Boletín Oficial de la República Argentina del 02/09/1998 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 28.971 1 Sección Decisión Administrativa 441/98
Bs. As., 26/8/98
Modifícase el presupuesto de la Administración Nacional, respecto de la Jurisdicción 50 - Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, Programa 16 - Promoción del Comercio y Producción de Semillas para el ejercicio 1998, del Organismo Descentralizado Instituto Nacional de Semillas. Modifícase el Financiamiento por Recursos Propios para el ejercicio mencionado.

Vida Consagrada de Derecho Diocesano y como tal han acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA
CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme las normas del Código de Derecho Canónico.
Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus constituciones, decreto de erección y memoria, debidamente aprobados por la autoridad eclesiástica.
Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 24.483.

Secretaría de Culto
CULTO
Resolución 12/98
Reconócese al Instituto Religioso Hermanas Terceras Mercedarias del Niño Jesús, como persona jurídica y entidad de bien público.
Bs. As., 25/8/98
VISTO lo solicitado por las HERMANAS TERCERAS MERCEDARIAS DEL NIÑO JESUS, y CONSIDERANDO:

MINISTERIO DE SALUD
Y ACCION SOCIAL
Decisión Administrativa 433/98
Bs. As., 26/8/98
Desestímanse los recursos jerárquicos interpuestos en subsidios por las agentes del Ministerio de Salud y Acción Social Margarita Torcibia y María Estela Sarmiento contra la Resolución del citado Ministerio Nº 584, de fecha 12 de diciembre de 1996, mediante la cual se las incorporó al Fondo de Reconversión Laboral del Sector Público Nacional.
Decisión Administrativa 434/98
Bs. As., 26/8/98
Desestímase el recurso de reconsideración con sustento en el artículo 100 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1.759/72 - T.O. 1991 - interpuesto por la agente del Ministerio de Salud y Acción Social María Teresa Brea contra la Decisión Administrativa Nº 384/97, mediante la cual se desestimó el recurso jerárquico interpuesto en subsidio por la recurrente contra el acto administrativo por el que se dispuso su reencasillamiento en el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa.

Por ello, EL SECRETARIO DE CULTO
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1º Reconocer como persona jurídica al INSTITUTO DE HERMANAS MISIONERAS DE SAN FRANCISCO JAVIER, con sede legal en calle Reveranda Madre Isabel Fernández, número MIL DOSCIENTOS CATORCE 1214, Localidad de Sáenz Peña, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y domicilio especial en calle Benito Juárez, número DOS MIL CIENTO CINCUENTA
Y NUEVE 2159, CIUDAD DE BUENOS AIRES, la que queda inscripta bajo el número CIENTO
OCHENTA Y SEIS 186, del Registro de Institutos de Vida Consagrada.
Art. 2º Reconocer a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan J. R. Laprovitta.

Secretaría de Culto Decisión Administrativa 435/98
Bs. As., 26/8/98
Desestímase el recurso de reconsideración con sustento en el artículo 100 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1.759/72 - T.O. 1991 - interpuesto por la agente del Ministerio de Salud y Acción Social Elsi Rosario Gramajo, contra la Decisión Administrativa Nº 3/98, mediante la cual se desestimó el recurso jerárquico interpuesto en subsidio por la recurrente contra el acto administrativo por el que se dispusiera su reencasillamiento en el Nivel D - Grado 2, del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa.
Decisión Administrativa 439/98
Bs. As., 26/8/98
Desestímase el recurso jerárquico interpuesto en subsidio por el agente del Ministerio de Salud y Acción Social Alberto Arturo Aguirre contra la Resolución del citado Ministerio Nº 584, de fecha 12 de diciembre de 1996, mediante la cual se lo incorporó al Fondo de Reconversión Laboral del Sector Público Nacional.

CULTO
Resolución 11/98
Reconócese a las Hermanas de la Providencia, como persona jurídica y entidad de bien público.

VISTO lo solicitado por las HERMANAS DE LA
PROVIDENCIA, y
Que las HERMANAS DE LA PROVIDENCIA, son un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal han acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme las normas del Código de Derecho Canónico.
Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus constituciones, decreto de erección, memoria, y constancia de admisión en la REPUBLICA ARGENTINA, debidamente aprobados por la autoridad eclesiástica.

Por ello,
Secretaría de Culto
Resolución 10/98
Reconócese al Instituto de Hermanas Misioneras de San Francisco Javier, como persona jurídica y entidad de bien público.
Bs. As., 25/8/98
VISTO lo solicitado por el INSTITUTO DE HERMANAS MISIONERAS DE SAN FRANCISCO
JAVIER, y
Artículo 1º Reconocer como persona jurídica a las HERMANAS DE LA PROVIDENCIA, con sede legal en calle El Chubut, número DOS
MIL DOSCIENTOS DIECISIETE 2217, Ciudad de Comodoro Rivadavia PROVINCIA DE
CHUBUT; y domicilio especial en Avenida del Libertador, número SEIS MIL CIENTO QUINCE
6115, CIUDAD DE BUENOS AIRES; la que queda inscripta bajo el número CIENTO SETENTA Y CINCO 175, del Registro de Institutos de Vida Consagrada.
Art. 2º Reconocer a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.

CONSIDERANDO:
Que las HERMANAS MISIONERAS DE SAN
FRANCISCO JAVIER, son un Instituto de
Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 24.483.

Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan J. R. Laprovitta.

2

Por ello, EL SUPERINTENDENTE
DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1º Mantener la inscripción en el Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para la Atención Médica de Jubilados y Pensionados a la OBRA SOCIAL DE
LOS CORTADORES DE LA INDUMENTARIA bajo el Nº 1-0024, aclarando que, a partir de la fecha de la presente, regirá para la atención de los Jubilados y Pensionados de cualquier actividad.
Art. 2º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. José L. Lingeri.

