Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 19/2/2024

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 35

19 de febrero de 2024

3

1. Antecedentes y situación actual.
2. Objeto de la modificación.
3. Justificación legal de la modificación.
4. Promotor.
5. Equipo redactor.
6. Tramitación.
7. Entrada en vigor y obligatoriedad.
8. Descripción y justificación de la modificación propuesta.
9. Justificación del cumplimiento del artículo 86 y 87 del texto refundido de la ley de Urbanismo de Aragón.
10. Afección de la modificación al modelo de evaluación urbana y ocupación del territorio.
11. Estudio de los efectos de la modificación sobre el territorio.
12. Documentos que integran esta modificación.
13. Conclusión.
ANEXOS:
Nº 1.- Estados comparativos. Planos estado actual y planos estado modificado.
DOCUMENTO Nº 2 NORMAS URBANÍSTICAS ACTUALMENTE VIGENTES A MODIFICAR
DOCUMENTO Nº 3 NORMAS URBANÍSTICAS CON LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS
DOCUMENTO Nº 4 PLANOS ACTUALMENTE VIGENTES A MODIFICAR
OR - 1.1.- Estructura urbanística. 1:2.000
OR - 1.3.- Delimitación de áreas. 1:2.000
DOCUMENTO Nº 5 PLANOS CON LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS
OR - 1.1.- Estructura urbanística. 1:2.000
OR - 1.3.- Delimitación de áreas. 1:2.000
DOCUMENTO Nº 6 FICHAS NOTEPA
CUARTO.- El Consejo Provincial de Urbanismo de Teruel resulta el órgano competente para la aprobación definitiva de esta Modificación de Plan General, de acuerdo con las especialidades que se establecen en el art. 85.2
del Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, en el que establece que las modificaciones aisladas se tramitarán por el procedimiento aplicable para la aprobación de los correspondientes planes, salvo en el caso de los planes generales, cuyas modificaciones siguen el procedimiento regulado en el art. 57 del citado Texto Refundido, con las particularidades que se citan, concretando que el Consejo Provincial de Urbanismo, previos los trámites que procedan, adoptará el Acuerdo de Aprobación definitiva en el plazo de tres meses.
QUINTO.- La modificación nº 10 del Plan General de Ordenación Urbana de Montalbán tiene por objeto introducir un pequeño cambio en la zonificación del área 4 -Entre Carretera y Río, de forma que una parcela pase de Zona Mixta Ensanche a Zona Equipamientos. Además, se adapta el parámetro de ocupación máxima en dos zonas de Equipamientos.
SEXTO.- JUSTIFICACIÓN LEGAL DE LA MODIFICACIÓN
La justificación legal de la presente Modificación se basa en el artículo 83.3 del Texto Refundido de la Ley Urbanística de Aragón, que dispone: La alteración del contenido de los Planes y demás instrumentos de ordenación urbanística podrá llevarse a cabo mediante la revisión de los mismos o la modificación de alguno de sus elementos.
En el artículo 84 se define la figura de la Revisión, quedando definida la Modificación por exclusión. El citado artículo 84 en su apartado 2 dispone:
Tendrá la consideración de revisión del Plan General de Ordenación Urbana cualquier alteración del mismo que afecte sustancialmente a la ordenación estructural. Se considerarán afecciones sustanciales las que comporten alteraciones relevantes de la ordenación estructural en función de factores objetivos tales como la superficie, los aprovechamientos o la población afectados, la alteración de sistemas generales o supralocales o la alteración del sistema de núcleos de población.
Considerando el Ayuntamiento que se trata de una Modificación aislada del Plan General, el procedimiento aplicable es el del artículo 57 del TRLUA, para los Planes Parciales de iniciativa municipal, con las variantes que señala el artículo 85.2 de dicho Texto Refundido, que otorgan la competencia para la aprobación definitiva de las modificaciones aisladas del planeamiento general al Consejo Provincial de Urbanismo, órgano que adoptará Acuerdo al respecto en un plazo de tres meses.
En cuanto a sus determinaciones, tal como señala el artículo 85.1 del TRLUA, la documentación técnica deberá contener los siguientes elementos:
a La justificación de su necesidad o conveniencia y el estudio de sus efectos sobre el territorio.
b La definición del nuevo contenido del Plan con un grado de precisión similar al modificado, tanto en lo que respecta a los documentos informativos como a los de ordenación.
SÉPTIMO.- CONTENIDO.
Esta modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Montalbán, propone cambiar la calificación de una parcela dentro del área 4 - Entre Carretera y Río, pasando de Mixta Ensanche a Equipamiento;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 19/2/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha19/02/2024

Nro. de páginas58

Nro. de ediciones5741

Primera edición02/01/2001

Ultima edición10/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Febrero 2024>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
2526272829