Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 21/8/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Agosto, 21 de 2020.-

Boletín Oficial Nº 100

LEYES, DECRETOS Y RESOLUCIONES
DECRETO ACUERDO Nº 1430-G/2020.EXPTE Nº .SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 AGO. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
VISTO
EL Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N 677/2020; Decretos Acuerdo Provincial Nº 1.346-G-2020, 1347-G-2020, 1390-G-2020 normas concordantes, complementarios; y, CONSIDERANDO
Que por Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia Nº 677/2020 se prorroga hasta el día 30 de agosto de 2020 inclusive, la vigencia del Distanciamiento social, Preventivo y Obligatorio incluyendo todos los Departamentos de la Provincia de Jujuy, con excepción de Manuel Belgrano, Ledesma, El Carmen y San Pedro Artículos 2º y 3º; y el "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio Artículos 10º y 11º, que incorpora en forma taxativa a los citados Departamentos antes exceptuados de la Provincia de Jujuy, todo, protegiendo la salud publica como obligación indelegable del Estado Nacional, de acuerdo a la verificación positiva de parámetros epidemiológicos y sanitarios previstos por el Articulo 2 del citado plexo normativo.
Que, en territorio provincial, desde el Decreto Acuerdo Nº 1.346-G 2020, se sostiene Fase Uno 1 de protección, rigidez y controles, cuarentena y "Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio", Que, continua el periodo critico de protección sanitaria y seguridad de los ciudadanos, por la circulación local y propagación de virus SARS-COVID-19 coronavirus, que agrava la situación epidemiológica.
Que, existe decisión inflexible de preservar el sistema de salud público.
Por lo expuesto en uso de facultades propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA EN ACUERDO GENERAL DE
MINISTROS
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Adhiérase la Provincia de Jujuy al Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia Nº 677/2.020.ARTICULO 2º.- Dispónese que los servicios esenciales y actividades exceptuadas hasta el día 30 de agosto de 2020, serán los previstos por el Decreto Acuerdo Provincial N
1.390-G-2020, ratificando la facultad al Comité Operativo de Emergencia para clasificar zonas o departamentos o localidades por colores de acuerdo a la gravedad de la situación epidemiológica, flexibilizar o restringir medidas dispuestas y actividades habilitadas, y determinar protocolos de bioseguridad exigibles.ARTICULO 3º.- Dese a la Legislatura Provincial para su ratificación.ARTICULO 4º.- Regístrese Tome razón Fiscalía de Estado. Pase al Boletín Oficial para publicación en forma integral y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión Siga sucesivamente a los Ministerios de Hacienda y Finanzas Desarrollo Económico y Producción, Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra Vivienda Desarrollo Humano, Educación Salud. Trabajo y Empleo Cultura y Turismo, Ambiente, y Seguridad. Cumplida, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia para demás efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
RESOLUCIÓN N 0015854-S/2020.EXPTES N 780-223/2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 AGO.2020.VISTO:
Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de CATORCE 14 cargos Categoría de TECNICO SUPERIOR EN AGENTE SANITARIO Y PROMOTOR DE
LA SALUD Agrupamiento Técnico para el CENTRO DE ESPECIALIDADES SUR
HOSPITAL SNOPEK Región CENTRO de la Localidad de SAN SALVADOR DE
JUJUY, mediante llamado a CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICION; y CONSIDERANDO:
Que, a fojas 2 obra solicitud formal de la Dirección Pcial. de Atención Primaria de la Salud;
Que, la Coordinación de Recursos Humanos acredita la disponibilidad a fojas 7 de los cargos a cubrir;
Que, a los fines de la cobertura de los cargos de Técnico en Agentes Sanitarios rigen las disposiciones establecidas por Resolución Nº 00618-S-2016 y su modificatoria Nº 1211S-2020;
Por ello;
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Autorizar a la Dirección Provincial de Capital Humano a llamar a CONCURSO ORDINARIO DE ANTECEDENTES y OPOSICION CLASE
CERRADOde acuerdo a las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 00618-S2016, y Nº 1211-S-2020, para la cobertura de los siguientes cargos:
AREA PROGRAMÁTICA Nº II
CENTRO DE ESPECIALIDADES SUR
HOSPITAL ING. CARLOS SNOPEK
CATORCE 14 CARGOS DE TECNICO SUPERIOR EN AGENTE
SANITARIO Y PROMOTOR DE LA SALUD
AGRUPAMIENTO TECNICO
10 cargos de 44hs categoría 10 c-4
4 cargos de 30 hs categoría 10
ARTICULO 2º.- Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
772

