Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 26/11/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 226

26 de noviembre de 2019

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Las actuaciones en Materia de Acción Social tendrán como objeto el desarrollo de las Funciones en dicha materia incluidas en el ANEXO.- APARTADO PRIMERO A.2 del DECRETO 4 /2005, DE 11 DE ENERO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE MODIFICAN LOS DECRETOS DE TRANSFERENCIA DE
CADA UNA DE LAS COMARCAS, para ello la Trabajadora Social deberá de emitir un Informe en dicho sentido El objeto de la encomienda comprenderá asimismo el desarrollo de los procedimientos y expedientes necesarios para llevar a cabo la referida actuación.
Tercera.- Duración del Convenio.
Este Convenio entrará en vigor a partir del día de su firma y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019, debiéndose efectuar hasta el 13 de diciembre de 2019 inclusive la justificación por parte del Ayuntamiento de XXX de la ejecución de la actuación y de los gastos realizados.
Cuarta.- Dotación de medios económicos.
Para el ejercicio de las funciones encomendadas al Ayuntamiento de XXX, la Comarca de GúdarJavalambre aportará el 100% del gasto realizado hasta un máximo de 4.000,00 €
El abono de la citada cantidad se efectuará con cargo a la siguiente partida del Presupuesto Comarcal para el año 2019 y que tendrá como objeto la financiación del Plan Comarcal de Inversiones de Acción Social 231
76200-00 Plan Comarcal de Inversiones en Acción Social 96.000,00
Quinta.- Compromisos de las partes A.- Compromisos de la Entidad Local:
El Ayuntamiento de XXX asume, mediante la firma de la presente Convenio, los siguientes compromisos:
1º.- Aceptar la Encomienda de Gestión, Comprometiéndose a seguir las directrices técnicas que proporcione la Comarca.
2º.- Realizar la inversión objeto de este Convenio según las directrices marcadas por la Comarca.
El objeto de la encomienda comprenderá asimismo el desarrollo de los procedimientos y expedientes necesarios para llevar a cabo la referida actuación.
3º.-Asimismo obtener todas las licencias, permisos, autorizaciones, etc., que sean necesarios para la para el ejercicio de las actividades que se vayan a desarrollar.
4º.- Presentar ante la Comarca de Gúdar-Javalambre, la documentación relativa a la justificación de la actuación conforme las normas generales de impresos de justificación de subvenciones para Entidades Locales.
5º.- Acreditar el coste de las actuaciones subvencionadas, así como comunicar las alteraciones que puedan producirse en las circunstancias y requisitos que han motivado o han sido tenidos en cuenta para la realización del Convenio.
6º.- Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos en el presente convenio, así como la realización de la actividad que determina el disfrute de la subvención o ayuda.
7º.- Comunicar a la Comarca, por escrito u otra forma fehaciente, la obtención de cualquier tipo de subvención o aportación económica de otros organismos o instituciones públicos o privados para la misma finalidad, inmediatamente, si ya estuviesen reconocidas a la fecha de la firma de este Convenio, o en el plazo máximo de diez días desde la constancia fehaciente de su concesión si la misma fuere posterior.
8.- Registrar en su contabilidad la subvención o ayuda otorgada, en la forma que establezca la normativa local.
9.- Facilitar toda la información que le sea requerida y someterse a las actuaciones de comprobación que puedan realizarse por el órgano concedente.
B.- Compromisos de la Comarca de Gúdar-Javalambre La Comarca de Gúdar-Javalambre asume, mediante la firma del presente Convenio, los siguientes compromisos:
1º - Facilitar al Ayuntamiento de XXX la documentación necesaria para la justificación de la actividad mediante los Anexos a este Convenio.
2º.- Asumir los costes derivados de la actuación hasta las cuantías recogidas en las cláusulas del presente Convenio cuyo importe asciende a la cantidad de 4.000,00 €
3º.- Realizar el seguimiento y evaluación de las actuaciones recogidas en el presente Convenio.
Sexta: Requisitos Previos:
Para poder firmar el Convenio y resultar beneficiario de la subvención, será condición imprescindible que el Ayuntamiento presente en la Comarca hasta el 28 de octubre de 2019 inclusive la siguiente documentación:
-Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento o Decreto de Alcaldía donde conste la aceptación de la Encomienda de Gestión y se apruebe la firma del Convenio -Solicitud según Modelo Normalizado de la Inversión a realizar -Informe de la Trabajadora Social de la Comarca que opere en el municipio de que la actuación está incluida en el ANEXO.- APARTADO PRIMERO A.2 del DECRETO 4/2005, DE 11 DE ENERO, DEL GOBIERNO
DE ARAGÓN, POR EL QUE SE MODIFICAN LOS DECRETOS DE TRANSFERENCIA DE CADA UNA DE
LAS COMARCAS
Séptima.- Justificación y pago Para el cobro de las subvenciones concedidas será necesaria la presentación de la documentación acreditativa de la ejecución de las actuaciones objeto del convenio hasta el 13 de diciembre de 2019 inclusive.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 26/11/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha26/11/2019

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones5747

Primera edición02/01/2001

Ultima edición21/06/2024

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