Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 1/3/2000

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 49

Artículo 35. Acoplamiento transitorio de embarazada.
Previo informe médico que así lo aconseje, las trabajadoras embarazadas, entanto dure su situación, pueden ser eximidas de aquellas tareas que puedan afectar a su estado, acoplándose transitoriamente a otras funciones acordes con el mismo.
Artículo 36. Uniforme de Trabajo.
El Ayuntamiento, en cumplimiento de la Ordenanza de Seguridad e Higiene en el Trabajo, proveerá anualmente, a aquellos trabajadores que lo requieran, de al menos un equipo individual de trabajo, cuyo uso será obligatorio.
Del mismo modo se dotará a la Policía Local de los uniformes previstos en la legislación vigente, de invierno y de verano.
Artículo 37. Enfermedad, accidentes y jubilaciones.
Dentro de los tres primeros días siguientes de no asistencia al trabajo por motivos de enfermedad o accidente laboral, se presentará en el Registro General el correspondiente parte de baja médica, y semanalmente los oportunos partes de confirmación de baja.
El parte de alta laboral se presentará en el Registro General, el día de su incorporación al trabajo.
Los funcionarios al servicio del Ayuntamiento, desde el primer día de I.L.T. provocada por enfermedad común o accidente de trabajo, percibirán el 100% de las retribuciones reales.
A propuesta de la Comisión Paritaria, si la I.L.T. anterior se prolongase más de seis meses continuados, el Ayuntamiento continuará pagando el 100% de la nómina al funcionario, y hasta 18 meses, después de lo cual pasaría por una revisión médica para determinar su situación.
Cuando se inicie un expediente de jubilación por invalidez o disminución de las facultades físicas o psíquicas, bien a petición del interesado o por parte del Ayuntamiento, el funcionario percibirá, hasta que finalice el proceso, el 100% de sus retribuciones.

Miércoles 1 de marzo de 2000

Capítulo VI: Acción Sindical Artículo 38. Acción Sindical.
El ejercicio de la acción sindical en el Ayuntamiento de Villamanrique de la Condesa se reconoce y ampara en el marco del pleno de los derechos y libertades que la Constitución garantiza, y en la legislación vigente.
Ningún funcionario podrá ser despedido, sancionado o discriminado en razón de su afiliación política o social.
Anexo I
Complemento específico año 2000
Secretaria-Interventora 1.260.135 + 2% = 1.285.338
AdministrativosAdscritosaSecretaria 850.054 + 2% = 867.055
CabodelaPolicíaLocal 1.326.254 + 2% = 1.352.779
PolicíasLocales 1.142.986 + 2% = 1.165.846
OperarioEspecializado 940.257 + 2% = 959.062
OperarioServiciosMúltiples 572.078+ 2% = 583.520
Anexo II
Complemento específico año 2001
Secretaria-Interventora 1.677.753
Administrativos Adscritos a Secretaria 1.215.461
Cabo de la Policía Local 1.627.788
Policías Locales 1.434.776
Operario Especializado 1.445.071
Operario Servicios Múltiples 741.442

Al 1 de enero del año 2001, se habrá de tener en cuenta la subida que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para dicho año, debiéndose de tener en cuenta dicha cantidad en las cantidades anteriormente reseñadas.
En Villamanrique de la Condesa a 10 de enero de 2000.Por el Ayuntamiento, don Francisco Díaz Morillo, Alcalde-Constitucional.Por los funcionarios, don Manuel Álvarez Herrera, Representante Sindical U.G.T./F.S.P.
11-N. 1392

Las Leyes entrarán en vigor a los veinte días de su completa publicación en el Boletín Oficial del Estado, si en ellas no se dispone otra cosa art. 2, número 1, del Código Civil.
La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento art. 6, número 1, del mismo Código.
Inmediatamente que los señores Alcaldes y Secretarios reciban este Boletín, dispondrán que se deje un ejemplar en el sitio de costumbre, donde permanecerá hasta el recibo del siguiente.
No se publicará en este periódico ningún edicto o disposición oficial que no esté autorizado por la Delegación del Gobierno.

PRECIOS
Pesetas
Euros
7.600

45,68

13.500

81,14

Número suelto
155

0,94

Número atrasado
155

0,94

Suscripción al semestre Suscripción al año
La correspondencia relativa a los aspectos administrativos y económicos se dirigirá a la Administración del Boletín Oficial de la provincia, Imprenta Provincial, Ctra.
Isla Menor, s/n Bellavista, 41014 Sevilla. Teléfonos: 954
69 21 08 / 22 08. Fax: 954 68 06 49. E-mail: bop@dipusevilla.es.
Diputación Provincial - Imprenta
Exp. B0004900SP

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 1/3/2000

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha01/03/2000

Nro. de páginas96

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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