Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 21/8/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Agosto, 21 de 2020.-

Boletín Oficial Nº 100

4.-Entrevista Personal.5.-El ingreso definitivo al cargo quedara supeditado al cumplimiento de lo previsto en el art. 8 y 9, y a la presentación del Examen de Aptitud Psicofísico, el que se deberá realizar, una vez que las medidas de emergencia sanitaria dispuesta mediante Decreto Acuerdo N 696-S-20, lo permitan.
Todo ello, de conformidad a las previsiones del Reglamento de Bases de Concurso de Antecedentes y Oposición Resolución Nº 00618-S-2016 y su modificatoria resolución Nº S-2020, que establece la forma y condiciones para las diferentes instancias de selección.ARTICULO 16º.- Los agentes que hubiesen aceptado el cargo de conformidad al orden de Mérito, quedan sujetos a la asignación de las siguientes funciones:
En CAPS del AREA PROGRAMATICA Nº 2, DEPENDIENTE DEL HOSPITAL
Ing. Carlos Snopek o en los lugares a designar por las Autoridades del mismo.
Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa.
Asignadas por el jefe superior inmediato y según horarios reglamentarios para el adecuado funcionamiento de los mismos.
De docencia y de capacitación interna y externa, necesarias en el área asignada para el cumplimiento de sus funciones.
ARTICULO 17º.- Los ganadores de los cargos podrán solicitar traslado de cargo y persona o permuta luego de transcurridos 5 cinco años de su designación efectiva y siempre que las necesidades de los servicios lo permitan y no se resienta la Asistencia Sanitaria que se brinda a la Población de la Región.ARTICULO 18º.- Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, remítase las actuaciones a la Dirección Provincial de Capital Humano para su publicación integral en el BOLETIN OFICIAL y copia de la Resolución a la Secretarias de Salud, a la Secretaria de Coordinación General, a la Sub-Secretarías de Atención Prevención y Promoción de la Salud y Sub-Secretaria Operativa, a las Direcciones Provinciales de Hospitales, de A.P.S., Hospital Ing. Carlos Snopek, Asociación de Trabajadores de la Sanidad Argentina, y A.T.E. Cumplido, archívese.Dr. Gustavo Alfredo Bouhid Ministro Salud RESOLUCION Nº 001655-S/2020.EXPTE Nº 780-219/2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 AGO. 2020.VISTO:
Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de CUATRO 4 cargos de TÉCNICOS EN AGENTE SANITARIO Y PROMOTOR DE LA SALUD Agrupamiento Técnico para el Área Programática Nº XXIIHOSPITAL "SAN ISIDRO
LABRADOR" de la Localidad de MONTERRICO. Región VALLE, mediante llamado a CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN; y CONSIDERANDO:
Que, a fojas 02 obra solicitud formal de la Dirección Pcial. De Atención Primaria de la Salud;
Que, la Coordinación Recursos Humanos acredita la disponibilidad de los cargos a cubrir, Que, a los fines de la cobertura de cargos de Técnico en Agente Sanitario rigen las disposiciones establecidas por Resolución Nº 000618-S/16 y su modificatoria Resolución Nº 1211-S/2020;
Por ello;
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar a la Dirección Provincial de Capital Humano a llamar a CONCURSO ORDINARIO DE ANTECEDENTES y OPOSICION - CLASE
CERRADO de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 000618S/16, y Resolución Nº 1211-8/2020, para la cobertura de los siguientes cargos:
Área Programática Nº XXII
HOSPITAL SAN ISIDRO LABRADOR
CUATRO 4 CARGOS DE TÉCNICO EN AGENTE SANITARIO Y
PROMOTOR DE LA SALUD
CATEGORIA 10 c-4
AGRUPAMIENTO TÉCNICO
ARTICULO 2º.- Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1. Fotocopia del Titulo y Analítico de Técnico Superior en Agente Sanitario y Promotor de la Salud expedido por ente competente debidamente autorizado como Institución Formadora.
2. Fotocopia Constancia de Matricula emitida por el Ministerio de Salud 3. Fotocopia Documento Nacional de Identidad 4. Planilla Prontuarial actualizada Valide seis 6 meses desde la fecha de emisión 5. Certificado de Residencia expedido por la Policía de la Provincia de Jujuy Validez seis 6 meses desde la fecha de emisión.
6. Constancia de Cuil 7. Constancia de no poseer Sumario Administrativo expedida por la Dirección Provincial de Personal 8. Curriculum Vitae Nominal, con la Documentación Personal y de Capacitación acreditante y firmado en todas sus hojas por el postulante.
9. Acreditar antecedente de reemplazo o contrato en el cargo que se concursa en la U. de O, Para el caso de beneficiarios del Programa Hilando Redes, se deberá acreditar mediante la pertinente certificación de servicios.
10. Documentación respaldatoria que acredite fehacientemente localidad donde se concursa el cargo Factura de Servicio, Documento Nacional Identidad actualizado, etc..
ARTICULO 3.- Los requisitos previstos en el articulo 2 inc. 4 y 5, excepcionalmente y atento a la emergencia sanitaria existente, no revisten el carácter de excluyente, en la instancia de la evaluación de antecedentes. Sin perjuicio de ello, en caso de resultar ganador deberá dar cumplimiento con los mismos.-

