Boletín Oficial de la República Argentina del 14/04/2005 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 14 de abril de 2005

Pág.

DISPOSICIONES
ESPECIALIDADES MEDICINALES
1857/2005-ANMAT
Prohíbese la comercialización y uso de determinados lotes del producto Respiret Klonal salbutamol 0,5g, solución para nebulizar.

BOLETIN OFICIAL Nº 30.632

SECRETARIA DE MEDIOS
DE COMUNICACION

MINISTERIO DE SALUD
Y AMBIENTE

Decreto 313/2005

Decreto 314/2005

Recategorízase a un funcionario en el cargo de Jefe de Departamento C.

Danse por prorrogadas las designaciones transitorias de Director Nacional de Regulación y Fiscalización y de Directora de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.

10

Bs. As., 8/4/2005

1858/2005-ANMAT
Prohíbese la comercialización y uso de determinados lotes del producto Fiebrolito paracetamol 10%, gotas, de Laboratorios Fabop S.A.

10

1927/2005-ANMAT
Establécese como Sustancia de Referencia a Furosemida para ensayos físico-químicos.

VISTO el Expediente Nº 256/2004 de la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, y
11

Bs. As., 8/4/2005

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
130/2005-SSPMEDR
Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación. Aclaración del Artículo 106 del Anexo I de la Resolución Nº112/2003 de la ex Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional. .

11

PRODUCTOS COSMETICOS
1842/2005-ANMAT
Prohíbese la comercialización y uso de un determinado lote del producto rotulado 7 x 7 Fresh Crema Dental por 140G, por tratarse de un producto falsificado.

11

1849/2005-ANMAT
Inhíbense preventivamente las actividades productivas del establecimiento Soap & Soap de Pablo J. Fernández, hasta tanto cumplimente lo normado por la Disposición Nº1107/99.

11

1856/2005-ANMAT
Prohíbese la comercialización y uso del producto rotulado como Vitix Gel que favorece la pigmentación, dado que posee indicaciones de tipo terapéutico no permitidas, conforme la Resolución Nº155/98 ex MSyAS.

12

PRODUCTOS PARA DIAGNOSTICO
1848/2005-ANMAT
Prohíbese la comercialización y uso de la línea de productos para diagnóstico de uso in vitro rotulada como Inmunokit, por no estar autorizada por la ANMAT.

12

SALUD PUBLICA
1847/2005-ANMAT
Prohíbese la comercialización y uso del producto rotulado Minancora por 30 gr., por no estar registrado en la ANMAT.

12

1929/2005-ANMAT
Apruébase la Guía para la Verificación de las Buenas Prácticas de Fabricación y Control para Industrias de Productos Domisanitarios.

13

SANIDAD VEGETAL
7/2005-DNPV
Extiéndese el plazo de inscripción en el Registro Nacional Fitosanitario de Exportadores de Fruta Fresca Cítrica con destino a los países integrantes de la Unión Europea.

12

SINTETIZADAS

16

AVISOS OFICIALES
Nuevos

17

Anteriores

21

CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02
se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en los términos del artículo 2º del Decreto Nº 23 del 23 de diciembre de 2001 en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que a la luz de las apreciaciones contenidas en el Expediente del Visto, se desprende que en el ámbito de TELAM SOCIEDAD
DEL ESTADO, resulta imprescindible recategorizar al señor D. Damián Néstor CAPELLI, personal de la Gerencia de Planificación y Medios, medida ésta que se encuentra motivada en la necesidad de favorecer el funcionamiento operativo de dicha área.
Que, en virtud de lo normado en los arts. 5
y 24 del Convenio Colectivo de Trabajo de Prensa Escrita y Oral Nº 301/75, resulta proveniente de los usos y costumbres de práctica en la Empresa que las recategorizaciones se produzcan cumplidos los plazos indicados en el citado artículo 24.
Que la formulación de las propuestas enunciadas en los considerandos que anteceden, no obstante lo establecido por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02, guardan amparo en las facultades acordadas al Directorio de TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO, en el artículo 12º del Estatuto Social de dicha Sociedad.
Que la normativa aplicable en materia de personal, en el ámbito de TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO, básica y principalmente, se encuentra enmarcada en el universo normativo impuesto por las Leyes números 12.908, 12.921 y 20.744 y sus modificatorias.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

ASOCIACIONES SINDICALES
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 232/2005-MTESS
Otórgase personería gremial a la Asociación de Docentes de la Universidad del Litoral.

