Boletín Oficial de la República Argentina del 07/04/1998 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, MARTES 7 DE ABRIL DE 1998

AÑO CVI

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 28.873
MINISTERIO DE JUSTICIA
DR. RAUL E. GRANILLO OCAMPO
MINISTRO

SECRETARIA DE ASUNTOS
TECNICOS Y LEGISLATIVOS
DR. GUSTAVO A. NAVEIRA
SECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR . RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL
Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 888.209

DECRETOS
DEUDA PUBLICA
Decreto 363/98
Autorízase al Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, a incluir en los contratos por las operaciones de crédito público correspondientes a la Administración Central y que realicen dentro de la autorización conferida por el artículo 6º de la Ley 24.938, cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a favor de los tribunales de las ciudades de Londres, Francfort del Meno, Madrid, Ginebra, Lausana, extendiéndose a los tribunales estaduales y federales ubicados en la ciudad de Nueva York.
Bs. As., 1/4/98
VISTO el Expediente Nº 001-000848/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, los Decretos Nº 1588 de fecha 26 de julio de 1993, Nº 1563 de fecha 19 de diciembre de 1996, Nº 736 de fecha 5 de julio de 1996, Nº 1371
de fecha 28 de noviembre de 1996 y Nº 438
de fecha 16 de mayo de 1997 y la Ley Nº 24.938, y CONSIDERANDO:
Que la REPUBLICA ARGENTINA ha efectuado en los últimos años colocaciones en los mercados financieros internacionales y en especial en el mercado europeo, ampliando la base inversora y estableciendo nuevas
1

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por
LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

referencias para las emisiones del sector privado.
Que el Tesoro Nacional ha utilizado en forma exitosa el Programa de Letras Externas a Mediano Plazo para el Mercado Europeo, en el marco del Decreto Nº 1588/93 con sus modificaciones, para realizar operaciones de crédito público en diferentes monedas europeas con prórroga de jurisdicción a favor de los tribunales ubicados en la ciudad de LONDRES, REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE y de los tribunales estaduales y federales en NUEVA
YORK, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Que asimismo en el marco de los Decretos Nº 1563/96, Nº 736/96, Nº 1371/96 y Nº 438/97
se han realizado emisiones en, MARCOS ALEMANES prorrogando jurisdicción a los tribunales ubicados en la ciudad de FRANCFORT
DEL MENO, REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA; LIBRAS ESTERLINAS prorrogando jurisdicción a los tribunales ubicados en la ciudad de LONDRES, REINO UNIDO DE
GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE;
FRANCOS SUIZOS prorrogando jurisdicción a los tribunales ordinarios ubicados en la ciudad de GINEBRA, CONFEDERACION SUIZA y en caso de apelación en los tribunales federales ubicados en la ciudad de LAUSANA, CONFEDERACION SUIZA; y PESETAS prorrogando jurisdicción a los tribunales ubicados en la ciudad de MADRID, REINO DE ESPAÑA; para las operaciones de crédito público que realice el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS en las monedas de esos países.
Que a partir del 1 de enero de 1999 entrará en vigencia la UNION MONETARIA EUROPEA EUROPEAN MONETARY UNION EMU según lo estipulado en el TRATADO
DE MAASTRICHT de diciembre 1991, con una moneda única representada por el EURO unificándose los diferentes mercados financieros de EUROPA.
Que el referido TRATADO fue firmado por el REINO DE DINAMARCA, REINO UNIDO
DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE, REINO DE SUECIA, REPUBLICA
HELENICA, REPUBLICA DE AUSTRIA, REINO DE BELGICA, REPUBLICA DE FINLANDIA, REPUBLICA FRANCESA, REPUBLICA
FEDERAL DE ALEMANIA, REPUBLICA ITALIANA, GRAN DUCADO DE LUXEMBURGO, REINO DE LOS PAISES BAJOS, REPUBLICA PORTUGUESA y REINO DE ESPAÑA y para integrar dicha unificación los diferentes países que conforman la COMUNIDAD
ECONOMICA EUROPEA deben cumplir varios requisitos y entre el 1 y 3 de mayo de 1998 se determinarán los países que integrarán en una primera etapa dicha UNION.
Que las emisiones que la REPUBLICA ARGENTINA realice durante el presente ejercicio deben apuntar a ese nuevo mercado con las restricciones que presentan las diferentes bases inversoras y en especial las jurisdicciones que cada tipo de inversor necesita.
Que por lo expuesto se entiende conveniente contar con autorizaciones con el fin de ampliar la prórroga de jurisdicción para aquellos mercados con monedas europeas que han sido utilizados en forma constante como el del MARCO ALEMAN DEM, FRANCO FRANCES FRF, FRANCO SUIZO CHF, LIBRA
ESTERLINA , LIRA ITALIANA ITL, PESETA ESP, CHELIN AUSTRIACO ATS, FLORIN
HOLANDES NLG, ESCUDO PORTUGUES
PTE, ECU, EURO entre otras permitiendo acceder en forma rápida a cada uno de ellos.

auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Que el artículo 36 bis de la Ley Nº 23.576
incorporado por la Ley Nº 23.962 y sus modificaciones, como también la Ley Nº 23.966 con la modificación introducida mediante la Ley Nº 24.468 y la Ley Nº 24.631
en su Capítulo III, establecen el tratamiento impositivo a aplicar a los instrumentos de créditos que revistan la característica de Títulos Públicos.
Que los instrumentos a emitirse se encontrarán comprendidos en la autorización conferida por el CONGRESO NACIONAL a través de la Planilla Nº 8 anexa al artículo 6º de la Ley Nº 24.938 para aquellas operaciones de crédito público de la Administración Central.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 16
de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto T.O. 1997 y por el artículo 99, inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL.

incluir en los contratos por las operaciones de crédito público correspondientes a la Administración Central y que se realicen dentro de la autorización conferida por el artículo 6º de la Ley Nº 24.938, cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a favor de los tribunales de la ciudad de LONDRES REINO UNIDO DE GRAN
BRETAÑA E IRLANDA DEL NOR TE, a los tribunales ubicados en la ciudad de FRANCFORT DEL
MENO, REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA, a los tribunales ubicados en la ciudad de MADRID, REINO DE ESPAÑA, a los tribunales ordinarios ubicados en la ciudad de GINEBRA
CONFEDERACION SUIZA y en caso de apelación en los tribunales federales ubicados en la ciudad de LAUSANA CONFEDERACION SUIZA, extendiéndose todas las anteriores a los tribunales estaduales y federales ubicados en la ciudad de NUEVA YORK, ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA, para las operaciones en ECU, EURO, FRANCO SUIZO y las monedas de los países signatarios del TRATADO DE MAASTRICHT.
Asimismo autorízase a aceptar la renuncia a oponer la defensa de la inmunidad soberana en la documentación que suscriba el MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a través de la SECRETARIA DE HACIENDA, por las operaciones de crédito público descriptas en el párrafo anterior del presente artículo.

Por ello, EL VICEPRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:
Artículo 1º Autorízase al MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a través de la SECRETARIA DE HACIENDA, a
Art. 2º En la documentación que se suscriba por las operaciones aprobadas por el pre-

SUMARIO
Pág.

Pág.
DEUDA PUBLICA
Decreto 363/98
Autorízase al Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, a incluir en los contratos por las operaciones de crédito público correspondientes a la Administración Central y que realicen dentro de la autorización conferida por el artículo 6º de la Ley 24.938, cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a favor de los tribunales de las ciudades de Londres, Francfort del Meno, Madrid, Ginebra, Lausana, extendiéndose a los tribunales estaduales y federales ubicados en la ciudad de Nueva York.
Resolución 157/98-SH
Dispónese la emisión de Bonos de la República Argentina de Cupón Variable con Vencimiento 2005.
Resolución 158/98-SH
Dispónese la emisión de Bonos de la República Argentina en Francos Franceses 10
% 1999-2001 y 8 % 2002-2008 y Bonos de la República Argentina en Florines Holandeses 10 % 1999-2001 y 8 % 2002-2008.
IMPUESTOS
Resolución General 116/98-AFIP
Impuesto a las Ganancias. Decreto Nº 2353/ 86 y sus modificaciones, reglamentario de la ley del gravamen. Su modificación. Decreto Nº 105/97. Socios de sociedades de responsabilidad limitada, en comandita simple y por acciones. Transferencias de quebrantos, retenciones, percepciones y pagos a cuenta. Su implementación.
Resolución General 117/98-AFIP
Impuesto al Valor Agregado. Ley según texto ordenado en 1997 y sus modificaciones.
Operaciones realizadas al amparo de la Ley Nº 19.640. Regímenes de retención. Re-

solución General Nº 69. Nómina complementaria de responsables excluidos.

5
MINISTERIO DE SALUD Y ACCION
SOCIAL
Decisión Administrativa 213/98
Transfiérese el personal con sus respectivos cargos, de la Superintendencia de Servicios de Salud a la Administración de Programas Especiales.

1

4

4

ORGANISMO REGULADOR DEL
SISTEMA NACIONAL DE
AEROPUERTOS
Decreto 365/98
Incorpórase al Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 1998 al citado Organismo Descentralizado.
Apruébase la escala salarial del personal.
SALUD PUBLICA
Resolución 190/98-MSAS
Establécese que no se otorgará una nueva prórroga al plazo acordado por Resolución Nº 26/95, para que el sector industrial panificador adopte un sistema a fin de eliminar el bromato de potasio como aditivo para la elaboración del pan.

DECISIONES ADMINISTRATIVAS
SINTETIZADAS

2

2

4

3

CONCURSOS OFICIALES
Nuevos
7

6
REMATES OFICIALES
Anteriores AVISOS OFICIALES
Nuevos Anteriores
23
7 23

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 07/04/1998 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha07/04/1998

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones9339

Primera edición02/01/1989

Ultima edición18/05/2024

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