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
773

ARTICULO 4º.- En relación a los requisitos en el artículo 2 inc, 7, excepcionalmente y atento a la emergencia sanitaria, serán gestionados ante los organismos correspondientes por la Coordinación de Recursos Humanos.ARTICULO 5º.- Se establece el siguiente cronograma:
-Apertura de Inscripción: 25 de agosto de 2020
-Cierre de Inscripción: 08 de septiembre de 2020
-Ejecución del concurso:
28 de septiembre de 2020
ARTICULO 6.- Los postulantes deberán efectuar la inscripción virtual en la página Web del Ministerio de Salud www.msaludjujuy.gov.ar en el plazo previsto en el artículo 5, en conformidad a lo dispuesto por la Resolución Nº 1211-S/2020.ARTICULO 7º.- La documentación personal, antecedentes de capacitación y laborales agregados en la inscripción virtual por el postulante, deben ser claramente legibles y no surgir dudas algunas sobre autenticidad. Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de Declaración Jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.ARTICULO 8.- El ingreso definitivo al cargo quedara supeditado a la presentación en copia certificada y actualizada de la documentación personal agregada al momento de la inscripción, en caso de que la misma no estuviera autenticada, deberá concurrir con el original para proceder a la correspondiente constatación certificación.ARTICULO 9.- La documentación requerida en el articulo anterior deberá ser presentada en el plazo previsto al momento del ofrecimiento del cargo, en el Área Administrativa de la Dirección Pcial. De Capital Humano, sito en Avda. Italia Esq.
Independencia, en el horario de 8.00 a 13.00.Vencido el plazo que se estipulare, sin haber dado cumplimiento a lo solicitado, se dispondrá el ofrecimiento del cargo al postulante que siguiere en el orden de merito.
ARTICULO 10º.- La inscripción comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, así como las condiciones y requisitos específicos que pautan el proceso en el que se inscribe ARTICULO 11º.- La inscripción conlleva la obligación para los interesados que, una vez Iniciado el tramite, deberán mantenerse informados sobre las novedades del concurso, que se publicará en la Página web www.msaludjujuy.gov.ar. Cada inscripto deberá constituir domicilio real e informar correo electrónico a efectos del proceso de selección y someterse a la modalidad de comunicación por parte de la Administración, a la que reconocer expresamente como válida a todo efecto, sin prejuicio de la publicación que se efectúa mediante las carteleras habilitadas y la Página WEB respectiva ARTÍCULO 12º.- No podrán participar del presente concurso:

Quienes tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA
PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependiente de este Ministerio.

Personal de Planta Permanente en Unidades de Organización dependientes del Ministerio de Salud.
ARTÍCULO 13º.- El Tribunal está constituido de la siguiente forma:
1.-EN REPRESENTACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD. Dirección Pcial. De Capital Humano:
TITULAR: DRA. SILVANA ORTIZ
SUPLENTE: DRA. MARIANA CRUZ
2.- EN REPRESENTACIÓN DEL HOSPITAL SAN ISIDRO LABRADOR
TITULAR: DRA. SANDRA MABEL QUINTOS
SUPLENTE: DRA. MARTA SUSANA CARDOZO
3.- EN REPRESENTACIÓN DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE A.P.S.:
TITULAR: LIC. PABLO SEBASTIÁN LUZCUBIR
SUPLENTE: LIC. HUGO JONÁS PRIETO
ARTÍCULO 14º.- Podrán participar en el proceso de selección sin voz ni voto carácter de veedor, un representante de la asociación gremial que agrupe a la especialidad concursada. La participación de los veedores no es condicionante de las reuniones que mantengan el Tribunal, quienes deberán acreditar tal condición mediante la respectiva constancia emitida por la Asociación Gremial que representa.ARTÍCULO 15º.- Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso estará conformado por las siguientes instancias:
1.- Cumplimiento de Requisitos dispuestos en el Art. 2 de la presente Resolución, con las excepciones previstas en los artículos 3 y 4.2.- Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente al cargo y función a concursar.. 3.- Evaluación Técnica.4.- Entrevista Personal.5.-El ingreso definitivo al cargo quedar supeditado al cumplimiento de lo previsto en los artículos 8 y 9 de la presente resolución, y a la presentación del Examen de Aptitud Psicofísico, el que se deberá realizar una vez que las medidas de emergencias sanitarias dispuestas por el Decreto Acuerdo N.º 696-S/2020 lo permitan.Todo ello, de conformidad a las previsiones de los Art. 22 a 50 del Reglamento de "Buses de Concurso de Antecedentes y Oposición" Resolución N 000618-S/16 que establece la forma y condiciones para las diferentes instancias de selección.ARTICULO 16º.- Los agentes que aceptar el ofrecimiento del cargo de conformidad a la orden de mérito, quedarán sujetos a la asignación de las siguientes funciones:
En CAPS y CIC del AREA PROGRAMÁTICA N 22, DEPENDIENTE DEL
HOSPITAL "SAN ISIDRO LABRADOR" o en los lugares a designar por las autoridades del mismo.

Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa.

Asignadas por el jefe superior inmediato según horarios reglamentarios para el adecuado funcionamiento de los mismos.

De docencia y capacitación interna y externa, necesarias en el área asignada para el cumplimiento de sus funciones.
ARTÍCULO 17º.- Los ganadores de los cargos podrán solicitar traslado de cargo y persona, permuta, luego de transcurridos 5 cinco años de su designación efectiva,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 21/8/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha21/08/2020

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1199

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/05/2024

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