Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 5/9/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Septiembre, 07 de 2020.-

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Boletín Oficial Nº 107

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 11 de Agosto de 2020.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO
07 SEPT. LIQ. Nº 21044 $592,00.Declaración Jurada sobre Prohibiciones e Incompatibilidades para ser Director-Ley General de Sociedades N 19.550.- Identificación de los Sujetos Obligados.- Quien suscribe RODOLFO
ARMANDO VARGAS, D.N.I. 31.318.924, CUIT 20-31318924-5, domicilio en calle Uruguay S/N, Departamento de Humahuaca-Provincia de Jujuy, declara bajo juramento que los datos consignados en la presente son correctos, completos y fiel expresión de la verdad, y que NO se encuentra incluido y/o alcanzado por las prohibiciones e incompatibilidades para ser Director conforme los artículos 157 y 264 de la Ley General de Sociedades N 19.550.- Asimismo en este mismo acto acepta formalmente el cargo de Gerente y Titular del órgano de administración conforme lo establecido en Cláusula Décimo Segunda del Contrato de Industria Constructora Mining S.R.L. San Salvador de Jujuy, a los días del mes de del 2020.- ACT. NOT. Nº B
00528984, ESC. CLAUDIA VIVIANA YURQUINA-TIT. REG. Nº 86- S.S. DE JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 11 de Agosto de 2020.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO
07 SEPT. LIQ. Nº 21045 $390,00.Declaración Jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente PEP.-Resolución U.I.F. 32/2011.- Identificación de los Sujetos Obligados.- Quienes suscriben, RODOLFO
ARMANDO VARGAS, D.N.I. 31.318.924, CUIT 20-31318924-5, domicilio en calle Uruguay S/N, Departamento de Humahuaca-Provincia de Jujuy, y ORLANDO JESUS FABIO
VARGAS, D.N.I. 42.954.689, CUIT 20-42954689-4, domicilio en calle Juan Bautista S/N, del Barrio Alto Independencia, Departamento de Humahuaca-Provincia de Jujuy, declaran bajo juramento que los datos consignados en la presente son correctos, completos y fiel expresión de la verdad, y que NO se encuentran incluidos y/o alcanzados dentro de la Nomina de Funciones de Personas Expuestas Políticamente aprobada por la unidad de Información Financiera, Resolución 11/2011.- Por la presente convienen asimismo constituir sede social de Industria Constructora Mining S.R.L. en calle Uruguay N 130 del B Santa Rita-Departamento de Humahuaca-Provincia de Jujuy, Código Postal 4630.- Informan asimismo Domicilio Electrónico: RODOLFO ARMANDO VARGAS: industriaconstructoravargas@gmail.com.ORLANDO JESUS FABIO VARGAS: industriaconstructoraproyectos@gmail.com.- San Salvador de Jujuy, 05 días del mes de Octubre de 2019.- ACT. NOT. Nº B 00528984, ESC.
CLAUDIA VIVIANA YURQUINA-TIT. REG. Nº 86- S.S. DE JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 11 de Agosto de 2020.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO
07 SEPT. LIQ. Nº 21045 $390,00.-

