Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 25/5/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

Página 2

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Granada, lunes, 25 de mayo de 2020

NÚMERO 1.669

AYUNTAMIENTO DE DÚRCAL Granada
Padrones EDICTO
Mediante los decretos de Alcaldía números: 20200485, de 30 de abril; y 2020-0518, de 12 de mayo de 2020; se procedió a la aprobación de los siguientes padrones, su exposición al público durante el plazo de 15
días y señalamiento del periodo de cobranza entre el 25
de mayo de 2020 y el 24 de julio de 2020, todo ello conforme al artículo 24 del Reglamento General de Recaudación R.D. 939/2005, de 29 de julio y la ordenanza fiscal municipal sobre periodo de cobranza en vía voluntaria de tasas y precios públicos:
- Tasa Vivienda Tutelada, mayo 2020: 5.423,54 euros.
- Tasa Escuela Infantil, marzo 2020: 2.392,80 euros.
Los ingresos podrán efectuarse en las oficinas de esta localidad de Caixabank, Grupo Banco Santander y Caja Rural de Granada, en su horario de cobro de recibos, o mediante su domiciliación.
Transcurrido el periodo voluntario de cobro las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio, interés de demora y, en su caso las costas que se produzcan de acuerdo con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17
de diciembre, General Tributaria.
Contra el acto de aprobación de los padrones podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la finalización del periodo de exposición pública de los padrones correspondientes, según el artículo 14 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo.
Dúrcal, 12 de mayo de 2020.-El Alcalde-Presidente, fdo.: Julio Prieto Machado.

NÚMERO 1.667

AYUNTAMIENTO DE GUADIX Granada
Tasa de recogida de basura segundo bimestre 2020.
Corrección de errores EDICTO
Habiendo advertido error en la publicación del anuncio nº 1563 del BOP nº 75, de fecha 8 de mayo de 2020, se publica nuevamente:
Confeccionado el padrón de la tasa por recogida basura del municipio de Guadix, correspondiente al segundo bimestre del año 2020, se expone al público por espacio de quince días a contar desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de que pueda ser examinado por los interesados.
Contra estos padrones podrá interponerse recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de finalización de la exposición pública de aquel
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B.O.P. número 82

Se hace saber que el período de cobranza en voluntaria será desde el día 18 de mayo de 2020 hasta el 18
de julio de 2020, durante el cual podrán pagar los recibos en cualquier oficina de las entidades colaboradoras de la Recaudación del Excmo. Ayuntamiento de Guadix, en todo el territorio nacional, siendo éstas:
Bankia Caja Rural de Granada Banco Santander Cajamar La Caixa B.B.V.A.
Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva de conformidad con lo previsto en el artículo 102.3
de la Ley General Tributaria.
Guadix, 13 de mayo de 2020.-El Alcalde-Presidente, fdo.: Jesús Rafael Lorente Fernández.

NÚMERO 1.676

AYUNTAMIENTO DE ÍLLORA Granada
Aprobación del Plan de Disposición de Fondos EDICTO
El Excmo. Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Íllora, HACE SABER: Mediante Decreto de la Alcaldía de 12
de mayo de 2020, expediente número 1.069/2020, se ha procedido a la aprobación del Plan de Disposición de Fondos del Ayuntamiento de Íllora, lo que se publica a los efectos del artículo 45 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
PLAN DE DISPOSICIÓN DEL FONDOS DEL AYUNTAMIENTO DE ÍLLORA
1. PRINCIPIOS GENERALES
1º El Plan de Disposición de Fondos es un instrumento necesario para la gestión de la tesorería y constituye una herramienta eficaz para regular la liquidez del sistema financiero local.
2º El Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería de este Ayuntamiento de Íllora, tiene por objeto conseguir una adecuada distribución temporal de los pagos, acomodándolos a las disponibilidades de efectivo previstas en la Tesorería Municipal, que permita una correcta estimación de las necesidades de endeudamiento y la optimización de los recursos disponibles.
3º La gestión de los fondos integrantes de la Tesorería, se realizará bajo el principio de unidad de caja con la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y por operaciones no presupuestarias, utilizando todos los recursos dinerarios disponibles para el pago de las obligaciones.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 25/5/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha25/05/2020

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones5497

Primera edición01/06/2002

Ultima edición29/04/2024

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