Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 3/6/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Junio, 03 de 2020.-

Anexo Boletín Oficial Nº 66
LEYES, DECRETOS Y RESOLUCIONES

RESOLUCION Nº 50-COE/2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 de mayo de 2020.VISTO:
Las disposiciones emanadas por el Poder Ejecutivo Nacional, como también las del Poder Ejecutivo Provincial; las Resoluciones dictadas por el Comité Operativo de Emergencia COE y;
CONSIDERANDO:
Que, en este marco, las medidas previstas en las normativas dictadas se encuadran en la acción decidida del Gobierno Provinci al y del COE para proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud;
Que, esta pandemia que atravesamos hoy es importante para los hombres y mujeres recordar el pasado, las formas, las costumbre s, la cultura porque sin lugar a dudas, cuando pasemos todo esto, gracias al esfuerzo que realizamos todos juntos, muchas de las cosas que hoy nos rodean sin duda cambiaran.
Que, en virtud de ello, este COE a través de la Secretaria de Cultura, contempla la importancia de la reapertura organizada y controlada de los museos de la Provincia, en donde las personas podrán asistir en un marco de seguridad, bio seguridad e higiene, para poder esparcirse, educarse sobre el pasado, el presente y el futuro, en donde recordarán y/o conocerán los logros y los errores de los seres humanos a través del tiempo, Por ello, en ejercicio de las facultades otorgadas por Decreto - Acuerdo Nº 696-S-20;
EL COMITÉ OPERATIVO DE EMERGENCIA
RESUELVE:
ARTICULO 1.- Habilitase la actividad en los museos de la Provincia de Jujuy, conforme Anexo I de la presente Resolución.ARTÍCULO 2.- Establézcase que el horario habilitado para practicar la actividad mencionada en el artículo precedente será entre horas 09:00 am 19:00 p.m.ARTÍCULO 3.- Dispóngase que toda persona una vez que finalice la actividad, deberá abandonar la institución, quedando expresamente prohibido la presencia del público.ARTICULO 4.- Dispóngase que todo asistente deberá, para realizar la actividad descripta en la presente Resolución, cumplir con todo lo req uerido en el Anexo I de esta disposición.ARTICULO 5.- Establézcase que, ante el incumplimiento de la presente resolución, se someteré al infractor al régimen sancionatorio establecido en el Decreto Acuerdo N 741-G-2020.ARTICULO 6º.- Regístrese, pase al Boletín Oficial para su publicación Integral. Cumplido, archívese.
Dr. Omar Alberto Gutiérrez Coordinador Operativo C.O.E. Jujuy ANEXO I
PROTOCOLO PARA MUSEOS
1.1
Exhibición El presente Protocolo, será de exhibición obligatoria en cada museo, debiendo exponerse al menos uno por establecimiento , en lugares destacados que permitan la fácil visualización. Asimismo, se debe verificar la conservación y reposición de dicha información, en caso de deterioro o pérdida.
1.2
Medidas generales de protección al trabajador Se proveerá al personal obligatoriamente los siguientes insumos y elementos de protección:
Alcohol en gel o rociador con alcohol y agua AL 70%.
Correcto funcionamiento de los sanitarios agua, jabón líquido y toallas de papel.
Comunicación de las recomendaciones sobre lavados de manos y desinfección de superficies.

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 3/6/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha03/06/2020

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1171

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/04/2024

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