Nº 31.907

42

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por las Resoluciones Nros. 170 de fecha 5 de marzo de 2009 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA y ALIMENTOS y 2240 de fecha 6 de marzo de 2009 de la OFICINA
NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
RESUELVE:
Artículo 1º Apruébanse los aportes no reintegrables a los productores tamberos que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes, los que ascienden a la suma total de PESOS SESENTA Y CUATRO MIL $ 64.000.
Art. 2º Autorízase el pago de los aportes no reintegrables consignados individualmente a los productores tamberos mencionados en el anexo que forma parte de la presente medida, el que asciende a la suma total de PESOS SESENTA Y CUATRO MIL $ 64.000.
Art. 3º El gasto que demande la implementación de lo establecido en el Artículo 2º de la presente medida será atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al Crédito Vigente de la Entidad 611-ONCCA, Programa 16 Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan M. Campillo.

ANEXO S01-0045046/2010
PAGO COMPENSACIONES A TERNEROS OVEROS RES ONCCA 2240/09

EXPEDIENTE
1

RAZON SOCIAL DEL PRODUCTOR TAMBERO

CUIT

CBU

AUTORIZADOS

MONTO A PAGAR

LOCALIDAD

S01-0045046/10

BARTIZAGHI ORLANDO RAFAEL

20-06242331-6

2850383530000082509166

25

5.000,00

FELICIA

PROVINCIA
SANTA FE

20-07883035-3

0110294120029410560935

52

10.400,00

HUMBERTO PRIMO

SANTA FE

SAN FRANCISCO

CORDOBA

2

S01-0045046/10

KNUBEL RODOLFO ANDRES

3

S01-0045046/10

COLOMBERO FERNANDO

20-25752366-8

0110467130046761719765

55

11.000,00

4

S01-0045046/10

NAYAHUE S A AGRIC GAND

30-50830622-5

0070307720000000330695

58

11.600,00

ARENAZA

BUENOS AIRES

5

S01-0045046/10

MORRA CARLOS FELIPE

23-05052768-9

0140392101664400275919

6

1.200,00

SANTA ELEODORA

BUENOS AIRES

6

S01-0045046/10

GUIDETTI JUAN CARLOS

20-08323693-1

3300543825430005783061

29

5.800,00

SAN JERONIMO NORTE

SANTA FE

7

S01-0045046/10

PONS RICARDO RAFAEL Y PONS RENE FELIX

30-68889834-6

0200418501000000062133

55

11.000,00

ALTOS DE CHIPION

CORDOBA

8

S01-0045046/10

SACKS LEANDRO NICOLAS

20-26162460-6

3860023203000000407422

6

1.200,00

COLONIA CERRITO

ENTRE RIOS

S01-0045046/10

TAMBERITO S.R.L.

33-67121270-9

3860020103000000667385

34

6.800,00

VIALE

ENTRE RIOS

320

64.000,00

9

TOTAL

Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario
Que, en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de las compensaciones solicitadas conforme los montos verificados en los informes técnicos mencionados y que se encuentran detallados en el anexo que forma parte integrante de la presente medida.

INDUSTRIA LACTEA

Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ha tomado la intervención que le compete.

Resolución 1440/2010
Autorízase el pago de aportes no reintegrables.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido por el Artículo 16 del Decreto Nº1067 de fecha 31 de agosto de 2005.

Bs. As., 13/5/2010
VISTO el Expediente NºS01:0058980/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por las Resoluciones Nros. 170 de fecha 5 de marzo de 2009 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA y ALIMENTOS y 2240 de fecha 6 de marzo de 2009 de la OFICINA
NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 170 de fecha 5 de marzo de 2009 de la ex SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION, se aprobó un sistema de compensaciones destinado a productores tamberos que críen y/o recríen terneros machos.
Que por el Artículo 3º de la mencionada Resolución Nº170/09, se delegó en la OFICINA
NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO la implementación de la compensación, pudiendo dictar las medidas reglamentarias e interpretativas, y mecanismos de control necesarios a tal fin.

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
RESUELVE:

Que mediante Resolución Nº2240 de fecha 6 de marzo de 2009 de la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, se reglamentó el procedimiento adecuado y los sujetos beneficiarios para acceder al aporte establecido en dicha normativa.

Artículo 1º Apruébanse los aportes no reintegrables a los productores tamberos que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes, los que ascienden a la suma total de PESOS SESENTA Y NUEVE
MIL $69.000.

Que el referido aporte consistirá en un monto no reintegrable de PESOS DOSCIENTOS
$200 por única vez y por ternero macho, proveniente de un rodeo de tambo y, que asimismo, cumpla con los requisitos establecidos por la citada Resolución Nº2240/09.

Art. 2º Autorízase el pago de los aportes no reintegrables consignados individualmente a los productores tamberos mencionados en el anexo que forma parte de la presente medida, el que asciende a la suma total de PESOS SESENTA Y NUEVE MIL $69.000.

Que las solicitudes presentadas, fueron sujetas a análisis por el Area de Lácteos de la citada Oficina Nacional conforme surge del informe técnico obrante a fojas 132/133.

Art. 3º El gasto que demande la implementación de lo establecido por el Artículo 2º de la presente medida, será atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al Crédito Vigente de la Entidad 611-ONCCA, Programa 16 Fuente de Financiamiento 11 Tesoro Nacional.

Que por ello resulta procedente aprobar las solicitudes correspondientes a los productores tamberos, que no han merecido observaciones o que, formuladas, fueron debidamente cumplimentadas.

Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan M. Campillo.

ANEXO EXPTE. S01-0058980/2010

RES ONCCA 2240/09

PAGO DE APORTES NO REINTEGRABLES

EXPEDIENTE

RAZON SOCIAL DEL PRODUCTOR TAMBERO

CUIT

CBU

AUTORIZADOS

MONTO A PAGAR

LOCALIDAD

1

S01-0058980/10

SUCESION DE BESSONE IDELGIS JOSE

20-06285921-1

011054763005477116672-9

39

7.800,00

VILA

PROVINCIA
SANTA FE

2

S01-0058980/11

BERSANO JORGE ALBERTO

20-17054164-3

011032342003230004804-4

25

5.000,00

LA PARA

CÓRDOBA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 19/05/2010 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha19/05/2010

Nro. de páginas72

Nro. de ediciones9329

Primera edición02/01/1989

Ultima edición08/05/2024

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