Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 19/7/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 165

Lunes 19 de julio de 2021

Transcurrido el plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones, si no procediese subsanación alguna, la lista provisional de personas admitidas y excluidas se elevará a definitiva a través de una resolución, que se notificará igualmente de forma individual.
Si procediese subsanar solicitudes, se dictará resolución en la que se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las personas interesadas en el procedimiento, sobre su exclusión u omisión en las listas provisionales, que, asimismo, se notificará individualmente.
Quinta.Categorías y grupos objeto de la convocatoria.
El cuadro de plazas y puestos que se incluyen en esta convocatoria según grupos profesionales, de acuerdo con la negociación efectuada con la representación social con fecha de 3 y 11 de mayo de 2021 en función de su adecuación a las patologías médicas existentes en la Corporación, es el contemplado en el Anexo I, con indicación del centro / servicio al que se encuentran adscritos, tanto para personal laboral como funcionario.
Sexta.Disminución de las aptitudes psicofísicas.
Pasarán a la situación especial de segunda actividad tras la superación del procedimiento de segunda actividad aquel personal empleado que tengan una disminución de las facultades psíquicas o físicas necesarias para el ejercicio de sus funciones que determine una insuficiente capacidad de carácter permanente para el pleno desempeño de las propias de su categoría.
La causa de la disminución de aptitudes será cualquier enfermedad, síndrome o proceso patológico físico o psíquico que presente la persona afectada y así lo estime el Servicio de Prevención y Salud Laboral de la Diputación Provincial de Sevilla.
La duración de estas disminuciones ha de preverse definitiva, o bien que no sea posible que tales disminuciones desaparezcan dentro de los periodos previstos para la Incapacidad Temporal por la normativa vigente.
La evaluación de la disminución será dictaminada conforme a las siguientes reglas:
aEl Servicio de Prevención y Salud Laboral será competente para conocer y resolver sobre la disminución de las aptitudes psicofísicas para el desempeño de la actividad profesional.
bA la vista del reconocimiento médico y del resto de documentación obrante en el expediente, el Servicio de Prevención y Salud Laboral emitirá su informe, pronunciándose de forma clara, expresa y concluyente sobre la existencia o no de una insuficiencia o disminución apreciable, y presumiblemente definitiva de las facultades físicas y/o psíquicas necesarias para el pleno desempeño de las tareas propias de la categoría, con indicación de las limitaciones existentes, así como la aptitud o inaptitud para el desempeño de la funciones de la plaza/puesto que se solicita.
cLos informes del citado Servicio, vincularán al órgano competente para declarar la situación especial de segunda actividad y adscripción a los puestos asignados, esto es, al Diputado-Delegado del Área del Empleado Público.
dSe garantiza el secreto del informe médico sin que en el trámite administrativo se describa la enfermedad, utilizándose exclusivamente los términos de apto o no apto y, en su caso, las limitaciones existentes. En todo caso, la persona interesada tiene derecho a conocer los informes emitidos por los facultativos. El personal de la Corporación que tenga conocimiento de la tramitación del expediente, guardará secreto respecto de los datos médicos relativos a la salud del personal interesado que pueda conocer con motivo de la tramitación del mismo.
Séptima.Resolución del procedimiento.
El plazo máximo de resolución del procedimiento de declaración de pase a la situación de segunda actividad por disminución de las aptitudes psicofísicas para el desempeño de la actividad profesional y asignación de plazas/puestos en función de los criterios y preferencias solicitados por el interesado, será de cuatro meses desde su iniciación, sin perjuicio de posibles ampliaciones de acuerdo con lo previsto en el art. 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Previa la resolución del expediente, en el que deberá constar el informe del Servicio de Prevención y Salud Laboral y demás informes que desde el órgano encargado de la tramitación deban incorporarse, se dará cuenta al Comité de Prevención y Salud Laboral del resultado del proceso y adscripciones a los puestos objeto de la convocatoria.
En todo caso, se garantizará el secreto del informe médico, en los términos previstos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de datos y garantía de los derechos digitales, salvo que la persona interesada autorice expresamente lo contrario.
La resolución del Diputado-Delegado del Área del Empleado Público que resuelva el procedimiento, en todo caso será expresa y motivada, declarando la situación de segunda actividad y adscripción, en su caso, o denegación de la misma, con indicación de los recursos a que hubiese lugar contra la misma, siendo notificada individualmente a las personas interesadas.
Octava.Disposición final.
En relación con la cualificación profesional para el ejercicio de las funciones que correspondan a la plaza y puesto solicitado por el personal interesado, la Diputación atendiendo a las características de las tareas a desarrollar, podrá incluir en el procedimiento de acceso las pruebas de capacitación o medidas de reciclaje que se consideren convenientes para un desempeño adecuado de las mismas.
Segundo.La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la provincia, Sede Electrónica y en el e-tablón.
Anexo I
CUADRO DE PLAZAS/PUESTOS OBJETO DE COBERTURA POR EL PROCEDIMIENTO DE SEGUNDA ACTIVIDAD, CON INDICACIÓN DE ÁREAS, CENTROS O SERVICIOS A LAS QUE ESTÁN ADSCRITAS

Personal funcionario de carrera:
Plaza
Puesto
NCD

520

0283-8

13

Subgr. Categoría AP

PERS. GUARD. VIGILANCIA Y PORT. CULTURA Y CIUDADANÍA

Área
Unidad CENTRO EDUCATIVO PINO MONTANO

579

0859-1

13

AP

PERS. GUARD. VIGILANCIA Y PORT. CULTURA Y CIUDADANÍA

CENTRO EDUCATIVO BLANCO WHITE

653

0283-9

13

AP

PERS. GUARD. VIGILANCIA Y PORT. CULTURA Y CIUDADANÍA

CENTRO EDUCATIVO PINO MONTANO

519

0283-6

13

AP

PERS. GUARD. VIGILANCIA Y PORT. SERVICIOS PÚBLICOS SUPRAMUNICIPALES SERVICIO PUBLICO BÁSICO EMERGENCIAS

746

0286-1

13

AP

TELEFONISTA

CULTURA Y CIUDADANÍA

CENTRO EDUCATIVO BLANCO WHITE

204

1367-42

15

C1

ADMINISTRATIVO/A

COHESIÓN SOCIAL E IGUALDAD

SERV. GENERALES

3098

1513-94

14

C2

AUX. ADMVO/A.

COHESIÓN TERRITORIAL

SERVICIO DE CARRETERAS Y MOVILIDAD

3113

1513-89

14

C2

AUX. ADMVO/A.

CULTURA Y CIUDADANÍA

SERVICIOS GENERALES

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 19/7/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha19/07/2021

Nro. de páginas82

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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