Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 12/4/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Viernes 12 de abril de 2019

Número 85

JUNTA DE ANDALUCÍA

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad
Delegación Territorial en Sevilla Convenio o acuerdo: Comercio del automóvil, caravanas, motocicletas, bicicletas y sus accesorios.
Expediente: 41/01/0022/2019.
Fecha: 12 de marzo de 2019.
Asunto: Resolución de inscripción y publicación.
Destinatario: Francisco Javier Moreno Muruve.
Código: 41000815011981.
Visto el Convenio Colectivo del sector comercio del automóvil, caravanas, motocicletas, bicicletas y sus accesorios de la provincia de Sevilla código 41000815011981, suscrito por la patronal Fedeme y las centrales sindicales CCOO y UGT, con vigencia desde el 1 de enero de 2018 a 31 de diciembre de 2019.
Visto lo dispuesto en el art. 90.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre E.T., por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores Boletín Oficial del Estado núm. 255, de 24 de octubre de 2015, de acuerdo con el cual, los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral, a los solos efectos de su registro.
Visto lo dispuesto en los arts. 2, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo Boletín Oficial del Estado núm. 143, de 12 de junio de 2010, sobre registro y depósitos de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, serán objeto de inscripción en los registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de las autoridades laborales, los convenios elaborados conforme a lo establecido en el título III del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, sus revisiones, modificaciones y/o prórrogas, acuerdos de comisiones paritarias, acuerdos de adhesión a un convenio en vigor, acuerdos de planes de igualdad y otros.
Visto lo dispuesto en los artículos 3, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo Boletín Oficial del Estado núm. 143, de 12 de junio, Real Decreto 4043/82, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo y el Decreto 32/2019, de 5 de febrero, que regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía. Es competencia de esta Delegación Territorial dictar la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en el Decreto del Presidente de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, modificado por Decreto 6/2019, de 11 de febrero, en relación con el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, que regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 31, de 14 de febrero de 2019.
Esta Delegación Territorial acuerda:
Primero.Registrar y ordenar el depósito del Convenio Colectivo del comercio del automóvil, caravanas, motocicletas, bicicletas y sus accesorios de la provincia de Sevilla código 41000815011981, suscrito por la patronal Fedeme y las centrales sindicales CCOO y UGT, con vigencia desde el 1 de enero de 2018 a 31 de diciembre de 2019.
Segundo.Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la provincia.
En Sevilla a 12 de marzo de 2019.El Delegado Territorial, Francisco Javier Loscertales Fernández.
TEXTO DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE TRABAJO DE COMERCIO DEL AUTOMÓVIL, CARAVANAS, MOTOCICLETAS, BICICLETAS Y SUS ACCESORIOS DE SEVILLA

Capítulo I
Disposiciones generales Artículo 1.ºÁmbito funcional.
El presente Convenio será de aplicación para todas las empresas del sector de comercio del automóvil, caravanas, motocicletas, bicicletas y sus accesorios.
Artículo 2.ºÁmbito personal.
Quedan comprendidos en este Convenio todos los trabajadores y trabajadoras de las empresas incluidas en su ámbito funcional, con excepción de lo establecido en el art. 1 apartado 3, del Estatuto de los Trabajadores.
Artículo 3.ºÁmbito territorial.
Las disposiciones del presente Convenio regirán en Sevilla y su provincia.
Artículo 4.ºDuración y vigencia.
La duración del presente Convenio será de dos años, desde el 1 de enero de 2018 al 31 de diciembre del 2019.
Artículo 5.ºPrórroga.
El Convenio se considerará prorrogado por años sucesivos una vez llegada la fecha de su vencimiento, a no ser que cualquiera de las partes lo denuncie con al menos dos meses de antelación a la fecha de expiración del período de vigencia o de cualquiera de sus prórrogas. La denuncia deberá de efectuarse por escrito.
Una vez efectuada la denuncia, la Comisión Negociadora se constituirá en el plazo máximo de 30 días. Las partes firmantes establecerán un plan o calendario de negociación.
Artículo 6.ºNormas subsidiarias.
Para todo lo no previsto en el presente Convenio, se estará a lo establecido en la legislación vigente en cada momento.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 12/4/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha12/04/2019

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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