Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 19/7/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Lunes 19 de julio de 2021

Número 165

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA

Área de Empleado Público Autorizado por resolución 3705/2021, de 6 de julio.
Por resolución núm. 3705/2021 de 6 de julio, se aprueban las bases que regulan la convocatoria para la cobertura de plazas/
puestos de trabajo adscritos al proceso de segunda actividad para el personal laboral fijo y funcionario de carrera de la Diputación Provincial de Sevilla, del siguiente tenor literal:
Los artículos 67 del Acuerdo de Funcionarios y 83 del Convenio Colectivo para el personal laboral de la Diputación Provincial de Sevilla, en vigor, establecen que el personal que por disminución de sus aptitudes psicofísicas no pudiera desempeñar las funciones propias de su puesto de trabajo, podrá optar a ocupar otro puesto de trabajo de categoría similar o inferior, adecuado a sus limitaciones y capacidades, siempre que existan vacantes en la plantilla correspondiente, todo ello con los requisitos y procedimientos que se establezcan, previa negociación con los representantes de los empleados de la Corporación. En la Mesa General de Negociación de personal funcionario y laboral de la Corporación celebrada el 11 de mayo de 2021, se aprobó el documento-propuesta de bases para cobertura de plazas y puestos por disminución de las condiciones psicofísicas para el personal de Diputación de Sevilla, junto a la relación de plazas y puestos a incluir en dicho procedimiento, que se recogen en el Anexo I que acompaña a la presente resolución.
En virtud de lo expuesto, el Diputado Responsable del Área de Empleado Público, en virtud de las atribuciones delegadas por resolución de la Presidencia núm. 2501/2021, de 18 de mayo, resuelve:
Primero.Aprobar las bases generales que regulan la convocatoria para la cobertura de puestos de trabajo adscritos al proceso de segunda actividad para el personal laboral fijo y funcionario de carrera, y que son las siguientes:
Primera.Normas generales.
El personal que, cumpliendo los requisitos establecidos en estas bases, tengan disminuidas las aptitudes físicas o psíquicas necesarias para el ejercicio de sus funciones, previa instrucción del procedimiento oportuno de valoración médica, podrá optar a la situación de segunda actividad. La segunda actividad es una situación especial del funcionario de carrera y personal laboral fijo que tiene por objeto fundamental, garantizar una adecuada aptitud psicofísica para el desempeño de la actividad profesional correspondiente, que evite situaciones de riesgo para la seguridad y salud del personal y/o de terceras personas, y asegure asimismo, la eficacia en el servicio.
Mediante la regulación de esta situación, se compatibilizarán los derechos del personal afectado por la situación especial de segunda actividad con las necesidades y disponibilidades de la Corporación.
Segunda.Ámbito personal y requisitos.
La segunda actividad está dirigida al personal que ostenta la condición de laboral fijo o funcionario de carrera de la Diputación Provincial de Sevilla. El acceso a las plazas y puestos objeto de la presente convocatoria no podrá suponer, en ningún caso, promoción profesional.
Para acceder al proceso de cobertura por el procedimiento de segunda actividad deberán cumplirse los siguientes requisitos:
aOstentar la condición de personal laboral fijo o funcionario de carrera de la Diputación Provincial de Sevilla.
bAcreditar una disminución de sus aptitudes psicofísicas que le impida desempeñar las funciones propias de su puesto de trabajo, mediante la documentación que sea aportada voluntariamente por el interesado, que podrá incluir en su caso, la aportación del certificado de discapacidad emitido por los organismos oficiales que acreditan dicha condición.
Tercera.Presentación de solicitudes.
El acceso a este procedimiento será previa solicitud específica Anexo II de la persona interesada, con indicación del cumplimiento de los requisitos y plazas y puestos a los que se opta según Anexo I, acreditando la situación de disminución de la capacidad psicofísica para el desempeño de las funciones de su categoría profesional con la documentación en que fundamente su pretensión.
Anexo I https portal.dipusevilla.es/vfirma/code/44vGxhTO/D+nxUm0nVTNxw==.
Anexo IIhttps portal.dipusevilla.es/vfirma/code/aPqdDhrX56IKZxmcUcQjA==.
Las solicitudes específicas Anexo II estarán disponibles en la Sede Electrónica icono Segunda actividad, así como en formato papel en el Registro General y en el Registro del Servicio de Prevención y Salud Laboral del Área del Empleado Público.
La presentación deberá realizarse en Registro del Servicio de Prevención y Salud Laboral del Área del Empleado Público, habilitado al efecto, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia, sin perjuicio de su publicación asimismo en la Sede Electrónica y en el e-tablón de la web corporativa www.sedeelectronicadipusevilla.es, www.dipusevilla.es/e-tablón.
En la solicitud el personal interesado podrá optar por más de uno de las plazas y puestos señalados correspondiente a su grupo profesional o inferior, indicando orden de preferencia que será valorado, teniendo en cuenta el número limitado de plazas y puestos existentes y el dictamen realizado por el Servicio de Prevención y Salud Laboral.
En caso de elección de más de una opción por orden de preferencia, el solicitante no podrá renunciar a la ocupación de la plaza y el puesto asignado, siempre que éste se encuentre entre algunos de los seleccionados en la solicitud del interesado/a.
Cuarta.Admisión de personas aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Diputado-Delegado dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas.
Al objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de las citadas listas, las personas solicitantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación correspondiente.
Dicha notificación se practicará de manera individual, al tratarse de datos especialmente protegidos según disponen los artículos 9 de la L.O. 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y del Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 19/7/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha19/07/2021

Nro. de páginas82

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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