Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 10/7/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén

Número 131

Viernes, 10 de julio de 2020

Pág. 8330

ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ LA REAL JAÉN
2020/2476 Extracto del acuerdo por el que se modifica la convocatoria de subvenciones a
pymes y autónomos del municipio de Alcalá la Real para atenuar el impacto económico de la crisis sanitaria Covid-19 y se aprueban las bases que han de regir su concesion directa.

Anuncio BDNS Identif.: 509520.
EXTRACTO DEL ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE FECHA 30 DE JUNIO DE 2020 POR EL
QUE SE MODIFICA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A PYMES Y AUTÓNOMOS DEL MUNICIPIO DE
ALCALÁ LA REAL PARA ATENUAR EL IMPACTO ECONÓMICO DE LA CRISIS SANITARIA COVID-19 Y SE
APRUEBAN LAS BASES QUE HAN DE REGIR SU CONCESIÓN DIRECTA.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcalá la Real adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 30 de junio de 2020 por el que se modifica las bases Cuarta y Quinta de las que han de regir la convocatoria de subvenciones a Pymes y Autónomos del municipio de Alcalá la Real para atenuar el impacto económico de la crisis sanitaria Covid-19 y amplía el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en dicha convocatoria, y cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, utilizando el bajo el identificador BDNS Identif.: 509520 http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index y lugares indicados en el punto tercero de este anuncio.
Primero. Finalidad:
Modificar puntualmente la Base Cuarta Periodo y Gastos Subvencionables en el sentido de incluir como gastos subvencionables el Pago de la Hipoteca del Local y aclarar igualmente que son subvencionables los gastos de suministros de agua y basura, quedando dicha Base con la siguiente redacción:
CUARTA.- PERÍODO Y GASTOS SUBVENCIONABLES.

A los efectos de apoyar, fomentar e impulsar la actividad económica, se establece el siguiente período subvencionable y los siguientes gastos subvencionables:
A PERÍODO SUBVENCIONABLE: los gastos subvencionables comprenderán todos aquellos soportados en el periodo comprendido entre el 14 de marzo hasta el 11 de mayo de dos mil veinte 14/03/2020 al 11/05/2020.
B GASTOS SUBVENCIONABLES: Serán objeto de subvención los siguientes gastos vinculados directamente a las actividades empresariales y dentro del periodo subvencionable.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 10/7/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jaén

PaísEspaña

Fecha10/07/2020

Nro. de páginas77

Nro. de ediciones5605

Primera edición02/01/2003

Ultima edición07/05/2024

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