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Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 11/10/2017
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel
BOP TE Número 194
11 de octubre de 2017
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ADMINISTRACIÓN LOCAL
Núm. 74.644
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TERUEL
ANULACIÓN EXTRACTO PUBLICADO EN BOPTE Nº 193 DE 10-10-2017
BDNSIdentif.:365209
Anulación del Extracto publicado en el BOPTE n.º 193, de 10 de octubre de 2017, N.º 74.628 BDNS:
365209, que se publicó por error, dado que el acuerdo del Ayuntamiento Pleno de Teruel, en sesión celebrada el día 2 de octubre de 2017, únicamente aprobaba las Bases Reguladoras de las subvenciones de ayudas de acción social, destinadas a familias con niños y niñas en guarderías o escuelas infantiles en la etapa de cero a tres años, durante el ejercicio de 2017. Expte. 1223/2017.
Dichas Bases, siguiendo el trámite correspondiente, se publicarán en el BOPTE.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, como sección oficial del Boletín Oficial de Aragón, del extracto del correspondiente acuerdo de convocatoria de subvenciones, y no a partir del día 11 de octubre de 2017, como por error se publicó en el BOPTE n.º 193, de 10 de octubre de 2017, N.º 74.628.
Teruel, 10 de octubre de 2017.- LA ALCALDESA, MARIA EMMA BUJ SÁNCHEZ
Núm. 74.645
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TERUEL
El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 2 de octubre de 2017, adoptó el acuerdo de aprobación de las Bases que regirán la convocatoria pública de subvenciones para el año 2017, dirigidas a familias con niños matriculados en escuelas infantiles o guarderías en la etapa de cero a tres años, según expediente administrativo número 1223/2017.
A continuación, se hace público el texto íntegro de dichas Bases, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 185.3 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, aprobado por Decreto nº 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón y del artículo 11.4 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo de Subvenciones de Aragón.
Lo que se publica para general conocimiento, sometiendo dichas Bases a información pública por 30 días hábiles. Transcurrido este plazo sin que se hayan formulado alegaciones, se entenderán definitivamente aprobadas, procediéndose posteriormente a la aprobación y publicación de la correspondiente convocatoria.
Se acompañan a las referidas Bases cinco anexos que pueden consultarse en la página web del Ayuntamiento de Teruel: www.teruel.es.
En Teruel, a 10 de octubre de 2017.- La Técnico para la difusión de la Cultura, M. José Hoyo Jiménez BASES QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL
AÑO 2017, DIRIGIDAS A FAMILIAS CON NIÑOS MATRICULADOS EN ESCUELAS INFANTILES O GUARDERÍAS EN LA ETAPA DE CERO A TRES AÑOS.
Exposición de motivos La Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, en sus artículos 224 y siguientes, regula la acción de fomento por parte de las entidades locales, que deberá realizarse de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, libre concurrencia e igualdad, respeto de las reglas de libre competencia y con adecuación a la legalidad presupuestaria.
El Título III del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, aprobado mediante Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, regula la actividad de fomento y promoción de actividades sociales y económicas, estableciendo el régimen jurídico general aplicable a las subvenciones que otorguen las entidades locales con cargo a su presupuesto; marco jurídico general que debe completarse con el específico contenido en las Bases para su otorgamiento, que deberá aprobar cada entidad local cuando lo sean por concurso público y cuyo contenido mínimo regula el Reglamento.
A lo largo de las últimas décadas se han producido importantes cambios sociales y laborales que afectan directamente al ámbito familiar, de tal modo que sus miembros se han visto obligados a reorganizar su modo de vida. El nuevo modelo de familia en el que los dos miembros de la pareja se desarrollan profesionalmente, respetando, por tanto, la igualdad entre ambos, implica la necesidad de conciliar la vida familiar y la laboral.