Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 14/7/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén

Número 133

Martes, 14 de julio de 2020

Pág. 8468

alta como trabajadores en el Régimen General de Trabajadores por cuenta ajena, salvo aquellos que estén incluidos en el Sistema Especial Agrario-Inactividad.
Segundo: Objeto.
El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de subvenciones por parte de la Diputación Provincial de Jaén para el fomento del Empleo Autónomo en los 91 municipios de la provincia de Jaén que cuentan con menos de 20.000 habitantes, cuya relación se recoge en el artículo 6 de esta Convocatoria.
Tercero: Bases reguladoras.
Bases de Ejecución del Presupuesto General de la Diputación Provincial para 2020 B.O.P.
número 246 de 30/12/2019
Cuarto: Cuantía.
La subvención por beneficiario será de un importe cierto de dos mil novecientos noventa euros 2.990 €. Estas subvenciones serán incompatibles con otras ayudas, ingresos o recursos que se puedan conceder a los beneficiarios para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones, entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de cualquier organismo internacional.
Las subvenciones previstas en estas normas reguladoras están dotadas con un presupuesto de quinientos noventa y cinco mil diez euros 798.330,00 €, lo que supone un total de 267 subvenciones, que se distribuirán por municipios de acuerdo al criterio poblacional establecido en el art. 6.
En el caso de que no llegaran a agotarse las ayudas asignadas a los municipios por falta de solicitantes que cumplan con los requisitos establecidos en la Convocatoria, se procederá a realizar una nueva asignación de las ayudas sobrantes, a las que se le añadirán las 5
ayudas adicionales restantes hasta alcanzar el 100% del presupuesto, con el objetivo que estos incentivos lleguen al mayor número de beneficiarios. En este nuevo reparto se adjudicarán las ayudas sobrantes entre los municipios con solicitudes de reserva de una en una, teniendo como orden de prelación entre ellos el criterio de población de menor a mayor.
Este proceso de asignación se repetirá tantas veces como sea necesario hasta agotar la totalidad de las ayudas sobrantes.
Quinto: Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes de subvención contenidas en esta convocatoria será de 20 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de publicación en el BOLETÍN
PROVINCIAL de la Provincia del extracto de la misma enviado por la Base Nacional de Subvenciones, sin perjuicio de su inserción en la página web de la Diputación Provincial.
Solo se podrá cursar una solicitud por beneficiario.
No se admitirán solicitudes presentadas fuera de dicho plazo.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 14/7/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jaén

PaísEspaña

Fecha14/07/2020

Nro. de páginas46

Nro. de ediciones5607

Primera edición02/01/2003

Ultima edición09/05/2024

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