Boletín Oficial de la República Argentina del 05/03/2004 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 5 de marzo de 2004
NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y la persona que se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente conforme las condiciones, plazos, monto mensual, y total que se consignan, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A Fernández. Alicia M. Kirchner.
NOTA: El Anexo I no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar
MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL
Decisión Administrativa 36/2004
Apruébase la renovación de un contrato de locación de servicios para el Fondo Participativo de Inversión Social FOPAR, dentro del Programa Participativo de Desarrollo Social.

Por ello, EL JEFE DE GABINETE
DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Apruébase la renovación de un contrato de locación de servicios con la persona que se consigna en la Planilla, que como Anexo I, forma parte integrante de la presente, a partir de la fecha allí indicada, de acuerdo a las condiciones e importes mensuales y totales, que en concepto de honorarios, se indican en la misma.
Art. 2º Establécese que la erogación de dicho contrato será financiada de acuerdo al CONTRATO DE PRESTAMO Nº 4398-AR, celebrado entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO BIRF, para el PROGRAMA PARTICIPATIVO DE DESARROLLO SOCIAL.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Alicia M. Kirchner.
NOTA: El Anexo I no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar
CONSIDERANDO:
Que por el expediente de referencia tramita la renovación de la contratación de un consultor para el FONDO PARTICIPATIVO DE
INVERSION SOCIAL FOPAR, dentro del PROGRAMA PARTICIPATIVO DE DESARROLLO SOCIAL, a fin de desarrollar los planes de acción previstos y a efectos de mantener la dotación del personal técnico y profesional con experiencia, que permitan la adecuada consecución de los objetivos del mencionado PROGRAMA.
Que, oportunamente, por el Decreto Nº 989/
2002 se dispuso exceptuar de lo normado en los Decretos Nros. 491/02 y 601/02, entre otros, a los Programas que se ejecutan en el marco de los Convenio de Préstamo BIRF
4398-AR FOPAR, que se ejecutan en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL.

MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha tomado intervención en el ámbito de su competencia.

Por ello, EL JEFE DE GABINETE
DE MINISTROS
DECIDE:

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 2º de la CONSTITUCION NACIONAL y de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 577 del 07 de agosto de 2003.
Por ello,
Artículo 1º Apruébase la contratación de locación de servicios con la persona que se consigna en la Planilla, que como Anexo I, forma parte integrante de la presente, a partir de la fecha allí indicada, de acuerdo a las condiciones e importes mensuales y totales, que en concepto de honorarios, se indican en la misma.
Art. 2º Establécese que la erogación de dicho contrato será financiada de acuerdo a los CONVENIOS DE PRESTAMO Nº 1021/OC-AR y Nº 996/SF-AR, celebrados entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO, para el PROGRAMA DE ATENCION A GRUPOS VULNERABLES.

NOTA: El Anexo I no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar
MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL

EL JEFE DE GABINETE
DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Apruébase la renovación de un contrato de locación de servicios con la persona que se consigna en la Planilla, que como Anexo I, forma parte integrante de la presente, a partir de la fecha allí indicada, de acuerdo a las condiciones e importes mensuales y totales, que en concepto de honorarios, se indican en la misma.
Art. 2º Establécese que la erogación de dicho contrato será financiada de acuerdo a los CONVENIOS DE PRESTAMO Nº 1021/OC-AR y Nº 996/SF-AR, celebrados entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO, para el PROGRAMA DE ATENCION A GRUPOS VULNERABLES.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Alicia M. Kirchner.
NOTA: El Anexo I no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar.

Decisión Administrativa 38/2004
VISTO el expediente Nº E-1041-2004 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, los Convenios de Préstamo Nº 1021/OC-AR
y Nº 996/SF-AR, celebrados entre la NACION
ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO para el PROGRAMA
DE ATENCION A GRUPOS VULNERABLES, aprobados por Decreto Nº 72 del 22 de enero de 1998, los Decretos Nº 989 del 10 de Junio de 2002 y Nº 577 del 07 de Agosto de 2003 y CONSIDERANDO:
Que por el expediente de referencia tramita la contratación de un consultor para el PROGRAMA DE ATENCION A GRUPOS VULNERABLES PAGV-IDH, a fin de desarrollar los planes de acción previstos y a efectos de contar con la dotación del personal técnico y profesional con experiencia, que permitan la adecuada consecución de los objetivos del mencionado PROGRAMA, habiéndose efectuado en tal sentido la selección pertinente.
Que, oportunamente, por el Decreto Nº 989/
2002 se dispuso exceptuar de lo normado en los Decretos Nros. 491/02 y 601/02, entre otros, a los Programas que se ejecutan en el marco de los Convenios de Préstamo BID
1021/OC-AR y 996 SF-AR PAGV -IDH, que se ejecutan en el ámbito del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL.

Que, por el artículo 9º, in fine, de la citada norma, se aclara que las previsiones del Decreto Nº 989/02 mantendrán su vigencia en todo lo que no se oponga al régimen establecido por el indicado Decreto Nº 577 del 07 de Agosto de 2003.

