Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 4/6/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Junio, 05 de 2020.-

Anexo Boletín Oficial Nº 67

ARTICULO 3: Regístrese y comuníquese.-

ARTICULO 4: Comuníquese lo dispuesto a todas las áreas del Departamento Ejecutivo Municipal a fin de que arbitren las medidas necesarias tendientes a dar cumplimiento con la Emergencia Sanitaria y Epidemiológica por Covid.19. Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante de ciudad Perico. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy.
Regístrese, Cumplido Archívese. -

Lic. Luciano Demarco Intendente MUNICIPALIDAD DE PERICO
DECRETO N 334-G-2020.
Ciudad Perico, 13 de Marzo de 2.020.VISTO:
La nota presentada por la Directora de Planificación Arq. Melina Sosa.
CONSIDERANDO:
Que, mediante la misma se solicita se Declare de Interés Cultural Municipal, al mural que se va a realizar en el paredón exterior del Micro Estadio del Club Talleres de Perico en el marco de la proximidad de la celebración de las Fiestas Patronales en Honor a San José.
Que, el mural, por su tamaño, será el más grande de toda la ciudad, y estará dedicado a nuestro Santo Patrono, y tendrá un contenido histórico-cultural-religioso que se pondrá de manifiesto mediante imágenes representativas de nuestra ciudad, que permitirán apreciar características distintivas y tradicionales de la misma.
Que, el mismo reunirá un conjunto armonioso y bello de estilos, técnicas y una amplia paleta de colores brillantes, que reflejaran la solidaridad, la unión y el amor del pueblo periqueño.
Que, la obra será realizada por artistas locales, pertenecientes al movimiento internacional muralista, por lo tanto, será una obra hecha por los periqueños y periqueñas y dedicada a todo el Pueblo de Perico y también a aquellos hermanos de otras tierras que visiten nuestro querido Pueblo.
Que, por todo ello en ejercicio de las atribuciones legítimamente conferidas por la Carta Orgánica Municipal:
EL INTENDENTE DEL MUNICIPIO DE PERICO
DECRETA
ARTICULO 1: DECLARESE de INTERES MUNICIPAL CULTURAL Y SOCIAL el mural a realizarse por los artistas Hugo René Lamas, María Luisa Sosa, Elva Mercedes Pacheco, Alejandro Nahuel Condori, Rolando Enrique Veliz, Abel Fernando Mamani y Melina Claudia Sosa, en el paredón exterior del Micro Estadio del Club Talleres de Perico en el marco de la proximidad de la celebración de las Fiestas Patronales en Honor a San José.
ARTÍCULO 2: Regístrese, tómese conocimiento, comuníquese al Concejo Deliberante, extiéndase copia a los interesados que lo soliciten, notifíquese, publíquese y archívese.
Lic. Luciano Demarco Intendente MUNICIPALIDAD DE PERICO
DECRETO ACUERDO N 335-G-2020.
Ciudad Perico, 13 de Marzo de 2020.VISTO:
El Decreto Acuerdo N 696-S-2020 emitido por el Poder Ejecutivo Provincial.
CONSIDERANDO:
Que, mediante el mismo se declaró la Emergencia Sanitaria y Epidemiológica por el COVID19coronavirus en todo el territorio de la Provincia de Jujuy.
Que, entre las medidas que dispone el mencionado acto administrativo, se establece la prohibición por el plazo de sesenta 60 días corridos de toda actividad y acto público de carácter cultural, deportivo, religioso, la suspensión a partir del día 16 de Marzo de 2020 por dos 2 semanas de las actividades escolares y la suspensión de la atención al público en la administración pública por siete 7 días, todo ello en pos de evitar la propagación de la pandemia COVID-19.
Que, asimismo se crea un Comité Operativo de Emergencia Covid-19 y se deja en claro que la medida se adopta a fin de sensibilizar la vigilancia epidemiológica y la respuesta integrada y oportuna, tendientes a evitar la propagación y diseminación de la enfermedad.
Que, se impone la obligatoriedad en todo el territorio de la provincia, de las resoluciones adoptadas por el Comité Operativo de Emergencia Covid-19 y se dispone sanciones para aquellas acciones que promuevan la falsa e errónea información y su divulgación por cualquier medio relacionada con el COVID-19 coronavirus.
Que, esta Municipalidad debe velar por el bien de la comunidad y en tal sentido debe garantizar a los habitantes de Perico su derecho a la vida, salud, y a disfrutar de un medio ambiente sano y adecuado para el desarrollo y seguridad de la persona humana.
Que, por todo ello, este Departamento Ejecutivo, como agente natural del Gobierno Provincial, estima conveniente y necesario adherir a las medidas dispuesta por el Poder Ejecutivo Provincial, ello a fin de cumplir con las prevenciones sanitarias o en su caso con los protocolos y tratamientos médicos pertinentes.
Que, en razón de la gravedad institucional que la cuestión tratada representa para el Municipio, y en virtud de que la resolución a adoptar generara consecuencias jurídicas en los diferentes ámbitos del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad se estima prudente la emisión del presente Decreto Acuerdo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO, en Acuerdo con las Secretarios Municipales en uso de las facultades que le son propias y conferidas por ley:
DECRETA:
ARTICULO 1: A partir de la fecha del presente Decreto, la Municipalidad de Perico, adhiere a lo dispuesto mediante Decreto Acuerdo N 696-S-2020 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Jujuy, y en su consecuencia se declara, la EMERGENCIA SANITARIA Y EPIDEMOLOGICA
por COVID-19 en todo el ámbito territorial del Municipio de Perico.
ARTICULO 2: Crease el Comité Operativo de Emergencia Municipal COVID-19, que con carácter ad honorem, será presidido por el Sr. Intendente Municipal, y estará integrado por representantes de las áreas de Defensa Civil, Seguridad, Salud, Desarrollo Social y demás áreas del Municipio, el cual deberá actuar coordinadamente y en estrecha relación de colaboración con las Autoridades del Hospital Arturo Zabala y el Comité Operativo de Emergencia Provincial.
ARTICULO 3: Facúltese al Comité Operativo de Emergencia Municipal COVID-19, a emitir las resoluciones y recomendaciones necesarias tendientes a evitar la propagación de la pandemia COVID-19, las que deberán ir en consonancia con el Plan de Previsión, Prevención y Promoción que defina el Comité Operativo de Emergencia Provincial.

