Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 24/2/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Miércoles 24 de febrero de 2021

Número 45

JUNTA DE ANDALUCÍA

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades
Delegación Territorial en Sevilla Convenio o acuerdo: Ayuntamiento de Utrera personal laboral.
Expediente: 41/01/0093/2020.
Fecha: 29/01/2021.
Anuncio: Resolución de inscripción y publicación.
Destinatario: José Luis López Rodríguez.
Código: 41000432011988.
Visto el acuerdo de modificación del Convenio Colectivo del Excelentísimo Ayuntamiento de Utrera Código 41000432011988, suscrito por los sujetos negociadores legitimados a tal efecto.
Visto lo dispuesto en el art. 90.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre E.T., por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores Boletín Oficial del Estado 255, de 24 de octubre de 2015, de acuerdo con el cual los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral, a los solos efectos de su registro.
Visto lo dispuesto en los artículos 2, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo Boletín Oficial del Estado 143, de 12 de junio de 2010, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, serán objeto de inscripción en los registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de las autoridades laborales los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, sus revisiones, modificaciones y/o prórrogas, acuerdos de comisiones paritarias, acuerdos de adhesión a un convenio en vigor, acuerdos de planes de igualdad y otros.
Visto lo dispuesto en los artículos 3, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo Boletín Oficial del Estado n.º 143 de 12
de junio, Real Decreto 4043/82 de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo, Decreto 32/2019, de 5 de febrero y Decreto 26/2020, de 24 de febrero, que regulan la organización territorial provincial de la administración de la Junta de Andalucía, modificando el Decreto 342/2012 de 31 de julio. Es competencia de esta Delegación Territorial dictar la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el Decreto del Presidente 2/2019 de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, modificado por Decreto 6/2019 de 11 de febrero, en relación con el Decreto 100/2019 de 12 de febrero que regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo Boletín Oficial de la Junta de Andalucía n.º 31, de 14 de febrero de 2019, modificado por Decreto 115/2020 de 8 de septiembre Boletín Oficial de la Junta de Andalucía n.º 55, de 10 de septiembre de 2020.
Esta Delegación Territorial acuerda:
Primero.Registrar y ordenar el acuerdo de modificación del Convenio Colectivo del Excelentísimo Ayuntamiento de Utrera Código 41000432011988, suscrito por los sujetos negociadores legitimados a tal efecto.
Segundo.Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la provincia.
Sevilla a 29 de enero de 2021.La Delegada Territorial, María Mar Rull Fernández.
ACUERDO COMISIÓN NEGOCIADORA CONVENIO COLECTIVO

Modificación convenio colectivo personal laboral Ayuntamiento de Utrera.
El Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria de 25 de junio de 2020 aprobó la modificación del Convenio Colectivo del personal laboral del Excmo. Ayuntamiento con el siguiente texto:
Primero.
ACrear un capítulo Segundo en la Sección Primera del Convenio Colectivo que se denomine Organización del Personal abarcando a los artículos 11 a 14 del Convenio.
B Crear un Capítulo Quinto denominado Condiciones Sociales que abarca a los artículos 31 a 39.
CRedenominar los capítulos decimocuarto Productividad como decimotercero y el decimoquinto Publicidad como decimocuarto.
Segundo.Modificar el artículo 24 en sus apartados e, y n del Convenio Colectivo del Personal Laboral del Excmo. Ayuntamiento de Utrera con la siguiente redacción:
e Por lactancia de un hijo menor de dieciséis meses tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo que podrá dividir en dos fracciones. Este derecho podrá sustituirse por una reducción de la jornada normal en media hora al inicio y al final de la jornada, o en una hora al inicio o al final de la jornada, con la misma finalidad. El permiso contemplado en este apartado constituye un derecho individual de los empleados, sin que pueda transferirse su ejercicio al otro progenitor, adoptante, guardador o acogedor. Se podrá solicitar la sustitución del tiempo de lactancia por un permiso retribuido que acumule en jornadas completas el tiempo correspondiente.
Esta modalidad se podrá disfrutar únicamente a partir de la finalización del permiso por nacimiento, adopción, guarda, acogimiento o del progenitor diferente de la madre biológica respectivo, o una vez que, desde el nacimiento del menor, haya transcurrido un tiempo equivalente al que comprenden los citados permisos. Este permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiple. Con objeto de organizar las unidades y la prestación del servicio a la ciudadanía, en el primer mes del inicio del descanso por maternidad deberá el empleado o empleada comunicar la acumulación en jornadas completas, y antes de la incorporación deberá comunicar la forma de disfrute en reducción de jornada, si ésta es la forma de disfrute de la lactancia.
n Una vez agotado el permiso de paternidad por el nacimiento, guarda con fines de adopción o acogimiento, o adopción de un hijo o hija, los empleados cuyo puesto esté incluido en la Relación de Puestos de Trabajo al servicio de este Ayuntamiento o mantenga un contrato de relevo dispondrá de un permiso adicional retribuido con una duración que, sumada a la del permiso de paternidad regulado en la legislación básica estatal, alcance un período de descanso total de veinte semanas, o de las que corresponda en caso de discapacidad del hijo o hija y por cada hijo o hija a partir del segundo en caso de parto, adopción o acogimiento múltiples.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 24/2/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha24/02/2021

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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