1.-Titulo y Analítico de Técnico Superior Agente Sanitario y Promotor de la Salud, expedido por ente competente debidamente autorizado como Institución Formadora.
2.-Constancia de Matricula.
3.-Documento Nacional de Identidad 4.-Planilla Prontuarial actualizada Validez seis 6 meses desde la fecha de emisión 5.-Certificado de Residencia expedido por la Policía de la Provincia de Jujuy Validez seis 6 meses desde la fecha de emisión 6.-Constancia de Cuil.
7.-Constancia de no poseer Sumario Administrativo expedida por la Dirección Provincial de Personal.
8.-Currículum Vitae Nominal, con la Documentación Personal y de Capacitación acreditante y firmado en todas sus hojas por el postulante.
9.-Acreditar antecedentes de reemplazos y contratos en el cargo que se concursa en la Unidad de Organización. Para el caso de beneficiarios del Programa Hilando Redes deberá acreditar mediante el respectivo certificado de servicio.
10.-Documentación respaldatoria de la efectiva residencia en la localidad donde se concursa el cargo factura de Servicios, D.N.I. actualizado, etc..
ARTICULO 3º.- Los requisitos previstos con el articulo 2 inc. 4, 5, excepcionalmente, atento a la emergencia sanitaria existente, no revisten el carácter de excluyente en la instancia de Evaluación de Antecedentes. Sin perjuicio de ello en caso de resultar ganador deberá dar cumplimiento con los mismos.ARTICULO 4º.- En relación al requisito en el articulo Nº 2 inc. 7, excepcionalmente, atento a la emergencia sanitaria existente, serán gestionados ante los organismos correspondientes por la Dirección Provincial de Capital Humano.ARTICULO 5º.- Se establece el siguiente cronograma:
- Apertura de Inscripción:
25 de Agosto de 2.020
- Cierre de Inscripciones:
8 de Septiembre de 2.020
- Ejecución del concurso:
28 de Septiembre de 2.020
ARTCULO 6º.- Los postulantes deberán efectuar la inscripción virtual en la página web www.msaludjujuy.gov.ar en el plazo previsto en el Art. 5. De conformidad dispuesto por la Resolución Nº 1211-S-20.ARTICULO 7º.- La documentación personal, antecedentes de capacitación y laborales agregados en la inscripción virtual por los postulantes, deben ser claramente legibles y no surgir duda alguna respecto a su autenticidad. Todos los datos consignados al tiempo de la inscripción tendrán el carácter de Declaración Jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.ARTICULO 8º.- El ingreso definitivo al cargo quedará supeditado a la presentación en copia certificada y actualizada de la documentación personal agregada al momento de la inscripción; en caso de que la misma no estuviera autenticada, deberá concurrir con el original para proceder a su correspondiente constatación y certificación.ARTICULO 9º.- La documentación requerida en el artículo anterior deberá ser presentada en el plazo previsto al momento del ofrecimiento del cargo en el Área Administrativa de la Dirección Provincial de Capital Humano sito en Avda. Italia esquina Independencia, en el horario de 08 a 13 hs.. Vencido dicho plazo, sin haber dado cumplimiento a lo solicitado se dispondrá el ofrecimiento del cargo al postulante que siguiere en el orden de mérito.ARTICULO 10º.- La inscripción comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, así como la condiciones y requisitos específicos que pautan el proceso en el que se inscribe.ARTICULO 11º.- La inscripción conlleva la obligación para los interesados de una vez iniciado el trámite mantenerse informado sobre las novedades del concurso, que se publicarán en la pagina web www.msaldujujuy.gov.ar Cada inscripto deberá constituir domicilio real e informar correo electrónico, a efectos del proceso de selección y someterse a la modalidad de comunicación por parte de la Administración, a la que reconocerá expresamente como válida para todo efecto, sin perjuicio de la publicación que se efectúe mediante las carteleras habilitadas especialmente al efecto y la Página WEB respectiva.ARTICULO 12º.- No podrán participar del presente concurso:
-Quienes tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE
en algunas de las Unidades de Organización dependiente de este Ministerio.
-Persona de Planta Permanente en Unidades de Organización dependientes del Ministerio de Salud.
ARTICULO 13º.- El Tribunal está constituido de la siguiente forma:
1.-EN REPRESENTACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUDDIRECCION
PROVINCIAL DE CAPITAL HUMANO:
TITULAR: DRA. ALEJANDRA VALERIA MORALES
SUPLENTE: DR. FEDERICO MARTINEZ
2.-EN REPRESENTACIÓN DEL HOSPITAL ING. CARLOS SNOPEÑ
TITULAR: DRA. MARCELA MABEL ZAMUDIO
SUPLENTE: DRA. PAULA INES ZURUETA
3. -EN REPRESENTACIÓN DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE A.P.S.:
TITULAR: DR. DAVID ALEJANDRO ARIAS
SUPLENTE: DRA. MARIA BEATRIZ ROBLEDO
ARTCULO 14º.- Podrán participar en el procedimiento de selección sin voz y sin voto en carácter de VEEDOR, un representante de la Asociación Gremial que agrupe a la especialidad concursada. La participación de los veedores no es condicionante de las reuniones que mantenga el Tribunal, quienes deberán acreditar tal condición, mediante la respectiva constancia en la Asociación Gremial que representa.ARTÍCULO 15º.- Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso estará conformado por las siguientes instancias:
1.-Cumplimiento de los Requisitos dispuestas en el Art. 2 de la presente Resolución, con las excepciones previstas en los art. 3 y 4.
2.-Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente al cargo y función a concursar.3.-Evaluación Técnica.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 21/8/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha21/08/2020

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1199

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/05/2024

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