Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 6/4/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Sábado 6 de abril de 2019

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 8037

Artículo 58.Permuta de la sanción económica por servicios comunitarios.
La sanción económica, al margen de la reposición de la situación alterada, podrá sustituirse por un servicio comunitario proporcional y mínimamente vinculado al tipo de infracción si así lo aceptan tanto la parte sancionadora como la infractora.
Artículo 59.Medidas adicionales que podrán adoptarse en caso de infracción.
Con independencia de las sanciones a que pudiera haber lugar, podrán adoptarse las siguientes medidas:
a a persona infractora tendrá la obligación de reparar el daño ocasionado, de acuerdo a los criterios que marque la Oficina L
de Parques y Jardines. Asimismo, la Administración Municipal podrá subsidiariamente proceder a la reparación a costa de la persona obligada.

Para la valoración de las indemnizaciones se adoptará la Norma de Granada como marco de referencia.
b caso de incumplimiento de las condiciones de ejecución de los distintos trabajos relativos a instalación de protecciones, En limpieza y cuidado de los elementos arbóreos, podrá decidirse la realización de los mismos de forma subsidiaria por parte de los servicios municipales, corriendo a cargo de las personas infractoras el importe de dicho trabajo.
c en el curso de las inspecciones que los servicios técnicos de la Delegación de Parques y Jardines realicen durante el Si desarrollo de las actuaciones o trabajos que afecten al arbolado, se observase el incumplimiento de los establecido en esta Ordenanza, podrá adoptarse como medida cautelar la paralización de las actividades previa a la tramitación del correspondiente expediente sancionador.
d incumplimiento de las condiciones de licencia podrá conllevar la revocación de la misma, de acuerdo con los procediEl mientos de revisión de los actos administrativos.
e Cuando las actividades a realizar afecten a un elemento arbóreo y puedan constituir un peligro potencial para éste, se podrá exigir el depósito de una fianza específica que garantice la cobertura de los posibles perjuicios.
Disposición adicional única.
En cualquier caso, y siempre que los servicios técnicos municipales de la Oficina de Parques y Jardines no determinen lo contrario, serán de obligado cumplimiento las directrices y normas establecidas en las Normas Tecnológicas de Jardinería y Paisajismo publicadas por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas de Cataluña.
Disposición transitoria única.
La presente norma no será aplicable a aquel arbolado viario ya existente que no se ajuste o contravenga lo dispuesto en la presente Ordenanza. Una vez realizadas remodelaciones totales o parciales del viario urbano donde éstos se ubiquen, los nuevos marcos de plantación deberán quedar circunscritos al sentido de esta Ordenanza.
La creación de nuevas zonas verdes o la instalación de arbolado viario en vías de reciente edificación, planificación urbanística o construcción deberán ajustarse según lo dispuesto en esta Ordenanza.
Disposición derogatoria única.
Con la entrada en vigor de la presente Ordenanza quedan derogadas cuantas normas municipales de igual rango se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo regulado en la misma.
Disposición final única.
La presente Ordenanza entrará en vigor una vez publicado su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, y haya transcurrido el plazo de quince días hábiles previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por remisión de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la misma.
Anexo I. Modelo de aval en garantía para la protección/compensación por daños del arbolado urbano La entidad _________________________________________________ con NIF ________________________________
con domicilio a efectos de notificación y requerimientos en________________________________________________________
C.P. _________________________ y en su nombre ___________________________, con NIF _________________________con poderes suficientes para obligarle en este acto según resulta del bastanteo de poderes que consta en la parte inferior de este documento 1.
Avala A: _________________________________________________ con NIF _______________________________ en virtud de lo dispuesto en la Ordenanza municipal para la gestión y protección del arbolado urbano en Utrera, ante el Ayuntamiento de Utrera, para responder de las obligaciones siguientes: compensación por los daños causados en el arbolado urbano como consecuencia de una protección ineficaz o insuficiente al comienzo de las obras realizadas en ______________________________ tal y como recoge el expediente __________________________ realizado por la Oficina de Parques y Jardines, por importe de ________ euros €.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y división y con compromiso de pago en caso de negligencia o incumplimiento de lo dispuesto en el Título IV de la presente Ordenanza de las cantidades garantizadas al primer requerimiento que a tal efecto se le haga por parte del Ayuntamiento de Utrera. La Entidad Avalista queda enterada de que, en caso de impago del importe afianzado dentro del plazo indicado, se seguirá contra la misma la vía de apremio para su cobro.
El presente aval tendrá una duración indefinida, permaneciendo vigente hasta que el Ayuntamiento de Utrera, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la normativa reguladora.
Este aval ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro con el núm. _______________________________
Lugar y fecha Razón social de entidad Firma de los/las apoderados/as Sello de la entidad avalista 1 erificación de la representación por: Asesoría Jurídica de la Abogacía del Estado/Asesoría Jurídica Comunidad Autónoma/ Ayuntamiento V
de Utrera/Notaría.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 6/4/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha06/04/2019

Nro. de páginas38

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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