EDICTOS DE NOTIFICACION

La Dra. Elba Rita Cabezas-Vocal Habilitadade la Cámara en lo Civil y Comercial, Sala I, Vocalía Nº 2, en el Expte. BNº 286406/12 caratulado: Ordinario por Cobro de Pesos:
TARJETA NARANJA S.A. c/ MAIZARES PABLO FERNANDO.- Hace saber que se ha dictado el siguiente Proveído: San Salvador de Jujuy, 14 de Febrero de 2.013.- Téngase por presentado al Dr. Arturo A. Pfister h, por constituido domicilio legal, en nombre y representación de TARJETA NARANJA S. A., a mérito de la copia de Poder General que adjunta a fojas 02/03/04 en autos de la demanda Ordinaria por cobro de pesos incoada en contra de PABLO FERNANDO MAIZARES, córrase traslado con las copias respectivas y en el domicilio denunciado para que la conteste en el término de quince días, bajo apercibimiento de tenerlos por contestada en los términos del Art. 298 del C.P. Civil.- En igual plazo intímeselos a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres kms. del asiento de esta Sala I, bajo apercibimiento de mandarse a notificar en lo sucesivo por Ministerio de ley Art. 52 C. P.
Civil.- Notifíquese por cédula.-Fdo. Dr. Víctor FarfánVocal HabilitadoAnte mi: Dra.
Claudia CuevasProsecretaria.- Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 04 de Septiembre del 2019.04/07/09 SEPT. LIQ. N 21061 $801,00.Dr. Enrique R. Mateo, Vocal de la Sala Segunda de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y Presidente de trámite en el Expte. N C-109774/2018 caratulado: Cobro de Pesos por Servicios/Tarjetas de Crédito: LIMPIEZA URBANA S.A. LIMSA c/
CAMPOFER S.A., notifica a CAMPOFER S.A., que se ha dictado la siguiente Providencia:
Decreto de Fs. 23: San Salvador de Jujuy, 12 de Abril de 2016.- Téngase por presentado al Dr.
Diego Eduardo Chacón en nombre y representación de LIMPIEZA URBANA S.A. por parte y por constituido domicilio legal.- De la demanda ordinaria por cobro de pesos, córrase traslado al accionado, CAMPOFER S.A., en el domicilio denunciado, y con las copias respectivas para que la conteste dentro del término de quince días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente providencia, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho a contestar si así no lo hiciera art. 298 C.P.C..- Intímase al accionado para que dentro del plazo señalado, constituya domicilio legal dentro del radio de Asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle las resoluciones posteriores por Ministerio de Ley. Notificaciones en Secretaría Martes y Jueves o el siguiente día hábil, si alguno de ellos fuere feriado.- Actuando en autos, el principio contenido en el art. 72 del C.P.C., impóngase a la demandante la carga de
confeccionar la cédula de notificación correspondiente para su posterior control y firma del Tribunal, la que deberá presentarse en Secretaría de esta Sala. Atento a lo informado por el Actuario, intímase al Dr. Diego Eduardo Chacón, a acreditar en el término de cinco días de notificados, el pago del aporte inicial, estampilla profesional, estampilla previsional y tasa de justicia bajo apercibimiento de aplicar las sanciones disciplinarias dispuestas en la resolución dictada por el S.T.J., en fecha 8 de mayo de 1995 y lo que dispone el art. 19 de la L.O.P.J.
Notifíquese por cédula. Fdo. Enrique R. Mateo-Juez, ante mi Dr. Néstor A. De DiegoSecretario.- Decreto de Fs. 65: San Salvador de Jujuy, 12 de junio de 2020. I.- Téngase presente la ampliación de demanda incoada, cúmplase con la notificación ordenada a fs. 23 de autos.- II.- Atento a las constancias de autos y lo solicitado en el punto 3.2., como se pide, publíquense edictos a los efectos de notificar al accionado de la presente y la providencia de fs.
23. III.- Actuando en autos el principio contenido en el Art. 72 del C.P.C., impónese a la parte interesada, la carga de confeccionar la diligencia correspondiente a los fines de la notificación a la demandada para su posterior control y firma por parte del Tribunal, la que deberá presentarse en Secretaría de esta Sala. IV.- Atento lo solicitado en el punto 3.2., como se pide, publíquense edictos a los efectos de notificar al accionado de la demanda y su ampliación.- V.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Enrique R. MateoJuezAnte mí: Dra. Marcela VilteSecretaria.Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días, haciéndose saber que se tendrá por notificado desde la última publicación de los mismos art.
162 del C.P.C..- San Salvador de Jujuy, 11 de Agosto de 2020.07/09/11 SEPT. LIQ. Nº 21079 $801,00.Dr. Juan Pablo CalderónJuez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N Uno, Secretaría N Uno, en los autos caratulados C-133932/19: Ejecutivo: LICANTICA VALENTINA c/