2

Por ello,
21

Resolución 233/2005-MTESS
Apruébase la modificación parcial efectuada al texto del estatuto del Sindicato Unico de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal de Tucumán.

22

Resolución 234/2005-MTESS
Apruébase la modificación parcial efectuada al estatuto del Sindicato Argentino de Músicos.

22

Resolución 236/2005-MTESS
Apruébase la adecuación del texto del estatuto de la Asociación del Personal de la Universidad Nacional de Tucumán.

22

Resolución 237/2005-MTESS
Apruébase el texto del estatuto de la Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina.

23

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO

23

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Recategorízase, a partir de la fecha del presente decreto, en el ámbito de TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO, en jurisdicción de la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, al señor D. Damián Néstor CAPELLI D.N.I. Nº 21.763.931, en el cargo de Jefe de Departamento C.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará al ítem Remuneraciones del Programa de Servicio Informativo y de Publicidad de TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.

VISTO los Decretos Nros. 1559 del 22 de agosto de 2002, 70 del 14 de enero de 2004 y 899
del 15 de julio de 2004 y lo propuesto por el MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, y CONSIDERANDO:
Que por el Decreto citado en primer término y en función de las previsiones emergentes del Decreto Nº 1140 del 28 de junio de 2002, fueron designados con carácter transitorio en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION del citado Ministerio y como excepción a lo establecido en el Título III, Capítulo III y en el artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I al Decreto Nº 993/91 t.o. 1995 y sus modificatorios, entre otros, el Doctor Dn.
Florencio CASAVILLA en el cargo de Director Nacional de Regulación y Fiscalización, Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva de Nivel I y la Doctora Da. Gabriela Carmen MANTECON FUMADO en el cargo de Directora de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras, Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva de Nivel II, ambos cargos correspondientes a la planta permanente de la estructura orgánica de la citada Jurisdicción Ministerial, aprobada por la Decisión Administrativa Nº 24 del 25 de abril de 2002 y la Resolución de dicho Ministerio Nº 233 del 26 de abril de 2002.
Que el Decreto 1559/02 dispuso asimismo la excepción a la norma de congelamiento de cargos y que los mismos debían ser cubiertos conforme con los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE LA
PROFESION ADMINISTRATIVA aprobados por el citado Decreto Nº 993/91 T.O. 1995
y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles.
Que el plazo precedentemente señalado fue prorrogado ininterrumpidamente en igual término por los Decretos Nros. 70/04 y 899/04.
Que el procedimiento de selección correspondiente no se ha instrumentado y no resulta factible concretarlo en lo inmediato, motivo por el cual, teniendo en cuenta la naturaleza de los cargos involucrados y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tienen asignadas las Direcciones referidas, resulta necesario disponer la prórroga por igual período del plazo precedentemente señalado, con excepción del correspondiente a la designación transitoria de la doctora Da. Gabriela Carmen MANTECON FUMADO, a quien con fecha 31 de diciembre de 2004
se dio por aceptada su renuncia al cargo de Directora de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL
y el Decreto Nº 491/02, artículo 1º.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Dase por prorrogado por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, contados a partir del 19 de octubre de 2004 con vencimiento el 7 de julio de 2005, el plazo fijado en el artículo 2º del Decreto Nº 1559/02, prorrogado por sus similares Nros. 70/04 y 899/04, por el que se designó con carácter transitorio en el cargo de Director Nacional de Regulación y Fiscalización, Nivel A Grado 0, Función Ejecutiva de Nivel I, al Doctor Dn. Florencio CASAVILLA
DNI. Nº 11.012.656, con carácter de excepción a lo establecido en el Título III, Capítulo III y en el

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/04/2005 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha14/04/2005

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones9354

Primera edición02/01/1989

Ultima edición02/06/2024

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