Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 5/5/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 83

5 de mayo de 2020

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ADMINISTRACIÓN LOCAL

Núm. 2020-1071
COMARCA DE LA SIERRA DE ALBARRACÍN
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo del consejo comarcal de fecha 28 de noviembre de 2019, aprobatorio del plan estratégico de subvenciones para los ejercicios 2020-2023, cuyo texto íntegro se hace público para su general conocimiento:
PLAN ESTRATÉGICO SUBVENCIONES COMARCA DE LA SIERRA DE ALBARRACÍN PERÍODO 2020-2023
PREÁMBULO
La justificación de la realización del Plan Estratégico de Subvenciones tiene su fundamento en lo dispuesto, con carácter general, en la exposición de motivos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre de Subvenciones, en adelante LGS, y de forma específica en el mandato establecido en el artículo 8 de la citada norma, en los artículos 10 y siguientes del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en los artículos 5 y siguientes de la Ley 5/2015, de 25
de marzo, de Subvenciones de Aragón. El objetivo del Plan es la racionalización de la concesión de las subvenciones sobre los principios de:
1 Publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
2 Eficacia de los objetivos.
3 Eficiencia en la asignación y utilización de recursos públicos.
De esta forma la elaboración del Plan, en conjunción con la aprobación del presupuesto general anual, supone el cumplimiento del mandato legal de respeto escrupuloso a los principios de transparencia y equilibrio presupuestario. Dicho Plan estratégico deberá confeccionarse con carácter previo a cualquier propuesta de otorgamiento de subvenciones y las líneas estratégicas de actuación que se planteen deberán estar recogidas en el Plan estratégico de subvenciones comarcales.
Por ello, esta Comarca aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones cuyo articulado figura a continuación.
CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. OBJETIVOS
Se entiende por subvención, a efectos de este Plan, toda disposición dineraria realizada por la Comarca de la Sierra de Albarracín, a favor de personas públicas o privadas o entes sin personalidad jurídica personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, comunidad de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún careciendo de personalidad jurídica, pueda llevar a cabo los proyectos o actividades o comportamiento que se encuentren en la situación que motiva la subvención, y que cumplan con los siguientes requisitos:
a Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.
b Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido.
c Que el proyecto, la acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.
Con carácter general, se pretende garantizar una continuidad de las acciones subvencionadas, durante los ejercicios en los que el Plan extiende su vigencia, al objeto de conseguir un mayor grado de eficacia.
En cuanto a los objetivos prioritarios se encuentran, el fomento de todo tipo de actividades de utilidad pública o interés social, o de promoción de una finalidad pública, siempre sin ánimo de lucro, colaborando en el desarrollo y fomento de actividades de escaso rendimiento económico, además de potenciar la creación de redes asociativas y de participación de los ciudadanos en la actuación comarcal.
Entre los objetivos principales que esta Comarca quiere desarrollar se encuentran las actividades en materia de acción social, cultura, deporte, juventud, turismo, protección civil, vertebración del territorio Dichos objetivos deben concretarse en:
-Promover el bienestar de los habitantes de la Comarca.
-La promoción de estrategias de sensibilización respecto a los intereses y diferentes grupos de población.
-Promover la integración social y no discriminación.
-Promover los principios de igualdad y de solidaridad.
-Promoción de valores en el ejercicio de ocio y tiempo libre.
-Promoción de manifestaciones culturales, en todos los ámbitos.
-Recuperación y/o mantenimiento de tradiciones enraizadas en la cultural popular.
-Fomento del turismo como motor económico y social.
-Promoción de la actividad deportiva, sobre la consideración de su valor integrador y de desarrollo de valores sociales y humanos.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 5/5/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha05/05/2020

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones5736

Primera edición02/01/2001

Ultima edición03/05/2024

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