Boletín Oficial de la República Argentina del 03/09/2002 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.975 1 Sección Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Sustitúyese el artículo 5 del Decreto N 1534 del 20 de agosto de 2002, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 5. Previo a su suscripción, el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS elevará el convenio en cuestión a la COMISION BICAMERAL DE REFORMA DEL ESTADO Y SEGUIMIENTO DE LAS PRIVATIZACIONES creada por el artículo 14 de la Ley N 23.696..
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Alfredo N. Atanasof. Jorge R. Matzkin.

REGISTRO DE LA RENOVACION
EXCEPCIONAL DE CARGOS
ELECTIVOS
Decreto 1623/2002
Dispónese su creación y funcionamiento en el ámbito de la Escribanía General del Gobierno de la Nación.
Bs. As., 2/9/2002
VISTO los Decretos Nros. 1397 del 5 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley 25.611, 1398
del 5 de agosto de 2002 y 1578 del 27 de agosto de 2002, y CONSIDERANDO:
Que es decisión del Poder Ejecutivo, ante la especial situación del país, llevar adelante un proceso electoral transparente para la elección de nuevas autoridades.

Art. 2 De conformidad con lo establecido en el artículo precedente, todas aquellas personas, que ejerzan un cargo electivo y tuvieran la voluntad de renunciar al mismo, o a eventuales candidaturas, para las próximas elecciones, podrán hacerlo, por medio de manifestación escrita, la que quedará asentada en el mencionado Registro.

2001, N 491 del 12 de marzo de 2002, N
601 del 11 de abril de 2002 y N 1196 del 5
de julio de 2002 y lo solicitado por la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado del MINISTERIO
DE SALUD y;
CONSIDERANDO:

Art. 3 El Registro de la Renovación Excepcional de Cargos Electivos, funcionará en el ámbito de la Escribanía General del Gobierno de la Nación. El mencionado registro conservará los originales de las manifestaciones escritas de renuncias al mandato vigente o a una próxima candidatura.
Art. 4 Las renuncias presentadas, quedarán asentadas en los Protocolos del Registro Notarial.
Art. 5 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Jorge R. Matzkin.

INSTITUTO NACIONAL
SANMARTINIANO
Decreto 1628/2002
Dase por designado Presidente.
Bs. As., 2/9/2002
VISTO la Ley N 15.538 y los Decretos Nos. 25 y 821 del 1 de enero y 14 de mayo de 2002
respectivamente, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley N 15.538 se dispuso la creación del INSTITUTO NACIONAL SANMARTINIANO.

Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2002.
Que por el Decreto N 491/02 se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en los términos del artículo 2 del Decreto N 23 del 23 de diciembre de 2001 en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el Decreto N 601/02, modificado por el Decreto N 1196/02 se dispuso que las disposiciones del Decreto N 491/02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto N 1184/01 y los contratos de locación de obra intelectual prestados a títulos personal encuadrados en los Decretos Nros. 1023/01 y 436/00, como así también los convenios para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral, nacional e internacional, excluidos los que tramiten por acuerdo entre cada jurisdicción o entidad y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD.

Que el Presidente de la Nación Argentina, ha expresado su decisión de presentar la renuncia ante la Asamblea Legislativa que lo ungió como tal, el día 25 de Mayo de 2003, fecha en que la Asamblea deberá tomar juramento al próximo presidente electo.

Que, habiéndose producido el cese del titular del citado Instituto por aplicación de lo dispuesto en los Decretos Nos. 25/02 y 821/02, el CONSEJO SUPERIOR del INSTITUTO
NACIONAL SANMARTINIANO ha elevado una nómina de candidatos a ocupar el cargo de Presidente, para la consideración del PODER EJECUTIVO NACIONAL, conforme lo prevé la normativa.

Que sectores de la sociedad han venido expresando cuestionamientos a la continuidad de los mandatos de todos aquéllos que ejercen cargos electivos, solicitando la renuncia masiva de los mismos.

Que la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION propone para ocupar el cargo de Presidente a quien se venía desempeñando como tal, el General de Brigada RE Diego Alejandro SORIA.

Que es de destacar que, en ocasión de la renovación constitucional para el año 2003, del total de cargos ejecutivos electivos, el NOVENTA Y SEIS CON CINCO POR CIENTO 96,5% serán renovados y del total de cargos legislativos electivos el SETENTA Y
OCHO CON CUATRO POR CIENTO 78,4%
serán renovados.

Que ha tomado intervención el AREA DE
ASUNTOS LEGALES de la SECRETARIA DE
CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 8 de la Ley N 15.538.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la Constitución Nacional y del Decreto N 491/02.

Que en el marco de lo expuesto precedentemente, del total de cargos electivos, serán renovados el OCHENTA Y UNO CON TRES
POR CIENTO 81,3%.

