Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 17/3/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 53

17 de marzo de 2020

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DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN

Núm. 2020-0767
DEPARTAMENTO DE VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIOS, MOVILIDAD Y VIVIENDA
MODIFICACIÓN Nº 6 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE GÚDAR
El Consejo Provincial de Urbanismo de Teruel, en Sesión celebrada el día 19 de diciembre de 2019, y en relación a este expediente, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
PRIMERO.- APROBAR DEFINITIVAMENTE LA MODIFICACIÓN Nº 6 del PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE GÚDAR, por cumplir las exigencias procedimentales, documentales y materiales establecidas en el vigente DecretoLegislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón , condicionado al cumplimiento de todos los reparos que aparecen reflejados en este acuerdo.
SEGUNDO.-Suspender la publicación del contenido normativo de esta modificación hasta que se presente un documento técnico que incorpore la subsanación de los reparos expuestos de acuerdo con lo dispuesto en el art.
18.2 del Decreto 129/2014, de 29 de Julio, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Reglamento de los Consejos Provinciales de Urbanismo.
TERCERO.- Notificar el acuerdo al Ayuntamiento de GÚDAR y al equipo redactor, con ofrecimiento de los recursos procedentes, y al redactor para su conocimiento y efectos.
Con fecha 4 de febrero de 2020 se presenta documentación que subsana los reparos señalados en el acuerdo.
Lo que se hace público en este Boletín Oficial de Aragón, sección de la Provincia de Teruel, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Quinta del Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón se procede a la publicación del contenido normativo modificado del Plan General de Ordenación Urbana.
6.- REDACCIÓN MODIFICADA DE LAS NORMAS
6.1.- REDACCIÓN MODIFICADA DE LAS NORMAS URBANISTICAS
TÍTULO II.- NORMAS DE RÉGIMEN URBANÍSTICO
CAPÍTULO 2º.- CONDICIONES GENERALES DE USO
Art.43.- CLASES DE USOS.
A efectos de esta Normativa Urbanística del PGOU y de las que, en su desarrollo, se dicten, se distinguen las siguientes clases de usos:
1. Residencial 8. Deportivo 2. Comercial 9.Sanitario 3. Hotelero 10. Industrial y Almacenes 4. Oficinas y Administrativo 11. Agrícola 5. Recreativo 12. Ganadero 6. Religioso 13. Forestal 7. Cultural 14. Espacios Libres Art.44.- USO RESIDENCIAL.
La vivienda es el edifico o parte de un edificio destinado a alojamiento o residencia familiar. Se establecen las siguientes categorías de uso de vivienda:
1. Vivienda unifamiliar: es la situada en parcela independiente, en edificación aislada o agrupada, que sirve de residencia para una sola familia.
2. Vivienda multifamiliar o colectiva: edificio constituido por varias viviendas con accesos y elementos comunes.
Art.45.- USO COMERCIAL.
Es el uso que corresponde a locales abiertos al público destinados al comercio al por mayor o menor, almacenes exclusivamente comerciales y locales destinados a la prestación de servicios privados al público, como peluquerías, salones de belleza, lavado, planchado y similares, tanto en edificios destinados también a otros usos como en naves o edificaciones independientes.
Se autorizan además las estaciones de servicio y lavado de vehículos y garajes.
Art.46.- USO HOTELERO.
Es el uso que corresponde a aquellos edificios que se destinan a alojamientos comunitarios, como residencias, asilos, hogares de ancianos, de matrimonios o de juventud, y al alojamiento temporal para transeúntes, como hoteles, apartahoteles, albergues, moteles, casas rurales, etc.
Art.47.- USO DE OFICINAS Y ADMINISTRATIVO.
Se incluyen en este uso el de las actividades administrativas y burocráticas de carácter público o privado; los de banca, bolsa, seguros; los que con carácter análogo, pertenecen a empresas privadas o públicas y los despachos profesionales.
Art.48.- USO RECREATIVO.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 17/3/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha17/03/2020

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones5737

Primera edición02/01/2001

Ultima edición06/05/2024

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