Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 17/6/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 138

Lunes 17 de junio de 2019

Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración Municipal, en su caso, dentro del plazo de 5 días naturales desde dicha publicación, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carece de algunos de los requisitos exigidos, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Decimocuarta.Funcionamiento de la bolsa de trabajo.
Se entiende por bolsa de trabajo un sistema para la cobertura de las necesidades temporales de personal.
Los aspirantes que superen el correspondiente procedimiento de baremación integrarán la bolsa y figurarán por orden de preferencia en el llamamiento, orden que vendrá establecido en función de la puntuación obtenida en el proceso de baremación.
De cada aspirante se consignará su nombre, apellido y puntuación obtenida.
En ningún caso la mera pertenencia a la bolsa implicará derecho alguno a obtener nombramiento o contrato laboral, garantizándose unicamente que, cuando el Ayuntamiento de Villamanrique de la Condesa considere conveniente su utilización por los motivos que fuere, se respetará el procedimiento de llamamiento regulado en estas bases.
Las personas que superen el proceso de selección serán incluidas en una bolsa de trabajo para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir nuevas demandas de usuarios, y vacantes temporalmente debidas a vacaciones, bajas por enfermedad, maternidad, etc, ordenadas según la puntuación obtenida.
El integrante de la bolsa que obtenga un contrato de trabajo causará baja en la bolsa, y una vez que finalice su contrato de trabajo con el Ayuntamiento volverá a causar alta en la bolsa de empleo en el puesto de la misma que le corresponda en relación con los puntos obtenidos.
Vigencia y derogación:
Cualquier bolsa que se haya creado con anterioridad a esta quedará derogada desde la aprobación definitiva que se genere con esta bolsa de empleo.
Esta bolsa de empleo se mantendrá vigente en tanto no se acuerde la derogación de la misma.
Llamamiento y contratación:
A. Cuando las necesidades del servicio, así lo requieran se procederá al llamamiento de las personas que integren la lista por orden de puntuación obtenida atendiendo a los criterios de desempate establecidos a tal efecto. El llamamiento se realizará al e-mail facilitado por los interesados en su instancia, quedando registrado documentalmente con su impresión, tanto la utilización de este medio como el día y mensaje enviado, debiendo responder al mismo dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de envío, hasta las 12.00 horas.
En el supuesto de que aceptara el puesto deberá personarse en este Ayuntamiento en el antedicho plazo, aportando la documentación necesaria para la tramitación de alta y contrato de trabajo.
Si se diera la circunstancia de que la persona a quien correspondiera cubrir la vacante no aceptara el contrato en el momento del llamamiento, o no respondiera en el plazo establecido de los dos días siguientes del envío del e-mail, hasta las 12.00 horas, el mismo se ofrecerá al siguiente de la lista y el anterior quedará suspendido en dicho llamamiento durante un año, sin que se produzca un nuevo llamamiento hasta que finalice la penalización, salvo que medie causa justificada, entendiéndose por causa justificada:
1.
Incapacidad temporal, incluyéndose también la situación de suspensión del contrato por riesgo en el embarazo. En este supuesto el parte de baja o certificado médico deberá ser anterior a la fecha de llamamiento.
2.
Maternidad o paternidad, tanto por naturaleza como por adopción o acogimiento, salvo durante el periodo de descanso obligatorio en el que en todo caso, se producirá la suspensión temporal de la permanencia en la bolsa de empleo.
3. Razones de fuerza mayor apreciadas en su caso por la Administración.
4. Encontrarse en el momento del llamamiento en servicio activo en cualquier Administración Pública o empresa privada.
B. Obtenida la conformidad del interesado a quien corresponde el puesto, se procederá a su contratación laboral, dejándose constancia en el expediente de los cambios que como consecuencia del llamamiento se hayan producido en la correspondiente lista.
C. En el caso de renunciar al contrato o llamamiento, quien renuncia pasará al último puesto de la lista, salvo causa justificada, entendiéndose por causa justificada las especificadas en el apartado A anterior.
D. Cuando la persona haya renunciado tres veces a una oferta de trabajo pasará a una situación de excluido.
E. La persona encargada de estas comunicaciones dejará constancia de las mismas con indicación de fecha, hora y persona o sistema de contacto, mediante diligencia en el expediente.
F. Cualquier interesado integrante de la lista podrá consultar ésta en todo momento si bien los cambios en la misma no se notificarán personalmente.
Causas de exclusión de la bolsa de empleo:
A Por voluntad propia del solicitante.
B no haber presentado en tiempo y forma la documentación necesaria de acuerdo con estas bases.
Por C Por no cumplir los requisitos mínimos exigidos en estas bases para cada ocupación.
Decimoquinta.Incidencias.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo, que se podrá interponer en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla a partir del día siguiente al de publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la provincia artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 17/6/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha17/06/2019

Nro. de páginas68

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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