Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 19/8/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 133

n
Granada, miércoles, 19 de agosto de 2020

por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos. Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción.
RESUMEN POR CAPÍTULOS DEL PRESUPUESTO
EJERCICIO 2020
Clasificación económica euros PRESUPUESTO 2020
INGRESOS. Previsiones iniciales 2020
1 Impuestos directos 131.535,99 €
2 Impuestos indirectos 1.000,00 €
3 Tasas y otros ingresos 83.119,72 €
4 Transferencias corrientes 521.045,28 €
5 Ingresos patrimoniales 9.400,00 €
6 Enajenación de inversiones reales 0€
7 Transferencias de capital 81.726,91 €
8 Activos financieros 0€
9 Pasivos financieros 0€
Total Ingresos 827.827,90 €
PRESUPUESTO 2020
GASTOS. Previsiones iniciales 2020
1 Gastos de personal 2 Gastos en bienes corrientes y servicios 3 Gastos financieros 4 Transferencias corrientes 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos 6 Inversiones reales 7 Transferencias de capital 8 Activos financieros 9 Pasivos financieros Total Gastos
450.390,00 €
197.737,90 €
1.000,00 €
35.800,00 €
0€
128.900,00 €
0€
0€
0€
813.827,90 €

Igualmente se hace pública la composición de la plantilla de este Ayuntamiento.
ANEXO DE PERSONAL. EJERCICIO 2020:
I/ Plantilla de personal:
A Funcionarios de carrera:
1. - Con habilitación de carácter nacional - SecretaríaIntervención Grupo A1, nivel CD 27, Agrupado con el Ayuntamiento de Dólar. Porcentaje de agrupación de 50%.
2.- Administración General.
- Administrativo. Grupo C1, nivel CD 20. Propiedad 1.
B Personal laboral:
1. Encargado. 1
2. Auxiliar administrativo. 1
3. Limpiador/a. Parcial 1
4. Ayuda a domicilio. Parcial 75%.
5. Peón limpieza. Vacante Finalmente, en cumplimiento de lo preceptuado por el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, se hacen público el ré-

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n
gimen de dedicación de los cargos electos de la Corporación, las indemnizaciones y asistencias.
Dedicación Parcial: Alcalde-Presidente 75%
El régimen retributivo de los cargos electos, el de indemnizaciones por asistencias a órganos colegiados será de 30 euros.
Lanteira, 11 de agosto de 2020.-El Alcalde-Presidente, fdo.: José Juan Medina Medina.

NÚMERO 3.369

AYUNTAMIENTO DE PELIGROS Granada
Avocación competencias Alcaldía EDICTO
D Sandra Salas Moyano, Tercera Teniente de Alcalde, hace saber que con fecha 30 de julio del corriente D. Roberto Carlos García Jiménez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Peligros dictó el decreto número 2020-0947, en relación con el nº de expediente 31/2020.
En la citada resolución, la Alcaldía del Ayuntamiento RESUELVE:
PRIMERO. Avocar las siguientes competencias:
- Aprobación de fraccionamientos y aplazamientos de pagos en los tributos municipales.
- El otorgamiento de las licencias de entrada de vehículos a través de las aceras y las reservas de la vía y las reservas de la vía pública para aparcamiento exclusivo carga y descarga de mercancías de cualquier clase.
Asumidas por Junta de Gobierno Local, en virtud de lo dispuesto en la resolución de esta Alcaldía de delegación de competencias de fecha 27/05/2020, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y 116 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2.868/1986, de 28 de noviembre.
SEGUNDO. Las competencias de la Junta de Gobierno Local, tras la avocación, son las siguientes:
1. Concesión de exenciones y bonificaciones reconocidas legalmente en los tributos municipales.
2. Reconocimiento de obligaciones de todos los gastos municipales a excepción de los anticipos de caja, pagos a justificar y percepciones salariales del personal municipal. Autorización y disposición de gastos en los supuestos de acumulación de las fases de autorización, disposición y reconocimiento de obligaciones.
3. Aprobación de bases reguladores, convocatoria y concesión de subvenciones municipales, cuando sean de competencia de la Alcaldía 4. Concesión de ayudas sociales y anticipos reintegrables establecidos en el Acuerdo Marco de Condiciones de Trabajo del Personal Funcionario y el Convenio de Personal Laboral de este Ayuntamiento.
5. Disponer gastos

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 19/8/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha19/08/2020

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones5535

Primera edición01/06/2002

Ultima edición21/06/2024

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