Boletín Oficial de la República Argentina del 16/04/2008 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 31.385

Primera Sección
Miércoles 16 de abril de 2008

44

Caso contrario esta instancia procederá a poner a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación la mercadería en trato en función de los artículos 4º, 5º y/o 7º de la ley 25.603. Y respecto a aquellos a quienes se les imputa infracción a los arts. 977, 985, 986, 987, 863, 864, 865, 874 y/o 947, de no obrar oposición fundada por parte de los mismos, se procederá conforme los artículos 4º, 5º y/o 7º de la Ley 25.603, poniendo la mercadería en disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación. Además quedan notificados que las demás mercaderías involucradas en autos, serán destruidas conforme a los términos del art. 44 y/o 46 Ley 25.986.
Firmado: Dr. MARCELO GABRIEL BULACIO, Administrador Aduana de Posadas.

GABINO SANCHEZ, Administrador, Aduana B. Irigoyen.
e. 16/04/2008 Nº 576.045 v. 16/04/2008

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE POSADAS MISIONES
Código Aduanero Ley 22.415 - artÍculo 1013 inc. h Posadas, 20/2/2008
Se notifica a los interesados de las actuaciones que abajo se detallan, para que dentro del plazo de diez 10 días hábiles perentorios comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la presunta infracción imputada, bajo apercibimiento de Rebeldía art. 1115 deberán constituir domicilio, dentro del radio de esta Aduana, art. 1001, bajo apercibimiento de lo normado en el art. 1004 y 1005 del citado cuerpo legal. Se les notifica que en caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona deberán observar la exigencia del art. 1034 del C.A.
Y que si dentro del mencionado plazo depositan el monto mínimo de la multa que correspondiere aplicar según el caso, y el expreso abandono de la mercadería en favor del Estado para las que previeren pena de comiso, se declarará extinguida la acción penal aduanera y no se registrará el antecedente. Esto último no rige para aquellos a quienes se les imputa infracción a los arts. 947 y 876
del C.A.
Asimismo, teniendo en cuenta la naturaleza de la mercadería se intima a aquellos a quienes se les imputa infracción a los arts. 977 y/o 978 a que en el perentorio plazo de diez 10 días, previo depósito en autos del monto de los tributos respectivos, procedan a solicitar una destinación aduanera de la mercadería. Caso contrario esta instancia procederá a poner a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación la mercadería en trato en función de los artículos 4º, 5º y 7º de la Ley 25.603. Y respecto a aquellos a quienes se les imputa infracción a los arts. 985,986,987 y/o 947, de no obrar oposición fundada por parte de los mismos, se procederá conforme los artículos 4º, 5º y 7º de la Ley 25.603, poniendo la mercadería en disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación.

687/07
687/07
536/04
72/07
195/01
195/01

IMPUTADO

DOC. IDENT.

MULTA

INFR.

249/03
249/03
249/03
308/03
487/03
548/03
548/03
572/03
572/03
572/03
084/04
346/04
350/04
484/05
581/04
699/04
743/04
1229/04
855/05
171/06
012/06
374/01
650/07
651/07
072/07
536/04
168/06
168/06
499/04
614/04
744/04
1209/04
145/06
417/06
161/06
428/06
428/06
253/07
628/07
637/07

GAONA LUIS JAVIER
CABRERA JUAN CARLOS
SANTA CRUZ RAMON SAUL
FERNANDEZ ANIBAL
MUCHEVICZ BENJAMIN R. ABEL BENJAMIN PEDRO LEON MIGUEL OSVALDO
RUIZ NICOLAS
SILVERO PABLO SEBASTIAN
CHOLFO MAURO JAVIER
GLUGE LUCIA INES
SUAREZ PEDRO CEFERINO
CASTILLO TELMA INES
MARTINEZ JOSE
FUNES JOSE MARIA
CHAVEZ RAMON ALVARO
NOLAZCO CUBILLA PEDRO
ARRASCAETA GUSTAVO A.
DA SILVA LUIS A.
CENTURION JUAN CARLOS
BAEZ CRHISTIAN V.
JAIME MANUEL ALEJANDRO
RED VELVET S.R.L.
RED VELVET S.R.L.
VILLALBA RAUL ANDRES
DERLIS OSMAR MARTINES F.
GONZALEZ GONZALEZ ANIBAL
VIVERO DAMIAN
PEDROZO ANTONIO C.
BARRETO EGIDIO RUBEN
ISIDRO ALDANA
GONZALEZ ROBERTO C.
SOSA RAMON ANDRES
LEIVA ELVIO RAMON
SANCHEZ MEDARDO C.
COLMAN MERCEDES
COLMAN ROLON ALICIO
RODRIGUEZ CEFERINO O.
KASALABA JORGE ANIBAL
GIMENEZ LUIS

C.I.PY 1.438.172
D.N.I. 18.573.657
D.N.I. 16.829.125
C.I.PY 3.845.034
D.N.I. 18.063.991
D.N.I. 17.092.154
D.N.I. 27.495.321
D.N.I. 37.221.380
D.N.I. 30.153.394
D.N.I. 32.180.312
D.N.I. 23.786.631
D.N.I. 16.697.631
D.N.I. 14.781.534
D.N.I. 10.000.699
D.N.I. 16.289.133
D.N.I. 10.782.397
D.N.I. 93.727.124
D.N.I. 11.455.750
D.N.I. 26.396.569
C.I.PY 1.811.931
C.I.PY 3.832.222
D.N.I. 20.998.150
C.U.I.T. Nº 30-70920498-6
C.U.I.T. Nº 30-70920498-6
C.U.I.T. Nº 20-12186096-2
C.I.PY 1.433.649
D.N.I. 92.320.835
SIN DOI
D.N.I. 23.133.902
D.N.I. 26.764.789
C.I.PY 2.973.350
D.N.I. 30.380.363
D.N.I. 32.664.157
D.N.I. 2.901.704
D.N.I. 7.846.237
D.N.I. 18.711.789
C.I.PY 3.628.781
D.N.I. 25.160.215
D.N.I. 26.626.968
D.N.I. 25.774.340

