Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 19/8/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

Página 34

n
Granada, miércoles, 19 de agosto de 2020

6. Aprobar la oferta de empleo público 7. La aprobación de los instrumentos de planeamiento de desarrollo general no expresamente atribuida al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.
8.La adquisición de bienes y derechos cuando su valor se encuentra entre el 5 y el 10 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto ni supere los tres millones de euros así como la enajenación del patrimonio que no supere el porcentaje ni la cuantía indicados en los siguientes supuestos:
- La de bienes inmuebles siempre que esté prevista en el presupuesto.
- La de bienes muebles salvo los declarados de valor histórico o artístico cuya enajenación no se encuentre prevista en el presupuesto.
9. El otorgamiento de las licencias salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno y excepto las licencias de obras menores y las licencias de entrada de vehículos a través de las aceras y las reservas de la vía y las reservas de la vía pública para aparcamiento exclusivo carga y descarga de mercancías de cualquier clase TERCERO: Comunicar la presente resolución a la Junta de Gobierno Local.
CUARTO: Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de que surta efectos desde el mismo día de su firma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
QUINTO: Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos de que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en relación con el 38 d del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales Peligros, 11 de agosto de 2020.

n
B.O.P. número 133

rante el periodo de vacaciones del Alcalde, del 10 al 16
de agosto ambos incluidos.
- Delegar en Santiago González Gómez, cuarto teniente de Alcaldía, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2
de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el periodo de vacaciones del Alcalde, del 17 al 30
de agosto ambos incluidos.
- La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.
- El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
- La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
- La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.
- En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.
Peligros, 10 de agosto de 2020.

NÚMERO 3.370

AYUNTAMIENTO DE PELIGROS Granada
Delegación competencias vacaciones Alcaldía
NÚMERO 3.364

EDICTO

AYUNTAMIENTO DE SANTA FE Granada
D Sandra Salas Moyano, Tercera Teniente de Alcalde, hace saber que con fecha 5 de agosto del corriente, D. Roberto Carlos García Jiménez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Peligros dictó los decretos número 2020-0946 y 2020-0947, en relación con el nº de expediente 1176/2020. En la citada resolución, la Alcaldía del Ayuntamiento
Delegación de Alcaldía 12 al 19 de agosto de 2020

RESUELVE:
- Delegar en Sandra Salas Moyano, tercera teniente de Alcaldía, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, du-

EDICTO
Por medio del siguiente edicto se hace público el decreto de Alcaldía por el que se delega competencias los días 12 al 19 de agosto de 2020, inclusive, y que es del tenor literal siguiente:
Resolución de Alcaldía Expediente nº: 2198/2019
Procedimiento: Expediente de Delegación de Competencias

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 19/8/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha19/08/2020

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones5516

Primera edición01/06/2002

Ultima edición24/05/2024

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