Boletín Oficial de la República Argentina del 29/07/1998 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 28.947 1 Sección CONSIDERANDO:
Que resulta necesario notificar mediante la publicación de edictos al contribuyente a incluir en el Sistema Integrado de Control Especial dispuesto por la Resolución Nº 3423, en los casos que no exista domicilio legal o no se conociera el domicilio real.

Miércoles 29 de julio de 1998

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224/98 AFIP, el punto 1 de la Instrucción General Nº 06/93 D.C.O., lo previsto en el Artículo 100 in fine de la Ley Nº 11.683 T.O. en 1978 y sus modificatorias el Decreto Nº 618/97 y la Disposición Nº 1/97 A.F.I.P., con las modificaciones introducidas por la Disposición Nº 87/97
A.F.I.P.
CONSIDERANDO:

Por ello, y de acuerdo a las facultades otorgadas por los artículos 9º y 10º del decreto 618/97.
LA JEFA INT. DE LA REGION Nº 2
DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
ARTICULO 1º Ordenar la publicación por edictos del contribuyente que se cita a continuación:
La Administración Federal de Ingresos Públicos Dirección General Impositiva hace saber a el contribuyente y/o responsable que a partir del 14/5/98 ha quedado incluido en el Sistema Integrado de Control Especial reglado por el Capítulo II de la Resolución General Nº 3423, debiendo observar en lo sucesivo las formalidades, condiciones y vencimientos que para los sujetos incluidos en los alcances de la norma precitada, disponen las respectivas resoluciones generales.

Que resulta necesario notificar, mediante la publicación de edictos, las Resoluciones que dirimen el trámite de impugnación de deuda previsional previsto en el Artículo 11º de la Ley 18.820 y el Artículo 11º de la Ley 21.864, modificada por Ley 23.659, a aquellos contribuyentes sin domicilio constituido o con domicilio real o denunciado desconocido, conforme lo previsto por la Instrucción General Nº 06/93 D.C.O..
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 10 del Decreto Nº 618/97.
Por ello, EL DIRECTOR
DE LA DIRECCION DE LEGAL Y TECNICA
DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:

Publíquese por cinco días en el Boletín Oficial.
ARTICULO 2º Remítase copia de la presente a la Dirección de Secretaría General para su publicación y a la Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas, para su conocimiento.
CONTRIBUYENTE INCLUIDO EN EL SISTEMA INTEGRADO DE CONTROL ESPECIAL PARA
GRANDES CONTRIBUYENTES DE LA R.G. 3423 AGENCIA Nº 53
CUIT Nº
APELLIDO Y NOMBRE O RAZON SOCIAL

30-66362302-4

ENERRE GRAFICA S.A.

Abogada SILVIA BEATRIZ FERNANDEZ, Jefe Int. Región Nº 2.
e. 28/7 Nº 237.665 v. 3/8/98

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

ARTICULO 1º Ordenar la notificación por edicto al Contribuyente que se cita a continuación, conforme el siguiente texto:
La Administración Federal de Ingresos Públicos Dirección General Impositiva, por intermedio de la Dirección de Legal y Técnica de los Recursos de la Seguridad Social, hace saber al contribuyente y/o responsable que más abajo se menciona que ha sido dictada la siguiente resolución en el expediente consignado.
Publíquese por tres 3 días en el Boletín Oficial. La presente notificación surtirá efectos al quinto día siguiente al de la última publicación.
El plazo para la presentación del pedido de revisión pto. 6.4.3. del Anexo I de la Resolución General Nº 79/98 AFIP , al igual que el previsto para la interposición del recurso de apelación ante la Cámara Federal de la Seguridad Social art. 39 bis del Decreto Nº 1285/58 y 9º de la Ley 23.473, conforme las modificaciones introducidas por la Ley 24.463 de no mediar el señalado pedido de revisión, comenzará a correr a partir del día siguiente al que la notificación surta efectos, conforme lo consignado en el párrafo que antecede.

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Para acceder al recurso de apelación aludido será requisito necesario cumplir con el 2º párrafo del art. 15º de la Ley 18.820, art. 12º de la Ley 21.864 modificada por la Ley 23.659 y art. 39 bis, inc. b, del Decreto Nº 1285/58, conforme las modificaciones introducidas por la Ley 24.463.