$ 31.453,19
$ 31.453,19
$ 31.453,19
$ 17.491,58
$ 21.126,51
$ 8.835,86
$ 8.835,86
$ 13.117,64
$ 13.117,64
$ 13.117,64
$ 6.074,00
$ 16.816,52
$ 16.392,88
$ 10.941,19
$ 19.088,66
$ 8.141,86
$ 30825.06
$ 257.502,21
$ 4694,74
$ 31.463,05
$ 2048.23
$ 30.468,80
$ 2000
$ 1000
$ 500
$2.334,63
$ 9.253.946,68
$ 9.253.946,68
$ 16.203,01
$ 1230,38
$ 10.822,55
$ 13.488,65
$ 35.160,08
$ 25.728,78
$ 2606,40
$ 3350,01
$ 3350.01
$ 1222,87
$ 1187,58
$ 1219,67

985/7
985/7
985/7
947
985
986
986
985
985
985
985
985
987
985/7
985
987
947
985/6
985
864
863/6
863/4/5
994
994
994
985
876
876
985
985
985
985
985
947
985
986/7
986/7
986/7
985/7
985

cdk mgb e. 16/04/2008 Nº 576.050 v. 16/04/2008

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DIVISION ADUANA DE BERNARDO DE IRIGOYEN
EDICTO DE NOTIFICACION ART. 1013 INC.H COD. ADUANERO
Bdo. de Irigoyen, 19/2/2008

Firmado: Abog. MARCELO G. BULACIO, Administrador I, Aduana de Posadas.
SC46-

SC46-

IMPUTADO

DOC. IDENT./CUIT

MULTA

INFR.

MARTINS Ademir José PEREIRA DE QUEIROZ Mario Jr MARTINEZ FLORENTIN Derlis O.
VILLALBA Raúl Andres VELAZQUEZ Gustavo Alberto VELAZQUEZ Aguileo Antonio
CIBr MG14.209.680
CIBr MG 10.726.747
CIPy 1.433.649
20-12186096-2
16.379.148
16.878.593

193.815,80
193.815,80
2.334,63
500
36.300,00
36.300,00

978
978
985
994
876
876

e. 16/04/2008 Nº 576.051 v. 16/04/2008

Por desconocerse el domicilio del ciudadano LAZZARETTI RUDI EUGENIO, titular de la Cédula de Identidad Brasileña Nº 1.783.695-1, a quien se le instruye Sumario Contencioso SC82-2007-105, caratulado: LAZZARETTI RUDI EUGENIO S/INF. ART. 947 Código Aduanero se le notifica por este medio para que dentro del plazo de diez 10 días comparezcan a presentar sus defensas y ofrecer pruebas en el sumario mencionado, bajo apercibimiento de rebeldía, asimismo deberán constituir domicilio legal dentro del radio urbano de esta Aduana Art. 1001 Código Aduanero bajo apercibimiento del Art. 1004 Código Aduanero. GABINO SANCHEZ, Administrador, Aduana B. Irigoyen.
e. 16/04/2008 Nº 576.049 v. 16/04/2008

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DIVISION ADUANA DE POSADAS

DIVISION ADUANA DE POSADAS

EDICTO DE NOTIFICACION Art. 1013 inc. h del Código aduanero
EDICTO DE NOTIFICACION ART. 1013 INC. H CODIGO ADUANERO
Sección Sumarios, 31/3/2008
Se notifica a los interesados de las actuaciones que abajo se detallan, para que dentro del perentorio plazo de diez 10 días hábiles, comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la presunta infracción/delito imputada, bajo apercibimiento de Rebeldía art. 1115 deberán constituir domicilio, dentro del radio de esta Aduana art. 1001, bajo apercibimiento de lo normado en el art. 1004 y 1005 del citado cuerpo legal. Se les notifica que en caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona deberán observar la exigencia del art. 1034 del C.A. y que si dentro del mencionado plazo depositan el monto mínimo de la multa que correspondiere aplicar según el caso, y el expreso abandono de la mercadería en favor del Estado para las que previeren pena de comiso, se declarará extinguida la acción penal aduanera y no se registrará el antecedente; beneficio que no procede en los casos de delitos Arts. 863, 864, 865, 866, 874 todos del C.A. y contrabando menor art. 947 del C.A..

Por desconocerse el domicilio de las personas que más abajo se detallan, se les notifica por este medio que este servicio aduanero dispondrá en los términos del Art. 440 del Código Aduanero, la destrucción por incineración de los cartones de cigarrillos que se encuentran afectados a las causas judiciales que en cada caso se indica y en las cuales se cuenta con la autorización de: Juzgado Federal de Primera Instancia de la Ciudad de Posadas.
INTERESADO

CAUSA Nº
SELLESKI RICHARD

Expte. Nº 2-3117/07 - Juzg. Federal Posadas.

KASALABA MIGUEL

Expte. Nº2-3117/07 - Juzg. Federal Posadas.

QUINTANA DANIEL

Expte. Nº 2-3117/07 - Juzg. Federal Posadas.

DOMINGUEZ SERGIO

Expte. Nº 2-3117/07 - Juzg. Federal Posadas.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 16/04/2008 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha16/04/2008

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones9339

Primera edición02/01/1989

Ultima edición18/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Abril 2008>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930