Boletín Oficial de la República Argentina del 07/07/2000 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
AÑO CVIII

BUENOS AIRES, VIERNES 7 DE JULIO DE 2000

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 29.435
MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS
DR. RICARDO R. GIL LAVEDRA
MINISTRO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL
Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa y 3 Sección

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 34.903

DECRETOS

1

LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

Que en los pliegos de la licitación se estableció como pauta base que el costo de la obra, en el que se incluye su financiación a QUINCE 15 años, va a ser pagado por medio de un canon a establecerse en el contrato de leasing, que asciende a la cantidad de hasta PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES
$ 36.000.000 anuales, lo que hace un total de PESOS QUINIENTOS CUARENTA MILLONES $ 540.000.000.
Que la citada licitación no ha sido adjudicada, encontrándose recién en la etapa de estudio de las ofertas contenidas en el sobre A.
Que el artículo 30 de la Ley Nº 25.237 que aprueba el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio de 2000, agregó al artículo 15 de la Ley Nº 24.156 el siguiente párrafo: Las autorizaciones para comprometer ejercicios futuros a que se refiere el presente artículo caducarán al cierre del ejercicio fiscal en el cual se hayan aprobado, en la medida que antes de esa fecha no se encuentre formalizada, mediante la documentación que corresponda, la contratación de las obras y/o la adquisición de los bienes y servicios autorizados.
Que de lo analizado se desprende que la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 05/99 cuenta con un doble impedimento que obsta a su continuación, tal el referido a la falta de previsión presupuestaria en su origen y en la imposibilidad de contar con tal requisito en la actualidad.
Que se ha expedido el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que la presente medida se dicta en uso de la facultad conferida por el artículo 99, inciso 1.
de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
CIUDAD JUDICIAL

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Decreto 525/2000
Déjase sin efecto la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 5/99 del ex Ministerio de Justicia, relacionada con la elaboración del proyecto y construcción de la denominada Ciudad Judicial.
Bs. As., 4/7/2000
VISTO, el expediente Nº 125.174 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA y DERECHOS
HUMANOS, y
Artículo 1º Déjase sin efecto la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 05/99 del exMINISTERIO DE JUSTICIA, convocada mediante el Decreto Nº 1141 del 14 de octubre de 1999, para la elaboración del proyecto y construcción de la denominada CIUDAD JUDICIAL.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL del REGISTRO OFICIAL, y archívese. DE LA RUA. Rodolfo H.
Terragno. Ricardo R. Gil Lavedra
CONSIDERANDO:

SEGURIDAD INTERNACIONAL

Que conforme al Decreto Nº 1141 de fecha 14 de octubre de 1999, el ex MINISTERIO
DE JUSTICIA tramitó la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 05/99, con el objeto de contratar la elaboración del proyecto y construcción de la denominada Ciudad Judicial por el sistema llave en mano, financiado íntegramente por el contratista, a su solo riesgo, en la fracción designada como Circunscripción II, Sección 24, Manzana 97B, Parcela A, delimitada por las Avenidas Juan de Garay y Brasil y las calles Pichincha y Combate de los Pozos en la Capital Federal.

Decreto 527/2000
Suspéndese la aplicación de las sanciones dispuestas por las Resoluciones 748 1992 y 883
1993 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, mediante las cuales se establecieron sanciones al Gobierno de Libia.
Bs. As., 4/7/2000
VISTO que la REPUBLICA ARGENTINA es miembro originario de la ORGANIZACION DE LAS
NACIONES UNIDAS, y los Decretos Nº 651

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

del 21 de abril de 1992 y Nº 1076 del 4 de julio de 1994, y CONSIDERANDO:
Que uno de los propósitos de la ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS es el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, debiendo en ese sentido adoptar las medidas colectivas eficaces que fueran necesarias para prevenir y eliminar amenazas a la paz.
Que el Consejo de Seguridad es el órgano competente para decidir las medidas que sean adecuadas a tal fin, de acuerdo con el Capítulo Vll de la Carta de las Naciones Unidas.