Superintendencia de Servicios de Salud e Instituto Nacional de Obras Sociales
OBRAS SOCIALES
Resolución Conjunta 115/98 y 43/98
Reintégrase el pleno funcionamiento a la Obra Social de Vendedores Viajantes de la República Argentina Bs. As., 21/8/98

Por ello, EL SECRETARIO DE CULTO
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1º Reconocer como persona jurídica al INSTITUTO RELIGIOSO HERMANAS
TERCERAS MERCEDARIAS DEL NIÑO JESUS, con sede legal en calle Castelar, número SEISCIENTOS SESENTA 660, Ciudad de Córdoba, PROVINCIA DE CORDOBA, y domicilio especial en calle Espinosa, número MIL DOSCIENTOS
VEINTE 1220, CIUDAD DE BUENOS AIRES, la que queda inscripta bajo el número CIENTO
OCHENTA Y CINCO 185, del Registro de Institutos de Vida Consagrada.
Art. 2º Reconocer a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan J. R. Laprovitta.

CONSIDERANDO:

EL SECRETARIO DE CULTO
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:

CULTO

Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus constituciones, decreto de erección y memoria, debidamente aprobados por la autoridad eclesiástica.

Bs. As., 25/8/98

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 24.483.

RESOLUCIONES

Que las HERMANAS
TERCERAS
MERCEDARIAS DEL NIÑO JESUS, son un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal han acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme las normas del Código de Derecho Canónico.

Miércoles 2 de setiembre de 1998

Superintendencia de Servicios de Salud
OBRAS SOCIALES
Resolución 114/98
Mantiénese la inscripción de la Obra Social de los Cortadores de la Indumentaria en el Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para la Atención Médica de Jubilados y Pensionados.
Bs. As., 19/8/98
VISTO, la Actuación Nº 35022/95 ANSSAL
y la Resolución Nº 4484/95-INT-ANSSAL;
y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución del VISTO se dispuso la inscripción de la OBRA SOCIAL DE
LOS CORTADORES DE LA INDUMENTARIA, RNOS Nº 1-0050, en el Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para la Atención Médica de Jubilados y Pensionados bajo el Nº 1-0024, para la atención de los beneficiarios de origen.
Que la mencionada Obra Social plantea su voluntad de ampliar la atención médica a los jubilados y pensionados provenientes de cualquier Agente del Sistema Nacional del Seguro de Salud.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidos por los Decretos Nros.
1615/96 y 177/97.

VISTO, las Leyes 233660 y 23661, los Decretos Nº 576/93 y 504/98, las Resoluciones Nº 488/90-ANSSAL y Nº 0145/97-ANSSAL, los Expedientes Nº 26430/83-INOS-Cpos. 1/4
y Nº 2640/83-INOS-Cde.2, y las Actuaciones Nº 5043/78-INOS, Nº 30286/93ANSSAL, Nº 35409/96-ANSSAL y Nº 35410/96-ANSSAL; y CONSIDERANDO:
Que de la fusión sindical entre la ASOCIACION DE VIAJANTES DE COMERCIO y la ASOCIACION DE VIAJANTES DE INDUSTRIA Y COMERCIO emergió la ASOCIACION
DE VIAJANTES VENDEDORES DE LA ARGENTINA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
SERVICIOS, peticionando esta última en conjunto con su entidad de segundo grado la FEDERACION UNICA DE VIAJANTES DE
LA ARGENTINA, las que son signatarios de las Convenciones Colectivas de Trabajo Nros. 14,64 y 308 de 1975, que se restablezca el pleno funcionamiento de la Obra Social de la actividad. Esta también solicita igual rehabilitación, haciéndose constar que dicha Obra Social de VIAJANTES VENDEDORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA
RNOS: 1-2210, cuyo Estatuto se encuentra aprobado e inscripto en el Registro Nacional de Obras Sociales, es a su vez resultante de la fusión entre la ex OBRA SOCIAL
DE VIAJANTES RNOS: 1-210 y la ex OBRA
SOCIAL DE VIAJANTES DE COMERCIO
RNOS: 1-2220, habiendo sido esta última absorbida por la mencionada inmediatamente antes.
Que la Obra Social DE LOS EMPLEADOS
DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES
que hasta el presente brinda la atención médica a los trabajadores viajantes y a sus grupos familiares primarios recaudando sus correspondientes aportes y contribuciones, solicita y presta conformidad para que la mencionada Obra Social peticionante, brinde desde el 1º de Junio de 1999 los servicios médico asistenciales a los aludidos beneficiarios y recaude sus aportes y contribuciones, estableciéndose la transferencia del pertinente padrón; lo que se acordó en el marco de un Convenio con el que se da por concluido un juicio que tramitaba entre las partes por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº 50, caratulado FEDERACION UNICA DE VIAJANTES DE LA ARGENTINA y la OBRA
SOCIAL DE VIAJANTES C/OBRA SOCIAL
PARA EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES s/rendición de cuentas.
Que de los actuados surge el debido cumplimiento de los requisitos establecidos en la Resolución Nº 488/90-ANSSAL, asumiendo la Obra Social perticionante el tipo de Obra Social Sindical con arreglo al art. 1º inc. a de la Ley 23660, con ámbito de actuación en todo el territorio de la República Argentina.
Que el servicio jurídico permanente ha tomado intervención, no hallando objeciones

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/09/1998 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha02/09/1998

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones9346

Primera edición02/01/1989

Ultima edición25/05/2024

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