Boletín Oficial de la República Argentina del 24/10/2005 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 24 de octubre de 2005

BOLETIN OFICIAL Nº 30.765

Pág.

Pág.
SECRETARIA DE CULTURA
1281/2005
Autorízase a los funcionarios con competencia para resolver el otorgamiento de licencias anuales ordinarias a transferir a un determinado período licencias devengadas por los años 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003, aún no utilizadas por los agentes de sus respectivas áreas.

3

SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS PUBLICOS
1279/2005
Prorrógase la intervención de la citada Sociedad del Estado y desígnase Interventor.

2

ASOCIACIONES SINDICALES

RESOLUCIONES
ADHESIONES OFICIALES
797/2005-SAGPA
Auspíciase el Segundo Remate Solidario, organizado en el Mercado de Liniers S.A., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ASIGNACIONES FAMILIARES
994/2005-ANSES
Apruébase el cronograma de inclusión de un empleador en el Sistema Unico de Asignaciones Familiares.
995/2005-ANSES
Apruébase un cronograma de inclusión de empleadores en el Sistema Unico de Asignaciones Familiares.
996/2005-ANSES
Establécese que a partir del 1º de diciembre de 2005 todas las personas físicas y jurídicas de la actividad privada, comprendidas en el Régimen de la Ley Nº24.714, que se inscriban en el régimen de empleadores ante la AFIP quedan incluidos en forma directa en el Sistema Unico de Asignaciones Familiares.
CONGRESOS
796/2005-SAGPA
Auspíciase el I Congreso Panamericano de Zoonosis. V Congreso Argentino de Zoonosis y II Congreso Bonaerense de Zoonosis, a desarrollarse en la ciudad de La Plata, provincia de Buenos Aires. .
PROGRAMAS DE EMPLEO
783/2005-SE
Modifícase el Reglamento Operativo del Programa Trabajo Autogestionado, en cuanto al requisito establecido para la percepción de la Ayuda Económica Individual - Línea I.
SALARIOS
28/2005-CNTA
Fíjase el Salario Mínimo Garantizado para el personal que se desempeña a destajo en el ámbito de todo el país, con vigencia a partir del 1º de agosto de 2005.
29/2005-CNTA
Fíjanse las remuneraciones del personal comprendido en el Régimen Nacional del Trabajo Agrario, que se desempeña en explotaciones agrarias en tareas permanentes, con vigencia a partir del 1º de agosto de 2005.
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
287/2005-SICPME
Regímenes de Compre Argentino y Contrate Nacional. Norma aclaratoria sobre la participación de las Uniones Transitorias de Empresas en un proceso de selección de índole nacional.
Cumplimiento con el carácter de empresa local, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 7º de la Ley Nº18.875.

2

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
875/2005-MTESS
Otórgase al Sindicato de Trabajadores Viales y Afines de la República Argentina la ampliación de la Personería Gremial, para agrupar a los trabajadores que desarrollan tareas en la Dirección Nacional de Vialidad en la provincia de La Rioja.

22

877/2005-MTESS
Apruébase la modificación parcial del estatuto social de la Asociación Trabajadores de la Sanidad Argentina - La Plata.

22

10

SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS
PUBLICOS
7

8

Decreto 1279/2005
Prorrógase la intervención de la citada Sociedad del Estado y desígnase Interventor.
Bs. As., 20/10/2005

8

VISTO los Decretos Nros. 354 del 20 de febrero de 2002, 2375 del 22 de noviembre de 2002, 635
del 21 de agosto de 2003, 45 del 14 de enero de 2004 y 680 del 17 de junio de 2005, y CONSIDERANDO:

10

10

12

Que por los citados Decretos se dispuso la intervención en el SISTEMA NACIONAL DE
MEDIOS PUBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO y sus consecuentes prórrogas.
Que a la fecha subsisten, parcialmente, los motivos que dieran origen a la intervención en la mencionada SOCIEDAD DEL ESTADO.
Que, en consecuencia, resulta necesario prorrogar dicha intervención y disponer la designación del funcionario a cargo de la misma.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7 de la Constitución Nacional.

