Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 26/3/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Jueves 26 de marzo de 2020

Número 71

JUNTA DE ANDALUCÍA

Consejería de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad
Delegación Territorial en Sevilla Convenio o acuerdo: Agencias de transportes-operadores de transportes Expediente: 41/01/0193/2019.
Fecha: 28 de octubre de 2019.
Asunto: Resolución de inscripción y publicación.
Destinatario: José Alberto Jiménez Ruiz.
Código 41000055011981.
Visto el Convenio Colectivo del Sector Agencias de Transportes-Operadores de Transportes de Sevilla, Código 41000055011981, suscrito por la Patronal Asatrans y las Centrales Sindicales CC.OO. y UGT, con vigencia desde el 1 de enero de 2019 a 31 de diciembre de 2022.
Visto lo dispuesto en el art. 90.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre E.T., por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores Boletín Oficial del Estado núm. 255, de 24 de octubre 2015, de acuerdo con el cual, los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral, a los solos efectos de su registro.
Visto lo dispuesto en los arts. 2, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo Boletín Oficial del Estado núm. 143, de 12 de junio de 2010, sobre registro y depósitos de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo, serán objeto de inscripción en los Registros de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo de las autoridades laborales los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, sus revisiones, modificaciones y/o prórrogas, acuerdos de comisiones paritarias, acuerdos de adhesión a un convenio en vigor, acuerdos de Planes de Igualdad y otros.
Visto lo dispuesto en los artículos 3, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo Boletín Oficial del Estado núm. 143, de 12 de junio, Real Decreto 4043/82 de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo y el Decreto 32/2019, de 5 de febrero, que regula la organización territorial provincial de la administración de la Junta de Andalucía, que modifica el Decreto 342/2012 de 31 de julio. Es competencia de esta Delegación Territorial dictar la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en el Decreto del Presidente 2/2019 de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, modificado por Decreto 6/2019 de 11 de febrero, en relación con el Decreto 100/2019 de 12 de febrero que regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 31, de 14 de febrero de 2019.
Esta Delegación Territorial acuerda:
Primero. Registrar y ordenar el depósito del Convenio Colectivo del Sector Agencias de Transportes-Operadores de Transportes de Sevilla, código 41000055011981, suscrito por la Patronal Asatrans y las Centrales Sindicales CC.OO. y UGT, con vigencia desde el 1 de enero de 2019 a 31 de diciembre de 2022.
Segundo.- Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la provincia.
En Sevilla a 28 de octubre de 2019.La Delegada Territorial, María Mar Rull Fernández.
TEXTO ARTICULADO DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL PARA EL SECTOR DE AGENCIAS DE TRANSPORTES OPERADORES DE TRANSPORTES DE SEVILLA

Capítulo I. Disposiciones generales Artículo 1º.
Las Organizaciones firmantes, Asatrans en representación de los empresarios y CC.OO. y UGT en representación de los trabajadores, se reconocen mutuamente capacidad y legitimación suficientes para negociar el presente Convenio.
Artículo 2.ºÁmbito funcional.
El presente Convenio será de aplicación a las empresas y cooperativas con trabajadores por cuenta ajena dedicadas a la actividad de Agencia de Transportes de Mercancías-Operadores de Transportes.
Artículo 3.ºÁmbito territorial.
Será de obligada observación para las empresas y sus trabajadores comprendidos en el ámbito funcional, que tengan su centro de trabajo en la provincia de Sevilla.
Artículo 4.ºÁmbito personal.
Quedan comprendidos en este Convenio todos los trabajadores de las empresas incluidas en los ámbitos funcional y territorial con la única excepción de los supuestos comprendidos en el número 3 del artículo 1º de los Estatutos de los Trabajadores.
Artículo 5.ºÁmbito temporal.
La duración del presente Convenio será de cuatro 4, desde el día 1 de enero de 2019, hasta el 31 de diciembre del año 2022, con independencia de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Se entenderá prorrogado tácitamente por un año más, si al menos con un mes de antelación al día de su vencimiento, no ha sido denunciado por alguna de las partes. Una vez denunciado el convenio anterior, las partes deberán constituir la comisión negociadora en el plazo de 1 mes a partir de la comunicación de constituir la mesa negociadora, iniciándose la negociación en un plazo de 15 días desde su constitución.
Artículo 6.ºAbsorción y compensación.
Las condiciones fijadas en este Convenio sustituirán, absorberán y compensarán todas las que en la actualidad se hallen existentes. Para aplicar las expresadas absorciones se estimarán las condiciones en su conjunto y cómputo anual para cada categoría y productor.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 26/3/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha26/03/2020

Nro. de páginas38

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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