Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 17/8/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén

Número 157

Lunes, 17 de agosto de 2020

Pág. 9947

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 3 DE JAÉN
2020/2921 Notificación de Resolución. Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 116/2020.

Edicto Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 116/2020.
Negociado: MB.
N.I.G.: 2305044420200000467.
De: D. MATÍAS PALOMINO VALLE
Abogado: FRANCISCO JAVIER OLMO CONTRERAS
Contra: OKANDU SERVICIOS HOSTELEROS S.L.
Abogado:

Doña Natividad Ruiz-Rico Ruiz-Morón, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Jaén.
Hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 116/2020 a instancia de la parte actora D. MATÍAS PALOMINO VALLE contra OKANDU SERVICIOS HOSTELEROS S.L. sobre Despidos/
Ceses en general se ha dictado Resolución de fecha 24/07/2020 del tenor literal siguiente:
Fallo Que debo estimar y estimo la demanda presentada por D. Matías Palomino Valle contra la entidad Okandu Servicios Hosteleros S.L. y en consecuencia, debo declarar y declaro la improcedencia del despido del que ha sido objeto la actora y debo condenar a la empresa demandada a que, a su opción, en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia, readmita al trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, o a que se le abone una indemnización de 490,60 euros.
En el caso de que opte por la readmisión deberá asimismo abonar al actor los salarios de tramitación a razón de 22,30 euros/día, desde la fecha del día siguiente al despido, 2/01/2020, hasta la fecha de notificación de la presente resolución, o hasta que haya encontrado otro empleo, si tal colocación es anterior a esta sentencia y se prueba por el empresario lo percibido para su descuento de los salarios de tramitación.
La opción deberá ser formulada mediante escrito o comparecencia ante este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución y, de no efectuarse en tiempo y forma, se entenderá que se efectúa en favor de la readmisión.
En el caso de que opte por indemnización, el abono de la indemnización determinará la extinción del contrato de trabajo, que se entenderá producida en la fecha del cese efectivo

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 17/8/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jaén

PaísEspaña

Fecha17/08/2020

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones5608

Primera edición02/01/2003

Ultima edición10/05/2024

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