Que por el Decreto Nº 577 del 07 de Agosto de 2003, se establece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS
DOS MIL $ 2.000.-.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 2º de la CONSTITUCION NACIONAL y de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 577 del 07 de agosto de 2003.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 2º de la CONSTITUCION NACIONAL y de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 577 del 07 de agosto de 2003.

Bs. As., 1/3/2004

Que por el Decreto Nº 577 del 07 de Agosto de 2003, se establece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS
DOS MIL $ 2.000.-.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha tomado intervención en el ámbito de su competencia.

por el indicado Decreto Nº 577 del 07 de Agosto de 2003.

Decisión Administrativa 37/2004
Apruébase un contrato de locación de servicios para el Programa de Atención a Grupos Vulnerables PAGV-IDH.

3

SARROLLO SOCIAL ha tomado intervención en el ámbito de su competencia.

Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Alicia M. Kirchner.

Bs. As., 1/3/2004
VISTO el expediente Nº E-482-2004 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el Contrato de Préstamo Nº 4398-AR celebrado entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO BIRF para el PROGRAMA PARTICIPATIVO DE DESARROLLO SOCIAL, aprobado por Decreto Nº 843 del 04 de agosto de 1999, los Decretos Nº 989 del 10
de Junio de 2002 y Nº 577 del 07 de Agosto de 2003 y
BOLETIN OFICIAL Nº 30.354

Que en el artículo 9º, in fine, de la citada norma, se aclara que las previsiones del Decreto Nº 989/02 mantendrán su vigencia en todo lo que no se oponga al régimen establecido por el indicado Decreto Nº 577 del 07 de Agosto de 2003.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DE-

Apruébase la renovación de un contrato de locación de servicios para el Programa de Atención a Grupos Vulnerables PAGV-IDH.

MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL
Decisión Administrativa 39/2004

Bs. As., 1/3/2004
VISTO el expediente Nº E-593-2004 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, los Convenios de Préstamo Nº 1021/OC-AR
y Nº 996/SF-AR, celebrados entre la NACION
ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO para el PROGRAMA
DE ATENCION A GRUPOS VULNERABLES, aprobados por Decreto Nº 72 del 22 de enero de 1998, los Decretos Nº 989 del 10 de Junio de 2002 y Nº 577 del 07 de Agosto de 2003 y CONSIDERANDO:
Que por el expediente de referencia tramita la contratación de un consultor para el PROGRAMA DE ATENCION A GRUPOS VULNERABLES PAGV-IDH, a fin de desarrollar los planes de acción previstos y a efectos de mantener la dotación del personal técnico y profesional con experiencia, que permitan la adecuada consecución de los objetivos del mencionado PROGRAMA.
Que, oportunamente, por el Decreto Nº 989/
2002 se dispuso exceptuar de lo normado en los Decretos Nros. 491/02 y 601/02, entre otros, a los Programas que se ejecutan en el marco de los Convenios de Préstamo BID
1021/OC-AR y 996 SF-AR PAGV -IDH, que se ejecutan en el ámbito del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL.
Que por el Decreto Nº 577 del 07 de Agosto de 2003, se establece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS
DOS MIL $ 2.000.-.
Que en el artículo 9º, in fine, de la citada norma, se aclara que las previsiones del Decreto Nº 989/02 mantendrán su vigencia en todo lo que no se oponga al régimen establecido
Apruébase la renovación de un contrato de locación de servicios para el Programa de Atención a Grupos Vulnerables PAGV-IDH.
Bs. As., 1/3/2004
VISTO el expediente Nº E-595-2004 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, los Convenios de Préstamo Nº 1021/OC-AR
y Nº 996/SF-AR, celebrados entre la NACION
ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO para el PROGRAMA
DE ATENCION A GRUPOS VULNERABLES, aprobados por Decreto Nº 72 del 22 de enero de 1998, los Decretos Nº 989 del 10 de Junio de 2002 y Nº 577 del 07 de Agosto de 2003 y CONSIDERANDO:
Que por el expediente de referencia tramita la renovación de la contratación de un consultor para el PROGRAMA DE ATENCION A
GRUPOS VULNERABLES PAGV-IDH, a fin de desarrollar los planes de acción previstos y a efectos de mantener la dotación del personal técnico y profesional con experiencia, que permitan la adecuada consecución de los objetivos del mencionado PROGRAMA.
Que, oportunamente, por el Decreto Nº 989/
2002 se dispuso exceptuar de lo normado en los Decretos Nros. 491/02 y 601/02, entre otros, a los Programas que se ejecutan en el marco de los Convenios de Préstamo BID
1021/OC-AR y 996 SF-AR PAGV-IDH, que se ejecutan en el ámbito del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL.
Que por el Decreto Nº 577 del 07 de Agosto de 2003, se establece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS
DOS MIL $ 2.000.-.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/03/2004 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha05/03/2004

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones9347

Primera edición02/01/1989

Ultima edición26/05/2024

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