Por ello,
Por ello,
Que en tal sentido y como forma de viabilizar el mencionado reclamo por la diferencia que no será renovada por mandato constitucional, el Poder Ejecutivo crea un Registro de la Renovación Excepcional de Cargos Electivos.
Que el Registro funcionará en el ámbito de la Escribanía General del Gobierno de la Nación, siendo esta la que ejerce la titularidad del Registro Notarial del Estado Nacional.
Que en tal sentido la manifestación expresa de renuncia al mandato quedará asentada en los Protocolos del Registro Notarial del Estado Nacional.
Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 99, inciso 1, de la Constitución Nacional.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Créase el Registro de la Renovación Excepcional de Cargos Electivos.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Dase por designado Presidente del INSTITUTO NACIONAL SANMARTINIANO, dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA
de la PRESIDENCIA DE LA NACION, al General de Brigada RE Diego Alejandro SORIA L.E. N
4.859.966, a partir del 1 de enero de 2002 y por el término de TRES 3 años establecido en el artículo 8 de la Ley N 15.538.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Jorge R. Matzkin.

SUPERINTENDENCIA
DE SERVICIOS DE SALUD
Decreto 1630/2002
Apruébase la contratación de profesionales que desarrollarán funciones de Síndicos Bs. As., 2/9/2002
VISTO La Ley 25.565, los Decretos N 1615/96, N 1576/98, N 1184 del 20 de septiembre de
Que a fin de asegurar el normal funcionamiento del Area Sindicatura de la SUPERINTENDENCIA DE SERVIVIOS DE SALUD, organismo descentralizado del MINISTERIO DE
SALUD resulta necesario designar profesionales para desempeñarse en esa área del Organismo, bajo el régimen del Decreto 1184/01.
Que las personas a designar poseen la idoneidad requerida para al desempeño de la tarea que se les encomienda.
Que la Subsecretaría de la Gestión Pública de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE SALUD han tomado la intervención de su competencia.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Apruébase la contratación de los profesionales identificados en el Anexo I, quienes desarrollarán sus funciones de Síndicos en la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado del MINISTERIO
DE SALUD, conforme las condiciones, plazos y montos mensuales y totales consignados en el mencionado Anexo.

Martes 3 de setiembre de 2002

2

PRESIDENCIA DE LA NACION
Decreto 1631/2002
Desígnase Abogado Asesor en Asuntos Legales del Area de Asuntos Legales dependiente de la Dirección General de Gestión Administrativa y Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Cultura.
Bs. As., 2/9/2002
VISTO el Expediente Nº 6314/01 del registro de la entonces SECRETARIA DE CULTURA Y
MEDIOS DE COMUNICACION, actual SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y CONSIDERANDO:
Que por aplicación del artículo 19 de la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2002 Nº 25.565, la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION no pude cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la citada ley y los producidos con posterioridad.
Que asimismo el artículo 1º del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 establece que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos personal transitorio y contratado, será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente. Que en el ámbito de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION se encuentra vacante un cargo Nivel C Abogado Asesor en Asuntos Legales del AREA DE
ASUNTOS LEGALES dependiente de la DIRECCION GENERAL DE GESTION ADMINISTRATIVA Y ASUNTOS JURIDICOS.
Que en fecha 4 de julio de 1996, mediante Resolución S.C. Nº 198 se asignaron funciones en el entonces SERVICIO JURIDICO de la ex SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION a la Dra. Silvina Paula GREGOROVICH, titular de un cargo del Agrupamiento General NIVEL D-GRADO 0, en la ex DIRECCION NACIONAL DE MUSICA Y DANZA, desempeñándose desde ese entonces como apoderada del Estado Nacional en los juicios en que la Secretaría es parte.
Que por Resolución S.C. Nº 350 de fecha 29
de enero de 1997 se aprobaron las aperturas inferiores de la estructura organizativa de la entonces SECRETARIA DE CULTURA DE LA
PRESIDENCIA de la NACION, Resolución que se encuentra vigente en virtud de lo dispuesto por el artículo 6º del Decreto Nº 402
de fecha 12 de mayo de 2000, que aprobó la estructura organizativa de la ex SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que por Resolución de la entonces SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION Nº 1759 del 28 de abril de 1999, se convocó a la cobertura de los cargos simples vacantes dependientes de la entonces DIRECCION DE LEGISLACION CULTURAL
Y ASUNTOS LEGALES, entre los cuales se encuentra el cargo nivel C, Abogado Asesor en Asuntos Legales del AREA DE ASUNTOS
LEGALES, actualmente dependiente de la DIRECCION GENERAL DE GESTION ADMINISTRATIVA Y ASUNTOS JURIDICOS.

Art. 2 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a la partida específica: 1-1-2.80.00-914-50.00-01-1-12127, SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE
SALUD, organismo descentralizado del MINISTERIO DE SALUD.

Que como resultado de dicho proceso de selección se dictó la Resolución S.C. Nº 4332
de fecha 7 de diciembre de 1999 por la que se aprobó el Orden de Mérito Definitivo, alcanzando la Dra. Silvina Paula GREGOROVICH el máximo puntaje para acceder a la titularidad del cargo aludido en el considerando anterior.

Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Ginés M. González García.

Que no obstante lo señalado la designación nunca se hizo efectiva.

NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I.
La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Capital Federal.

Que con el fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos fijados en materia cultural para la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, resulta necesario proceder a la inmediata efectivización de la designación.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 03/09/2002 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha03/09/2002

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones9369

Primera edición02/01/1989

Ultima edición17/06/2024

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