GARECA MARTA BELEN DEL CARMEN, se hace saber la siguiente resolución que ha continuación se transcribe: S.S. de Jujuy, 19 de Agosto de 2020 Autos y Vistos:ConsiderandoResuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por LICANTICA VALENTINA en contra de GARECA MARTA BELEN DEL CARMEN hasta hacerse del integro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Ciento Ochenta Mil $180.000,00 con más el interés a la tasa activa desde la mora 20/03/19 y hasta el efectivo pago, conforme a la doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº 235 en Expte. Nº 7096/09, caratulado: Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B-145731/05 Sala I del Tribunal del Trabajo, Indemnización por Despido Incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro.- II.Diferir la regulación de honorarios de la letrada interviniente hasta tanto se apruebe la planilla de liquidación presentada debiendo practicarse conforme las pautas establecidas en la sentencia.- III.- Impónese las costas a la parte vencida Art. 102 del C.P.C..- IV.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- V.- Firme la presente por Secretaria incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- VI.- Registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula, a la parte por edictos y en lo sucesivo por Ministerio Ley.- Fdo. Dr. Juan Pablo CalderónJuezAnte mi Dra. Amelia del Valle FarfánSecretaria.- A tales efectos publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.- Secretaria N 1: 19 de Agosto del 2020.- Dra. Amelia del Valle Farfán-Secretaria.07/09/11 SEPT. LIQ. Nº 21090 $801,00.De Acuerdo a la Resolución N 153-SBDS/2020-Ref. Expte. N 1102-444-2018.- La SRA.
MARÍA DORA BERNIS, pone a disposición de los interesados y la sociedad en general, el Plan Forestal de Manejo Sustentable, PMFS y su Estudio de Impacto Ambiental, según resolución 153 /2020 de la SBDS del Ministerio de Ambiente de la Provincia. El mismos describe todos los aspectos atientes a su línea de base ambiental, funcionamiento, aspectos ambientales y gestión de bosques denomina categoría F y SPII, de su plan de ordenamiento predial, abarcando unas 1800 has de la propiedad. Este plan se implementa dentro de un esquema de desarrollo predial y forestales ubicado, en Finca Sauzalito, padrón F- 294 y F293, y cuyo titular es María Dora Bernis de Fernández, DNI 6.492.761, domiciliado en la Localidad San Salvador de Jujuy. El número de expediente según se tramita esta factibilidad ambiental es 1102 444 2018.- El Estudio de Impacto Ambiental se encuentra a disposición del público en general, en dichas oficinas centrales, sita en calle República de Siria N 149 de la ciudad de San Salvador de Jujuy para su consulta.- Publíquese en el Boletín Oficial por tres veces en cinco días.- Fdo. María Dora Bernis de Fernández.07/09/11 SEPT. LIQ. Nº 21046 $1.335,00.Ponemos a disposición de los interesados y la sociedad en general, el Plan Forestal de Manejo Sustentable, PMFS y su Estudio de Impacto Ambiental, según Resolución 119/2019 de la SDS del Ministerio de Ambiente de la Provincia.- El mismo describe todos los aspectos atientes a su línea de base ambiental, funcionamiento, aspectos ambientales y gestión de bosques denomina categoría F, de su plan de ordenamiento predial, abarcando unas 1509 has de la propiedad.- Este plan se implementa dentro de un esquema de desarrollo predial y forestales ubicado, en Finca Arenal y San Antonio padrón E 440, Matricula E 20901 Parcela 42 C, y cuyo titular es Secesión Zamar, Eugenia Yunes, representante legal, DNI 92.343.116, domiciliado en la Localidad San Salvador de Jujuy.- El número de expediente según se tramita esta factibilidad ambiental es 1102 71 y 2018.- El Estudio de Impacto Ambiental se encuentra a disposición del público en general, en dichas oficinas centrales, sita en calle República de Siria N 149 de la ciudad de San Salvador de Jujuy para su consulta.- Publíquese en el Boletín Oficial por tres veces en cinco días.- Fdo. Ing. Agr. Pablo Eliano.07/09/11 SEPT. LIQ. Nº 21063 $801,00.-

EDICTOS SUCESORIOS
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6, Secretaria Nº 11, en el Expte. Nº C161714/2020 Cita y emplaza por el término de 30 días a herederos y acreedores de Doña RAINELDA DIAZ D.N.I. Nº 9.633.118. Secretaria Dra. Lucia Frías-Firma habilitada. Publíquese en el término de cinco días ART. 436 del C.P.C. San Salvador de Jujuy, 19 de Agosto de 2020.07 SEP. LIQ Nº 267,00.-

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 5/9/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha05/09/2020

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1171

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/04/2024

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