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
REGION Nº 2

NOMBRE O RAZON SOCIAL: MELQUIADES S.A.
CUENTA/CUIT Nº: 30-59151407-1
Nº EXPEDIENTE: 133/0597
Nº DE FECHA RES. DENEGATORIA: 1.414/97-08/11/97

Resolución Nº 3/98
Lanús, 14/7/98
VISTO el acto dictado por la Jefa Interina de la Región Nº 2 de la Dirección General Impositiva, mediante el cual se ordenó la publicación de edictos a fin de notificar a los contribuyentes a incluir en el Sistema Integrado de Control dispuesto por la Resolución General Nº 3423 D.G.I., a partir del 27/2/98 y
ARTICULO 2º Remítase copia de la presente a la Dirección de Secretaría General para su publicación y a la Subdirección General de Legal y Técnica Impositiva para su conocimiento. Dr.
ELISEO DEVOTO, Director, Dirección de Legal y Técnica de los Recursos de la Seguridad Social.
e. 28/7 Nº 237.732 v. 30/7/98

CONSIDERANDO:
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Que en los considerandos de dicho acto se invocaron por error los arts. 9 y 10 de la Ley 11.683
t.o. en 1978 y sus modificaciones, cuando de acuerdo a la normativa vigente debió dictarse conforme a las facultades conferidas por los arts. 9 y 10 del Dto. 618/97.
Que en consecuencia, resulta necesario dejar sin efecto dicho acto, decretando la nulidad del mismo, conforme lo dispuesto por el art. 14 inc. b de la ley 19.549 y ordenar la nueva publicación de edictos del acto citado una vez debidamente subsanado dicho error.
Por ello, y en orden a las facultades conferidas por los arts. 9 y 10 del Dto. 618/97, LA JEFA INT. DE LA REGION Nº 2
DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
ARTICULO 1º Decretar la nulidad del acto administrativo mediante el cual se ordenó la publicación de edictos a fin de hacer saber a los contribuyentes y/o responsables que más abajo se detallan que a partir del 27/2/98 han quedado incluidos en el Sistema Integrado de Control Especial establecido en el Cap. II de la R.G. 3423 D.G.I. y sus modificaciones.

22/7/98
La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez 10 días a parientes de la agente fallecida Marta Isabel ORZECHOVSKI, alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 21 de la Convención Colectiva de Trabajo Laudo 15/91, para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en Hipólito Yrigoyen Nº 370 - Piso 5º, Oficina Nº 5158, Capital Federal. Fdo. CECILIA GRACIELA SILVESTRO, A/c Sección J División Beneficios.
e. 28/7 Nº 237.488 v. 30/7/98

PODER JUDICIAL DE LA NACION
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Resolución de Presidencia Nº 35
Bs. As., 30/6/98

ARTICULO 2º Ordenar la nueva publicación del acto citado, conforme a derecho.
VISTO:
ARTICULO 3º Remítase copia de la presente a la Dirección de Secretaría General para su publicación y a la Subdirección General de Operaciones.
CONTRIBUYENTES INCLUIDOS EN EL SISTEMA INTEGRADO DE CONTROL ESPECIAL PARA
GRANDES CONTRIBUYENTES DE LA R.G. 3423 AGENCIA Nº 53
CUIT Nº
APELLIDO Y NOMBRE O RAZON SOCIAL

20-04527132-4

ESTEVANEZ, HORACIO ANGEL

30-68291228-2

CAMPILONGO JUAN OSCAR, LANUTO MARCELO
OSCAR, GONZALEZ ROBERTO CARLOS

Lo dispuesto en el art. 1º del Reglamento para el otorgamiento de poder aprobado por Acuerdo General del 20/4/89 Acta Nº 1 pto. 9º ap. c; y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario dar cumplimiento a lo prescripto en la norma otorgado al acto la debida publicidad;
Por ello:

Abogada SILVIA BEATRIZ FERNANDEZ, Jefe Int. Región Nº 2.
e. 28/7 Nº 237.658 v. 3/8/98

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION DE LEGAL Y TECNICA DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Disposición Nº 3/98
Notificación por edicto, Instrucción General Nº 96/93 D.C.O..

EL PRESIDENTE
DE LA CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1º Destruir las Actas Poder y sus correspondientes minutas otorgadas con anterioridad al 30 de junio de 1994.
ARTICULO 2º Borrar de la memoria del sistema informático todos los datos correspondientes a los poderes a que se refiere el artículo precedente.
ARTICULO 3º Hacer saber al Departamento Sistemas y Procedimientos de la Excma. Corte para su cumplimiento.
ARTICULO 4º Publicar la presente resolución por 5 días en el Boletín Oficial.

Bs. As., 21/7/98

ARTICULO 5º Protocolícese y hágase saber.

VISTO el punto 7 de la Resolución General Nº 79/98 AFIP, los artículos 5 y 8 de la Disposición Nº 54/98 AFIP, los artículos 5 y 8 de la Disposición Nº 54/98 modificada por Disposición
LILIA MABEL MAFFEI DE BORGHI, Presidente.
e. 28/7 Nº 236.165 v. 3/8/98

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 29/07/1998 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha29/07/1998

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones9351

Primera edición02/01/1989

Ultima edición30/05/2024

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