Lic. Luciano Demarco Intendente MUNICIPALIDAD DE PERICO
DECRETO N 336 DYO- 2020
Ciudad Perico, 13 de Marzo de 2020.VISTO:
La Ordenanza N 1366/2020, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Perico en fecha 27/02/2020;
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza sancionada ha sido tratada, analizada y sancionada a fin de proteger el tránsito peatonal y a los vecinos que circulan en zonas aledañas a la Feria Mayorista de ciudad Perico.
Que, en los considerandos de la misma se ha referenciado que Ia misma se realiza a fin de proteger la circulación peatonal y agilizar el tránsito vehicular en la zona.
Que, con la norma se ha dicho que se pretende prevenir y evitar posibles accidentes de tránsito.
Que, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 67 inc. 2 y cc. de Ia Carta Orgánica de Perico, corresponde;
EL SR. INTENDENTE DEL MUNICIPIO DE PERICO
DECRETA:
ARTICULO 1: Promúlguese la Ordenanza N 1366/2020, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Perico en fecha 27/02/2020.
ARTICULO 2: Facúltese a Ia Dirección de Transito para que realice las acciones que fueran necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ordenanza N 1366/2020.
ARTICULO 3: Dese cuenta a Ia Subsecretaria de Planificación Urbana, a los fines que correspondan.
ARTICULO 4: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las direcciones y áreas correspondientes y cúmplase.Lic. Luciano Demarco Intendente MUNICIPALIDAD DE PERICO
DECRETO N 337 DYO - 2020
Ciudad Perico, 13 de Marzo de 2020.VISTO:
La Ordenanza N 1367/2020, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Perico en fecha 27/02/2020;
CONSIDERANDO:
Que, Ia Ordenanza sancionada ha sido dictada a fin de requerir Ia aplicación inmediata de Ia Ordenanza N 883/2020.
Que, la consideración de la misma ha sido motivada para prevenir el contagio de infecciones y enfermedades, para Ia protección de la ciudadanía toda.
Que, corresponde la promulgación de la Ordenanza, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 67 inc. 2 y cc. de la Carta Orgánica de Perico, corresponde;
EL SR. INTENDENTE DEL MUNICIPIO DE PERICO
DECRETA:
ARTICULO 1: Promúlguese la Ordenanza N 1367/2020, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Perico en fecha 27/02/2020.
ARTICULO 2: Dispóngase que la Secretaria de Desarrollo y Ordenamiento Territorial deberá realizar todas las acciones y facultar a las aéreas correspondientes para que den cumplimiento a la Ordenanza sancionada.
ARTICULO 3: Dese cuenta a la Subsecretaria de Planificación Urbana; a los fines que correspondan.
ARTICULO 4: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las direcciones y áreas correspondientes y cúmplase.Lic. Luciano Demarco Intendente MUNICIPALIDAD DE PERICO
DECRETO N 338 DYO - 2020
Ciudad Perico, 13 de Marzo de 2020.VISTO:
La Ordenanza N 1368/2020, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Perico en fecha 27/02/2020;
CONSIDERANDO:
Que, el Honorable Concejo Deliberante de Perico ha sancionado Ia norma en la consideración de lo previsto por el art. 3, 51 inc. 11 y 53 inc. 6 de la Carta Orgánica de Perico.
Que, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 67 inc. 2 y cc. de Ia Carta Orgánica de Perico, corresponde;
EL SR. INTENDENTE DEL MUNICIPIO DE PERICO
DECRETA:
ARTICULO 1: Promúlguese la Ordenanza N 1368/2020, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Perico en fecha 27/02/2020.
ARTICULO 2: Facúltese a Ia Dirección de Transito para que realice las acciones que fueran necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ordenanza N 1368/2020.
ARTICULO 3: Dese cuenta a la Subsecretaria de Planificación Urbana, a los fines que correspondan.
ARTICULO 4: Determínese que la Secretaria de Desarrollo y Ordenamiento Territorial procederá a efectuar los actos administrativos que correspondan a fin de notificar a las empresas de transporte de pasajeros y suscribir los instrumentos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto por el Honorable Concejo Deliberante.
ARTICULO 5: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las direcciones y áreas correspondientes y cúmplase.-

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 4/6/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha04/06/2020

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1199

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/05/2024

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