12

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

10

SERVICIO TELEFONICO
303/2005-SC
Asígnase a CTI Compañía de Teléfonos del Interior S.A. numeración geográfica para diversas localidades.

Artículo 1º Prorrógase, a partir de la fecha de su vencimiento, la intervención en el SISTEMA
NACIONAL DE MEDIOS PUBLICOS SOCIEDAD
DEL ESTADO, por un plazo de CIENTO VEINTE
120 días hábiles.

13

SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES
1859/2005-MI
Trámite de otorgamiento de subsidios o subvenciones. Personas físicas. Personas jurídicas de carácter privado. Personas jurídicas de carácter público.

Art. 2º Desígnase por el término fijado en el artículo 1º al Licenciado D. Luis Ricardo PALACIO
D.N.I. Nº 12.174.536, como Interventor en el SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS PUBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO.

9

Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.

DISPOSICIONES

CONSIDERANDO:
Que el artículo 9, inciso b del mencionado régimen determina, a los efectos del otorgamiento de la licencia anual ordinaria, que procede considerar el período comprendido entre el 1 de diciembre del año al que corresponda y el 30 de noviembre del año siguiente, debiendo usufructuarse esa licencia dentro de dicho lapso.
Que a su vez, el inciso c de dicho artículo 9, establece que el referido beneficio sólo puede ser transferido al período siguiente por la autoridad facultada para acordarlo, cuando concurran circunstancias fundadas en razones de servicio, no previendo que por esa causa se pueda aplazar la concesión de la licencia por más de un año.
Que, en el ámbito de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, se presenta la particular situación de que diversos agentes registran transferidas a este año sus licencias, anuales ordinarias correspondientes a los años 1999, 2000, 2001, 2002
y 2003.
Que las funciones asignadas a la citada Secretaría, tienen vinculación directa con el accionar del Primer Magistrado y del Secretario General y, por ende, no deben verse afectadas por la obligación de que los agentes aludidos hagan uso de dicha licencia antes del 30 de noviembre próximo.
Que, por tales razones, resulta inconveniente, para la atención normal de sus servicios, que se acuerde, antes del 30 de noviembre de 2005, el uso de las licencias devengadas por los años mencionados.
Que, ante esa situación y a fin de no dañar derechos incuestionables, corresponde facultar a la autoridad competente de ese organismo para disponer la transferencia de las licencias tratadas al margen de las normas generales en vigor.
Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 99, inciso 1 de la Constitución Nacional y del artículo 13 del Decreto N 977, del 6 de julio de 1995.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

SALUD PUBLICA
5802/2005-ANMAT
Adóptase la categorización de riesgo de Encefalopatía Espongiforme Bovina por país.

PRESIDENCIA DE LA NACION
15

REMATES OFICIALES
Nuevos

17

AVISOS OFICIALES
Nuevos
Anteriores

Decreto 1280/2005
Autorízase a los funcionarios de la Secretaría General con competencia para resolver el otorgamiento de licencias anuales ordinarias, a transferir a determinados períodos licencias devengadas por los años 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003 y aún no utilizadas por los agentes de sus respectivas áreas.
Bs. As., 20/10/2005

17
22

VISTO el Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias aprobado por Decreto N 3413
del 28 de diciembre de 1979 y sus modificatorios, y
Artículo 1 Autorízase a los funcionarios de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA
DE LA NACION, con competencia para resolver el otorgamiento de licencias anuales ordinarias, a transferir, como medida de excepción a lo dispuesto por el artículo 9, inciso c del Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias aprobado por Decreto N 3413 del 28 de diciembre de 1979
y sus modificatorios, entre el 1 de diciembre de 2005 y el 31 de julio de 2006, las licencias de aquel carácter devengadas por los años 1999 y 2000 y entre el 1 de diciembre de 2005 y el 30 de noviembre de 2006 las licencias devengadas por los años 2001, 2002 y 2003 y aún no utilizadas por los agentes de sus respectivas áreas.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Aníbal D. Fernández.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 24/10/2005 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha24/10/2005

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones9352

Primera edición02/01/1989

Ultima edición31/05/2024

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