Boletín Oficial de la República Argentina del 11/02/2010 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, jueves 11
de febrero de 2010

Boletin Oficial
Año CXVIII
Número 31.841

de la RepUblica Argentina Primera Sección
Precio $ 1,40
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE
LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Legislación y Avisos Oficiales
Sumario Pág.

DECRETOS

DECRETOS

FERIAS INTERNACIONALES

FERIAS INTERNACIONALES
211/2010
Exímese del pago del derecho de importación y demás gravámenes a la importación para consumo de los productos originarios y procedentes de los países participantes en la Feria Internacional de Villa Gesell, a realizarse en la Ciudad de Villa Gesell, Provincia de Buenos Aires..
CONVENIOS
204/2010
Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo BID destinado a financiar parcialmente el Programa de Promoción de Exportaciones
AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
2318/2009
Danse por aprobadas designaciones
GENDARMERIA NACIONAL
213/2010
Otórgase a un suboficial el subsidio extraordinario previsto por la Ley Nº21.507
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
208/2010
Danse por aprobadas designaciones en el Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos
POLICIA FEDERAL ARGENTINA
212/2010
Recházase una presentación efectuada para que se concedan los beneficios previstos en la Ley Nº24.294

Decreto 211/2010

1

2

2

3

3

4

4

209/2010
Recházase un recurso interpuesto contra el Decreto Nº 1645/07

4

210/2010
Recházase un recurso interpuesto contra el Decreto Nº857/08

5

207/2010
Recházase un recurso interpuesto contra la Resolución Nº89/04 del entonces Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios ETOSS

5

DECISIONES ADMINISTRATIVAS

740/2009
Dase por aprobada una contratación celebrada en el marco del Decreto Nº 1421/02 en la Comisión Nacional de Tierras para el Hábitat Social Padre Carlos Mugica

Bs. As., 4/2/2010
VISTO el Expediente Nº S01:0322167/2009 del Registro del ex MINISTERIO DE PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

SERVICIOS PUBLICOS
206/2010
Recházase un recurso interpuesto contra la Resolución Nº62/06 del entonces Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios ETOSS

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
739/2009
Dase por aprobada una contratación celebrada en el marco del Decreto N 1421/02 en la Subsecretaría de Relaciones Institucionales de la Secretaría de Relaciones Parlamentarias

Exímese del pago del derecho de importación y demás gravámenes a la importación para consumo de los productos originarios y procedentes de los países participantes en la Feria Internacional de Villa Gesell, a realizarse en la Ciudad de Villa Gesell, Provincia de Buenos Aires.

6

Que la Institución CARITAS ARGENTINA
- Parroquial Villa Gesell C.U.I.T. Nº 3054233755-5, solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los alimentos, bebidas, tabacos, cigarrillos, artesanías, folletos impresos y ropa típica, originarios y procedentes de los países participantes en la FERIA INTERNACIONAL DE VILLA GESELL, a realizarse en la Avenida 3 Nº 535, entre los Paseos 105 y 106, Pueblo Español, Ciudad de Villa Gesell, Provincia de BUENOS AIRES REPUBLICA
ARGENTINA, del 7 de enero al 7 de marzo de 2010.
Que la realización de esta muestra tendrá como finalidad recaudar fondos para ayudar a mejorar los servicios de hogares y comedores de barrios carenciados que pertenecen a la Ciudad de Villa Gesell.
Que la FERIA INTERNACIONAL DE VILLA
GESELL es la principal fuente de ingresos con que cuenta la Institución CARITAS ARGENTINA - Parroquial Villa Gesell para alcanzar dicha meta, tanto en hogares como en comedores en barrios carenciados de la Ciudad de Villa Gesell, por lo que se considera adecuado autorizar la importación de productos por un valor FOB de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO
MIL U$S 5.000, por país participante.

PRESIDENCIA DE
LA NACION
SecretarIa Legal y TEcnica
Dr. Carlos Alberto Zannini 6

Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial
Continúa en página 2

DR. Jorge Eduardo FeijoÓ
Director Nacional
Que dicha autorización se otorga atento el fin estrictamente benéfico que persigue la interesada, cuya acción habrá de redundar en beneficio de la comunidad.
Que resulta oportuno y conducente eximir a los productos de promoción objeto del presente decreto del cumplimiento de lo dispuesto por las Resoluciones Nros. 485 y 486
ambas de fecha 30 de agosto de 2005, 343
de fecha 23 de mayo de 2007, 47 de fecha 15 de agosto de 2007, 588 y 589 ambas de fecha 4 de noviembre de 2008, todas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y sus modificatorias, 61 de fecha 4 de marzo de 2009, 165 de fecha 15 de mayo de 2009 y 251 de fecha 13 de julio de 2009, todas del ex MINISTERIO DE PRODUCCION
y sus modificatorias.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente en virtud de lo dispuesto por el Artículo 7, inciso d de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº19.549.
Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el Artículo 5º, inciso s de la Ley Nº20.545 incorporado por la Ley Nº21.450 y mantenido por el artículo 4º de la Ley Nº22.792.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Exímese del pago del derecho de importación, del Impuesto al Valor Agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística y comprobación de destino, que gravan la importación para consumo de los alimentos, bebidas, tabacos, cigarrillos, artesanías, folletos impresos y ropa típica, originarios y procedentes de los países participantes en la FERIA INTERNACIONAL DE VILLA GESELL, a realizarse en la Avenida 3 Nº 535, entre los Paseos 105 y 106, Pueblo Español, Ciudad de Villa Gesell, Provincia de BUENOS AIRES REPUBLICA ARGENTINA, del 7 de enero al 7 de marzo de 2010, para su exhibición, promoción, obsequio y/o venta en la mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL U$S 5.000 por país participante, tomando como base de cálculo valores FOB.
Art. 2º Exímese del pago del Impuesto al Valor Agregado y de los impuestos internos a la venta de los productos mencionados en el
www.boletinoficial.gov.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº812.152
Domicilio legal Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/02/2010 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha11/02/2010

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones9354

Primera edición02/01/1989

Ultima edición02/06/2024

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