Que en el ejercicio de tales facultades, el Consejo de Seguridad adoptó las Resoluciones 748 1992, el 31 de marzo de 1992, y 883
1993, el 11 de noviembre de 1993, mediante las cuales se establecieron sanciones al Gobierno de Libia, hasta tanto éste no acatare las disposiciones contenidas en las citadas Resoluciones.
Que en virtud de estas Resoluciones, el Poder Ejecutivo dictó los Decretos 651/92 y 1076/94 a través de los cuales dispuso la aplicación de las mencionadas sanciones en el territorio de la República Argentina.
Que el Consejo de Seguridad adoptó la Resolución 1192 1998, el 27 de agosto de 1998, por la cual, en su párrafo 8, reafirmó las me-

SUMARIO
Pag.

CIUDAD JUDICIAL
Decreto 525/2000
Déjase sin efecto la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 5/99 del ex Ministerio de Justicia, relacionada con la elaboración del proyecto y construcción de la denominada Ciudad Judicial.
DEUDAS PREVISIONALES
Decreto 526/2000
Declárase inaplicable el procedimiento establecido en la Ley Nº 19.983 a una contienda planteada por el cobro de una deuda sobre aportes previsionales, entre la Administración Federal de Ingresos Públicos D.G.I. y la Obra Social para la Actividad Docente OSPLAD.
EXENCION DE GRAVAMENES
Decreto 463/2000
Exímese del pago del derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y provenientes de los países participantes en el evento Logisti-K Argentina 2000, organizado en la Ciudad de Buenos Aires.

1

2

2

GAS NATURAL
Resolución 178/2000 - SE
Otórgase excepción a los límites permitidos de venteo de gas en el Yacimiento El Sosneado, ubicado en la Provincia de Mendoza.

3

Decreto 529/2000
Cese y nombramiento de Juez de Instrucción Militar, del Comando del IIIer. Cuerpo de Ejército, Ejército del Norte.
MINISTERIO DE DEFENSA
Decisión Administrativa 83/2000
Exceptúase al Director General de Logística de la intimación a iniciar los trámites jubilatorios dispuesta en la Ley Nº 23.237.

luza común. Ambito geográfico de aplicación.
Captura máxima al sur del Paralelo 41º Sur.
Requisitos para las flotas tangonera o langostinera, fresquera y congeladora arrastrera. Participación de inspectores y observadores científicos. Partes de capturas de merluza y de pesca para la captura con redes de arrastre. Sanciones.

5

PRESIDENCIA DE LA NACION
Decreto 530/2000
Aclaración sobre la designación con carácter ad-honorem del Director General de Ceremonial, efectuada mediante el Decreto Nº 172/2000.

2

SEGURIDAD INTERNACIONAL
Decreto 527/2000
Suspéndese la aplicación de las sanciones dispuestas por las Resoluciones 748 1992
y 883 1993 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, mediante las cuales se establecieron sanciones al Gobierno de Libia.

1

TRANSPORTE DE MERCANCIAS
PELIGROSAS POR CARRETERA
Resolución 65/2000 - ST
Establécese que los conductores que no hayan completado el curso de Capacitación Básico Obligatorio deberán acreditar, mediante certificado expedido por uno de los prestadores habilitados, la inscripción para la realización de dicho curso, a efectos de obtener o renovar su Licencia Nacional Habilitante.

8

VITIVINICULTURA
Resolución C-24/2000 - INV
Listado de variedades de vid cultivadas en el país, con su correspondiente denominación, sinónimos y codificación.

4

DECRETOS SINTETIZADOS

3

DECISIONES ADMINISTRATIVAS
SINTETIZADAS

3

3

FONDO NACIONAL DE LAS ARTES
Decreto 533/2000
Dase por designado Vocal del Directorio.

JUSTICIA MILITAR
Decreto 528/2000
Dase por nombrados Vocales Titulares del Consejo de Guerra Permanente para Suboficiales, Clases y Tropa de la Armada.

Pag.

2

2

3
AVISOS OFICIALES

PESCA
Resolución 327/2000 - SAGPA
Reglamentación del Decreto Nº 189/99, en relación con la emergencia del recurso mer-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 07/07/2000 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha07/07/2000

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones9341

Primera edición02/01/1989

Ultima edición20/05/2024

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